Derechos de la Mujer en la Constitución Argentina: Avances de la Reforma de 1994

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Introducción

La incorporación de cláusulas que reconocieran los derechos de las mujeres en la Constitución Nacional fue una preocupación compartida por el Consejo Nacional de las Mujeres, mujeres representantes de los partidos políticos, legisladoras, académicas y juristas, desde mucho antes de la sanción de la ley que declaraba la necesidad de la reforma de 1994. De cara al nuevo derecho internacional y al reconocimiento de los derechos humanos en las modernas constituciones, se apoyó la propuesta para que se considerara la jerarquización, dentro del ordenamiento jurídico argentino, de los tratados y convenciones internacionales sobre derechos humanos.

El camino hacia la reforma

El Consejo Nacional de las Mujeres convocó a la Comisión de Mujeres Representantes de los Partidos Políticos para acordar una serie de actividades en relación con este tema. Se consensuaron propuestas comunes en base a las presentadas por el Consejo y las mujeres de los distintos partidos políticos, y se elaboró una estrategia de trabajo con los/las Constituyentes.

Avances de la Reforma Constitucional de 1994

La Reforma Constitucional de 1994 ha significado un importante avance cualitativo en el reconocimiento de los derechos de las mujeres, ya que ha asignado a la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) la mayor jerarquía en la pirámide legal.

En el artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional se menciona que todos los tratados de derechos humanos allí incorporados tienen jerarquía constitucional y deben entenderse complementarios de los derechos y garantías reconocidos en el texto constitucional, dejando abierta la posibilidad de que se incorporen otros instrumentos de derechos humanos, mediando aprobación por mayorías especiales en el Congreso Nacional.

Otros avances

  • Garantía del pleno ejercicio de los derechos políticos mediante la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios mediante acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y el régimen electoral (Artículo 37). De esta manera, la Asamblea Constituyente reflejó en el texto constitucional la experiencia acumulada por las mujeres en el seguimiento e implementación de la Ley de Cupos (Ley N° 24012).
  • Facultad del Congreso Nacional de promover medidas de Acción Positiva en relación con las mujeres que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución y los Tratados Internacionales (Artículo 75, inciso 23).

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