Derechos y Obligaciones del Trabajador: Normativa sobre Salarios y Jornadas
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Derechos del Trabajador
1. Salario
Se define como la ventaja económica que recibe el trabajador a causa de un contrato de trabajo en relación de dependencia. El salario podrá componerse parte en dinero y parte en especie, calculando por tiempo trabajado o por rendimiento. En algunos casos, tiene naturaleza mixta.
Naturaleza salarial de algunas partidas:
- Vivienda: 10% del salario.
- Alimentación.
- Transporte.
- Viáticos.
Consejo de salarios:
Es un órgano tripartito (Estado, empleador y trabajador) en el que se fijan los incrementos salariales. Son convenios colectivos homologados por decreto del Poder Ejecutivo.
Pago del salario:
- Mensual: debe abonarse dentro de los 5 primeros días hábiles siguientes y nunca después de 10.
- Quincena: dentro de los 5 días hábiles del vencimiento.
- Por día: al término de la jornada.
2. Limitación de la Jornada
- Industria: 48 horas de lunes a sábado. Descanso semanal: domingo.
- Comercio: Semana inglesa de la U 8 horas, sábado 4 horas. Descanso semanal: 36 horas.
- Otras actividades: 5 días de trabajo y 1 de descanso.
- Administración pública: Lunes a viernes 40 horas. Descanso: 48 horas.
3. Horas Extras
Son aquellas que exceden el límite horario aplicable para cada trabajador.
Excepciones:
- Personal superior en razón de su jerarquía.
Consecuencias y cómputo:
- Cuando se redistribuyen las horas del día sábado en los 5 días hábiles.
- El descanso intermedio en jornada continua no es gozado; se debe computar como hora extra.
Remuneración: Hora extra en día hábil = un 100% de la hora simple; en día inhábil = un 150%.
4. Aguinaldo
Partida de dinero en efectivo abonada por el empleador. Es la doceava parte del salario cobrado en el año. Debe cumplir las siguientes condiciones: dinero en efectivo, pagado por el empleador y carácter remuneratorio.
El Poder Ejecutivo, por decreto, faculta su fraccionamiento en dos mitades:
- 1era mitad: del 1/12 al 31/5 (dividido 12) = 1/2 aguinaldo del año.
- 2da mitad: del 1/6 al 30/11 (dividido 12) = 1/2 aguinaldo de diciembre.
5. Vacaciones Anuales Pagas / Licencia
Se generan 20 días por año trabajado, a lo que se agrega 1 día más por cada 4 años de trabajo.
- 1 año = 20 días.
- 5 años = 21 días.
- 1 mes = 1,67 (cálculo: 20/12).
6. Salario Vacacional
Se calcula de la siguiente forma: Valor nominal / 30 = valor día nominal. El jornal líquido se obtiene restando los aportes al valor nominal.
Obligaciones del Trabajador
Las principales obligaciones son: obediencia, fidelidad, colaboración y morales.
La prestación de servicio consiste en que el trabajador realice la tarea y que lo haga en persona, en el lugar y en las condiciones pactadas en el contrato de trabajo. La obligación de obediencia se desprende de la subordinación, como carácter del contrato de trabajo, y supone acatar las normas disciplinarias, cumplir con las órdenes e indicaciones del empleador y de los trabajadores superiores que estén asignados a tareas de mando.
La fidelidad está basada en el principio de buena fe.