Derechos Laborales y Sindicales: Representación, Negociación y Resolución de Conflictos
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Definición y Derechos de Sindicación
¿Qué es un sindicato?
Un sindicato es una asociación de personas constituida para la mejora de sus intereses profesionales y de sus condiciones de vida.
Derechos fundamentales de sindicación
Los derechos de sindicación comprenden:
- Derecho a fundar sindicatos.
- Derecho del trabajador a afiliarse al sindicato de su elección.
- Derecho de los sindicatos a formar confederaciones y fundar organizaciones sindicales internacionales o afiliarse a las mismas.
Representación de los Trabajadores en la Empresa
Delegados de Personal y Comités de Empresa
Los trabajadores afiliados a un sindicato tienen derecho a participar en la empresa a través de los delegados de personal o los comités de empresa.
Elecciones
- Electores: Todos los trabajadores mayores de 16 años con una antigüedad en la empresa de al menos un mes.
- Elegibles: Trabajadores que tengan 18 años cumplidos y una antigüedad en la empresa de al menos seis meses, salvo por movilidad de personal.
Comité de Empresa
Es el órgano de representación colegiado de los trabajadores en las empresas o centros de trabajo cuyo número de trabajadores sea de cincuenta o más.
Delegados de Personal
Son representantes de los trabajadores de aquellas empresas o centros de trabajo que tengan más de 10 y menos de 50 trabajadores.
Derecho de Reunión de los Trabajadores
Los trabajadores de una misma empresa tienen derecho a reunirse en asamblea si las condiciones de este lo permiten.
Asociaciones Empresariales
Asociaciones Empresariales Más Representativas
- Ámbito estatal: Aquellas que representen al menos el 10% de los empresarios, siempre que estos den ocupación a igual porcentaje de trabajadores en todo el estado.
- Ámbito autonómico: Aquellas que representen al menos el 15% de los empresarios, siempre que estos den ocupación a igual porcentaje de trabajadores en la comunidad autónoma.
Convenios Colectivos
Duración de los Convenios Colectivos
Las partes negociadoras establecen la duración de los convenios, pudiendo pactar distintos periodos. Salvo pacto en contra, los convenios colectivos se prorrogarán de año en año si no media denuncia expresa de las partes. El convenio posterior deroga en su integridad al anterior, salvo los aspectos que expresamente se mantengan.
La Huelga
Derecho Fundamental
La huelga es un derecho fundamental de los trabajadores reconocido en la Constitución.
Procedimiento para la Declaración de Huelga
- Acuerdo escrito: Los trabajadores pueden acordar la declaración de huelga a través de sus representantes. El acuerdo se tomará por mayoría o por los sindicatos con implantación.
- Comunicación: Deberá ser comunicado a la autoridad laboral y al empresario mediante un escrito que incluya la composición del comité de huelga. El comité de huelga se encargará de negociar y garantizar los servicios mínimos.
- Notificación: La notificación será escrita y con un plazo de preaviso de al menos cinco días naturales.
Efectos de la Huelga
- Se suspende el contrato de trabajo.
- Se produce una situación de alta especial en la Seguridad Social.
- El empresario no puede sustituir a los huelguistas.
- Las partes en conflicto tienen el deber de negociación continua para llegar a un acuerdo.
Resolución de Conflictos Laborales
Los conflictos de trabajo pueden resolverse mediante:
- Conciliación
- Mediación
- Arbitraje