Derechos y Obligaciones del Trabajador: Movilidad, Excedencias y Fin del Contrato

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Modificaciones y Movilidad en el Contrato de Trabajo

Movilidad Funcional

Consiste en el cambio de las funciones que realiza el trabajador.

  • Movilidad funcional horizontal: Se produce dentro del mismo grupo profesional. No existe límite temporal para su aplicación.
  • Movilidad funcional vertical: Implica el cambio a un grupo profesional distinto. Solo puede realizarse por razones técnicas u organizativas justificadas y por el tiempo imprescindible. Se debe informar a los representantes de los trabajadores.

Movilidad Geográfica

Es el cambio del centro de trabajo que implica también un cambio de residencia para el trabajador.

  • Desplazamiento: Tiene una duración inferior a 12 meses en un periodo de 3 años. La empresa debe comunicar el desplazamiento con antelación suficiente y abonar los gastos de viaje y las dietas. Cuando el desplazamiento sea superior a 3 meses, se deberá preavisar con un mínimo de 5 días laborales, y el trabajador tendrá derecho a un permiso de 4 días laborales en su domicilio de origen por cada tres meses de desplazamiento.
  • Traslado: Tiene una duración superior a 12 meses en un periodo de 3 años. La empresa debe comunicar la decisión al trabajador con una antelación mínima de 30 días. El trabajador tiene la posibilidad de extinguir la relación laboral con derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades.

Modificaciones Sustanciales de las Condiciones de Trabajo

Son aquellas que alteran aspectos fundamentales de la relación laboral y requieren una regulación específica. Afectan a materias como:

  • Jornada de trabajo.
  • Horario y distribución del tiempo de trabajo.
  • Régimen de trabajo a turnos.
  • Sistema de remuneración y cuantía salarial.
  • Sistema de trabajo y rendimiento.
  • Funciones, siempre que se excedan los límites de la movilidad funcional.

Suspensión y Excedencia del Contrato de Trabajo

Suspensión del Contrato de Trabajo

Es una interrupción temporal del mismo que tiene como consecuencia directa el cese temporal de las obligaciones principales de empresario (remunerar) y trabajador (trabajar).

Causas de suspensión

  • Mutuo acuerdo de las partes.
  • Incapacidad temporal de los trabajadores.
  • Maternidad, paternidad, adopción o acogimiento.
  • Ejercicio de cargo público representativo.
  • Fuerza mayor temporal.

Excedencias

Es una situación similar a la suspensión, pero cuya característica principal es que el trabajador no siempre tiene derecho a la reincorporación automática a su puesto de trabajo.

Tipos de excedencia

  • Excedencia forzosa: Se concede por la designación o elección para un cargo público o para el ejercicio de funciones sindicales de ámbito provincial o superior. Su duración coincide con la del cargo, computa a efectos de antigüedad y el trabajador tiene derecho a la reserva de su puesto de trabajo.
  • Excedencia voluntaria: Pueden solicitarla los trabajadores con al menos un año de antigüedad en la empresa. Su duración es de un mínimo de 4 meses y un máximo de 5 años. No genera derecho a la reserva del puesto, solo un derecho preferente al reingreso cuando se produzcan vacantes de igual o similar categoría.
  • Excedencia por motivos familiares:
    • Para el cuidado de hijos: Duración máxima de 3 años desde la fecha de nacimiento o de la resolución judicial o administrativa.
    • Para el cuidado de familiares: Duración máxima de 2 años, salvo que se establezca una duración superior por convenio colectivo.

Extinción del Contrato de Trabajo y Finiquito

La extinción del contrato de trabajo supone el final definitivo de la relación laboral entre la empresa y el trabajador.

Causas Generales de Extinción

  • Mutuo acuerdo de las partes.
  • Las causas válidamente consignadas en el contrato.
  • Expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato.
  • Dimisión del trabajador.
  • Muerte, gran invalidez, incapacidad permanente total o absoluta del trabajador.
  • Jubilación del trabajador.
  • Despido del trabajador.

El Finiquito

Es el documento de liquidación con el que se saldan las obligaciones económicas pendientes al finalizar la relación laboral. Incluye los siguientes conceptos:

  • Salario debido por los días trabajados en el último mes.
  • Parte proporcional de las pagas extraordinarias devengadas y no cobradas.
  • Parte proporcional correspondiente a las vacaciones no disfrutadas.
  • Indemnizaciones, cuando procedan.
  • Las cantidades que pudieran corresponder por incumplimiento del plazo de preaviso por parte de la empresa.

Formas de Extinción según la Voluntad de las Partes

Extinción por Voluntad del Trabajador

  • Baja voluntaria o dimisión: El trabajador puede poner fin a la relación laboral cuando lo desee, respetando el preaviso que marque el convenio. Si no respeta dicho plazo, se considera abandono.
  • Incumplimiento contractual grave del empresario: El trabajador puede solicitar la extinción por causas como la falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario, o por modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo llevadas a cabo sin respetar el procedimiento y que menoscaben su dignidad.

Extinción por Causas Objetivas

La empresa puede extinguir el contrato alegando causas objetivas, tales como:

  • Ineptitud del trabajador conocida o sobrevenida posteriormente a su colocación.
  • Falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas operadas en su puesto de trabajo.
  • Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
  • Absentismo laboral que, aun siendo justificado, sea intermitente y alcance ciertos porcentajes legales.

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