Derechos Laborales y Remuneración: Todo lo que Necesitas Saber
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Derechos Reales
Los derechos reales son:
Dominio
Es el derecho real en virtud del cual una cosa se encuentra sometida a la voluntad y a la acción de una persona.
Condominio
Es el derecho real de propiedad que pertenece a varias personas por una parte indivisa sobre una cosa inmueble o mueble.
Usufructo
Es el derecho real de usar y gozar de una cosa, cuya propiedad pertenece a otro, con tal que NO se altere su sustancia.
Uso y Habitación
El derecho de uso es un derecho real que consiste en la facultad de servirse de la cosa de otro, independiente de la posesión de heredad alguna, con el cargo de conservar la substancia de ella o de tomar sobre los frutos ajenos.
Servidumbre
Es el derecho real sobre un inmueble ajeno, en virtud del cual se puede usar de él o ejercer derechos de disposición o impedir que el propietario ejerza derechos de propiedad.
Hipoteca
Es el derecho real constituido en seguridad de un crédito en dinero sobre bienes inmuebles que están en poder del deudor. El derecho real se constituye sobre inmuebles.
Prenda
Constitución de prenda cuando el deudor entregue al acreedor una cosa mueble o un crédito de la deuda. Solo puede tener por OBJETO cosas muebles.
Anticresis
Es el derecho real concedido al acreedor por el deudor o un tercero por él, poniéndole en posesión de un inmueble y autorizándolo a percibir los frutos sobre los intereses del crédito, si son debidos, y en caso de exceder, sobre el capital, si no se deben intereses.
DERECHOS REALES:
Elementos de la Remuneración
Son aquellos sobre los cuales se efectúan los descuentos establecidos por la ley y los empleados realizan atribuciones correspondientes.
Elementos
Sueldo o Salario
Es el elemento más importante de la remuneración. Es fijado en común acuerdo por las partes.
Sueldo Anual Complementario (SAC)
Es el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.
Licencia Ordinaria (Vacaciones)
El trabajador tiene derecho a gozar de un periodo mínimo y continuado de descanso anual remunerado. Dicho periodo es mayor dependiendo de su antigüedad en la empresa.
ANTIGÜEDAD VACACIONES
Licencias Especiales
Además de la licencia anual ordinaria, el trabajador también tiene derecho a licencias especiales pagas como:
CONCEPTO
- Por nacimiento de hijo
- Por matrimonio
- Por fallecimiento de cónyuge, hijos o padres
- Por fallecimiento de hermano
- Para rendir examen en enseñanza media o universitaria
LICENCIA
- 2 días CORRIDOS
- 10 días CORRIDOS
- 3 días CORRIDOS
- 1 día
- 2 días corridos por examen
Feriados Obligatorios y Días No Laborables
Los feriados obligatorios son días en los que está prohibida la ocupación del trabajador, a efecto de permitirles participar de las festividades cívicas y religiosas de la comunidad.
Los días NO laborables son optativos para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines.
DÍA CARÁCTER NO TRABAJA
Trabaja
Horas Suplementarias (Horas Extras)
Más conocidas como horas extras, y son aquellas que trabaja un empleado después de haber cumplido con la jornada legal de trabajo.
Incentivos
Son sumas que se abonan al trabajador, en relación al cumplimiento y a los resultados de su trabajo, independientemente de su salario. Se utilizan como estímulos para inducir al trabajador a un rendimiento óptimo.
Según el tipo de actividad que quiere motivarse:
- Premios por asistencia
- Premios por producción
- Premios por ventas
- Propinas
Viáticos
Son considerados remunerativos cuando no se deben rendir por medio de comprobantes.
Accidentes y Enfermedades Inculpables
Aquellos que NO son imputables al empleo. El trabajador afectado por dicha contingencia tiene derecho a una licencia paga durante un periodo que varía según su antigüedad y si tiene o no cargas de familia.
PERIODO MÁXIMO de LICENCIA
Trabajador antigüedad menor de 5 años -- antigüedad mayor de 5 años
Elementos No Remunerativos
Este tipo de ingresos del trabajador no se aplica ningún descuento ni se realizan contribuciones patronales y tampoco se computan para el cálculo del sueldo anual complementario, vacaciones y otras licencias.
Asignaciones Familiares
- Alcance
- Financiación
- Prestaciones