Derechos Laborales y Seguridad Social en Argentina: Convenios, Conflictos y Protección

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Derecho Colectivo del Trabajo

Gremios y Convenios Colectivos

Los gremios equivalen a asociaciones sindicales organizadas.

Los Convenios Colectivos de Trabajo son acuerdos escritos que regulan los derechos y deberes entre el empleador y el trabajador o los trabajadores. Se celebran con el gremio que posea la mayor representatividad gremial. Estos convenios deben ser homologados por el Ministerio de Trabajo y, usualmente, publicados en el Boletín Oficial, adquiriendo así efecto erga omnes (aplicable a todos).

Es importante destacar que una ley posterior no puede invalidar mayores beneficios derivados de un convenio colectivo anterior durante su plazo de vigencia (principio de ultraactividad y norma más favorable).

Conciliación y Arbitraje

Los conflictos laborales pueden ser:

  • Individuales: Involucran intereses concretos de uno o varios trabajadores.
  • Colectivos: El sindicato representa los intereses del grupo.

Según su naturaleza, se distinguen:

  • De derecho o interpretación: Versan sobre la aplicación de la ley vigente.
  • De intereses o económicos: Buscan modificar las normas o condiciones existentes.

En los conflictos individuales de trabajo, relacionados con intereses subjetivos, la ley no puede someterlos obligatoriamente a instancias de conciliación y arbitraje que carezcan de revisión judicial posterior. Si no se logra la conciliación, las partes pueden optar por un arbitraje, cuyo fallo se denomina laudo.

La Huelga

La huelga constituye un movimiento colectivo caracterizado por el abandono temporal del trabajo. Debe ser ejercida de forma pacífica y por libre decisión de una pluralidad de trabajadores de un gremio. Se considera un último recurso para la defensa de los intereses en conflicto con la patronal o el Estado.

  • Si la huelga es declarada ilícita, el empleador puede descontar los días no trabajados e incluso puede constituir causa justa de despido.
  • Si la huelga es lícita, no se pueden descontar los salarios correspondientes a los días de huelga.

Garantías a los Representantes Gremiales

La ley prohíbe los impedimentos, persecuciones y represalias contra los trabajadores por sus actividades sindicales. El empleador no puede adoptar medidas que afecten la estabilidad, seguridad o libertad de un trabajador debido a su rol como representante gremial (tutela sindical).

Seguridad Social

La Seguridad Social es el conjunto de normas e instituciones destinado a conferir protección al individuo y a su grupo familiar frente a necesidades económicas provocadas por contingencias sociales (como vejez, enfermedad, desempleo, etc.). Su fundamento principal es la solidaridad.

El Estado interviene estableciendo normas e instituciones de carácter integral e irrenunciable, como lo establece la Constitución Nacional.

Características de la Seguridad Social

  • Integral: Cubre a todos los habitantes y busca atender todas las contingencias y demandas vitales.
  • Irrenunciable: Sus beneficios están por encima de la voluntad individual y no pueden ser renunciados.

Seguro Social Obligatorio

El Seguro Social Obligatorio es un instrumento clave para hacer efectiva la seguridad social. Inicialmente enfocado en las jubilaciones, también cubre contingencias como enfermedad o accidentes. En caso de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) son las encargadas de otorgar las prestaciones e indemnizaciones correspondientes.

Jubilaciones y Pensiones

  • Jubilaciones: Se otorgan generalmente por edad (65 años para hombres, 60 para mujeres, aunque puede variar según la profesión) y por haber realizado aportes durante un mínimo de 30 años al sistema previsional gestionado por ANSES. Se considera un derecho en expectativa hasta cumplir los requisitos.
  • Pensiones: Son prestaciones derivadas del fallecimiento de un trabajador o jubilado. Corresponden, por ejemplo, al cónyuge supérstite o a los hijos con discapacidad.

Protección Integral de la Familia

La Constitución Nacional promueve a la familia como núcleo primario de la sociedad, buscando ampararla, garantizarla y fortalecerla material y moralmente. Esto incluye previsiones para asegurar una vivienda digna con las condiciones básicas necesarias.

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