Derechos Laborales y Seguridad Social: Huelga, Obligaciones y Prestaciones
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La Huelga: Definición y Tipos
La huelga es una medida de presión y de defensa de los intereses de los trabajadores. Consiste en el cese temporal de la prestación de servicios, acordada por una colectividad de trabajadores de una o varias empresas, con motivo de un conflicto laboral.
Tipos de Huelgas Ilícitas
- Las que se inicien por motivos políticos o con cualquier otra finalidad ajena al interés profesional.
- Las huelgas de solidaridad o apoyo (salvo que afecten directamente al interés profesional de quienes las promuevan o declaren).
- Las que pretendan alterar lo pactado en un convenio colectivo.
- Las huelgas rotatorias y las efectuadas en sectores estratégicos con la finalidad de interrumpir el proceso de producción.
Efectos de la Huelga
- Durante los días de huelga, los trabajadores no cobran su salario.
- Se suspende la obligación de cotizar a la Seguridad Social.
- El empresario no puede sustituir a los trabajadores huelguistas.
- Los días de huelga no deben ser descontados de las vacaciones.
Entidades Gestoras de la Seguridad Social
- Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS): Gestiona y administra las prestaciones económicas del nivel contributivo y el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria.
- Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS): Recauda los recursos económicos y gestiona la inscripción, altas y bajas de empresarios y trabajadores.
- Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO): Se ocupa de las pensiones de incapacidad y jubilación no contributivas.
- Instituto Social de la Marina (ISM): Es competente para administrar y reconocer el derecho a las prestaciones de los trabajadores del mar.
Obligaciones de Empresarios y Trabajadores
- Inscripción de la Empresa: Se realiza antes de empezar la actividad y de contratar a los trabajadores, presentando el modelo TA6 en la Seguridad Social.
- Formalización de Cobertura de Riesgos: Las empresas deben optar por asegurar los riesgos profesionales con la Seguridad Social o con una Mutua Colaboradora.
- Afiliación y Alta de los Trabajadores: Acto que se realiza antes de comenzar un trabajo. Con la afiliación, el trabajador se incorpora por primera vez al sistema de la Seguridad Social.
- Baja y Variación de Datos.
- Cotización: Aportación económica de empresarios y trabajadores, cuya obligación nace al darse de alta en la Seguridad Social.
Incapacidad Temporal (IT)
Subsidio diario que cubre la pérdida de rentas mientras el trabajador está de baja y recibe asistencia sanitaria.
Requisitos para el Beneficiario
Estar afiliado y de alta en la fecha del hecho causante y tener cubierto un período mínimo de cotización, en caso de enfermedad común.
Cuantía
Enfermedad Común o Accidente No Laboral:
- Del 1º al 3º día: No se cobra.
- Del 4º al 20º día: 60% de la Base Reguladora (BR).
- Del 21º día en adelante: 75% de la BR.
La empresa paga los primeros 15 días; a partir del día 16, paga la Seguridad Social o la Mutua.
Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional (EP):
- 75% de la BR desde el día siguiente al de la baja.
Acción Protectora de la Seguridad Social
- Asistencia sanitaria.
- Incapacidad temporal.
- Riesgo durante el embarazo.
- Maternidad.
- Paternidad.
- Lesiones permanentes no invalidantes.
- Incapacidad permanente.
- Jubilación.
- Muerte y supervivencia: viudedad, orfandad, etc.
- Desempleo.
- Servicios sociales.
Representación de los Trabajadores
Delegados de Personal
- Empresas con menos de 50 trabajadores.
- De 6 a 10 trabajadores: Un delegado (voluntario).
- De 11 a 30 trabajadores: Un delegado (obligatorio).
- De 31 a 49 trabajadores: Tres delegados.
Comité de Empresa
- Empresas con más de 50 trabajadores.
- De 50 a 100 trabajadores: 5 miembros.
- De 751 a 1000 trabajadores: 21 miembros.
- Por cada 1000 trabajadores adicionales: 2 miembros más (ejemplo: 3000 trabajadores = 25 miembros).
Convenio Colectivo
Acuerdo libremente adoptado por los representantes de los trabajadores y los empresarios para regular las condiciones de trabajo, la productividad y la paz laboral.
Jerarquía Normativa Laboral
- Normas con rango de ley.
- Reglamentos.
- Convenios colectivos.
- Contratos de trabajo.
- Costumbre local y profesional.
- Principios generales del derecho laboral.
- Jurisprudencia.
Afiliación a un Sindicato
Pueden afiliarse:
- Trabajadores por cuenta ajena.
- Personas en situación de desempleo.
- Trabajadores de la administración pública.
- Personas incapacitadas.
- Trabajadores por cuenta propia.
- Personas jubiladas.