Derechos Laborales y Seguridad Social: Huelga, Obligaciones y Prestaciones

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La Huelga: Definición y Tipos

La huelga es una medida de presión y de defensa de los intereses de los trabajadores. Consiste en el cese temporal de la prestación de servicios, acordada por una colectividad de trabajadores de una o varias empresas, con motivo de un conflicto laboral.

Tipos de Huelgas Ilícitas

  • Las que se inicien por motivos políticos o con cualquier otra finalidad ajena al interés profesional.
  • Las huelgas de solidaridad o apoyo (salvo que afecten directamente al interés profesional de quienes las promuevan o declaren).
  • Las que pretendan alterar lo pactado en un convenio colectivo.
  • Las huelgas rotatorias y las efectuadas en sectores estratégicos con la finalidad de interrumpir el proceso de producción.

Efectos de la Huelga

  • Durante los días de huelga, los trabajadores no cobran su salario.
  • Se suspende la obligación de cotizar a la Seguridad Social.
  • El empresario no puede sustituir a los trabajadores huelguistas.
  • Los días de huelga no deben ser descontados de las vacaciones.

Entidades Gestoras de la Seguridad Social

  1. Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS): Gestiona y administra las prestaciones económicas del nivel contributivo y el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria.
  2. Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS): Recauda los recursos económicos y gestiona la inscripción, altas y bajas de empresarios y trabajadores.
  3. Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO): Se ocupa de las pensiones de incapacidad y jubilación no contributivas.
  4. Instituto Social de la Marina (ISM): Es competente para administrar y reconocer el derecho a las prestaciones de los trabajadores del mar.

Obligaciones de Empresarios y Trabajadores

  1. Inscripción de la Empresa: Se realiza antes de empezar la actividad y de contratar a los trabajadores, presentando el modelo TA6 en la Seguridad Social.
  2. Formalización de Cobertura de Riesgos: Las empresas deben optar por asegurar los riesgos profesionales con la Seguridad Social o con una Mutua Colaboradora.
  3. Afiliación y Alta de los Trabajadores: Acto que se realiza antes de comenzar un trabajo. Con la afiliación, el trabajador se incorpora por primera vez al sistema de la Seguridad Social.
  4. Baja y Variación de Datos.
  5. Cotización: Aportación económica de empresarios y trabajadores, cuya obligación nace al darse de alta en la Seguridad Social.

Incapacidad Temporal (IT)

Subsidio diario que cubre la pérdida de rentas mientras el trabajador está de baja y recibe asistencia sanitaria.

Requisitos para el Beneficiario

Estar afiliado y de alta en la fecha del hecho causante y tener cubierto un período mínimo de cotización, en caso de enfermedad común.

Cuantía

Enfermedad Común o Accidente No Laboral:

  • Del 1º al 3º día: No se cobra.
  • Del 4º al 20º día: 60% de la Base Reguladora (BR).
  • Del 21º día en adelante: 75% de la BR.

La empresa paga los primeros 15 días; a partir del día 16, paga la Seguridad Social o la Mutua.

Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional (EP):

  • 75% de la BR desde el día siguiente al de la baja.

Acción Protectora de la Seguridad Social

  1. Asistencia sanitaria.
  2. Incapacidad temporal.
  3. Riesgo durante el embarazo.
  4. Maternidad.
  5. Paternidad.
  6. Lesiones permanentes no invalidantes.
  7. Incapacidad permanente.
  8. Jubilación.
  9. Muerte y supervivencia: viudedad, orfandad, etc.
  10. Desempleo.
  11. Servicios sociales.

Representación de los Trabajadores

Delegados de Personal

  • Empresas con menos de 50 trabajadores.
  • De 6 a 10 trabajadores: Un delegado (voluntario).
  • De 11 a 30 trabajadores: Un delegado (obligatorio).
  • De 31 a 49 trabajadores: Tres delegados.

Comité de Empresa

  • Empresas con más de 50 trabajadores.
  • De 50 a 100 trabajadores: 5 miembros.
  • De 751 a 1000 trabajadores: 21 miembros.
  • Por cada 1000 trabajadores adicionales: 2 miembros más (ejemplo: 3000 trabajadores = 25 miembros).

Convenio Colectivo

Acuerdo libremente adoptado por los representantes de los trabajadores y los empresarios para regular las condiciones de trabajo, la productividad y la paz laboral.

Jerarquía Normativa Laboral

  1. Normas con rango de ley.
  2. Reglamentos.
  3. Convenios colectivos.
  4. Contratos de trabajo.
  5. Costumbre local y profesional.
  6. Principios generales del derecho laboral.
  7. Jurisprudencia.

Afiliación a un Sindicato

Pueden afiliarse:

  • Trabajadores por cuenta ajena.
  • Personas en situación de desempleo.
  • Trabajadores de la administración pública.
  • Personas incapacitadas.
  • Trabajadores por cuenta propia.
  • Personas jubiladas.

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