Derechos Laborales y Función Pública

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Trabajo de la mujer

Se aplica al régimen laboral general, diferencias. Toda que va a ser madre tiene licencia por maternidad de 14 semanas. La licencia podrá iniciarse hasta 6 semanas antes de la fecha prevista del parto, puede seguir cesando sus tareas hasta una semana antes del parto, teniendo 13 semanas post. Amplia cuando: el parto es posterior a la fecha prevista, tiene una enfermedad (licencia enferma).

Una mujer embarazada no puede ser despedida, salvo pagando IPD especial (=6 meses de salario), por eso se debe de informar al empleador inmediatamente.

Trabajo de menor

Protección especial. Edad mínima 15 ano., necesita autorización del INAU que les brinda un carnet habilitante. Jornada max 6 hrs. prohibido trabajo nocturno.(22/6hs). Prohibido trabajos pesados o que obstaculicen su escolaridad.

Derecho al cargo

Formas de Ingreso a la función publica:

Designación: acto unilateral de la administración que designa a una persona para un cargo y requiere su consentimiento. Te llaman para confirmar que vos aceptas ingresar. Designan a personas dependiendo de cómo les va en la prueba.

Elección: cuerpo electoral decide entre personas que se postula a los diferentes cargos. Intendentes, ministros, presidentes,etc.

Accesión: Cuando se accede un cargo por tener otro, vicepresidente.

Egreso la función pública: renuncia-acto unilateral. Abandono del cargo-asistencia injustificada. Destitución-se cesa el trabajo mediante un procedimiento administrativo (como un juicio), donde un tercero decide el cese del funcionario. Jubilación70. Muerte

Principales prestaciones de seguridad social

Jubilaciones: Manto de dinero que se abona a una persona que combina cierta edad con determinada cantidad de años de trabajo.

Pensiones: dinero que se paga a una viuda, hijos menor de edad, hijos discapacitado mayores, ante el fallecimiento de familiar aguantaban económicamente)

Pensión a la vejez: mayores de 70 que carecen de recurso para subsistir.

Seguro de desempleo: prestaciones de dinero, desocupación forzosa (6meses).

subsidio por maternidad: "".Subsidio por enfermedad: prestación durante enfermeda

Derecho Colectivo de Trabajo(2/2+, 2:1)

Negociación colectiva: Negociación por condiciones de trabajo que realizan trabajadores y empleados. Solo sentar y hablar, no se tiene que llegar a una acuerdo.

Convenio colectivos: Acuerdos, no se puede acordar nada por debajo de la legislación laboral vigente en cuanto los derechos de los trabajadores.

Consejo de Salario: Negociación tripartita(trabajadores, empleadores y el estado), acuerdos sobre condiciones laborales. Se llega a un acuerdo "Laudo"y debe ser homologada por el poder ejecutivo. Si es aprobada se vuelve obligatorio para todo el sector. Se hace cada 2 anos obligatorio.

Características de la democracia

1. Gobernantes emanados de actos eleccionarios: solo los elegidos por procedimientos democráticos pueden ejercer el poder en forma licita.

8. Multipluralismo- Manifestación practica del pluralismo político. Existencia de múltiples partidos políticos que representen las diversas ideologías.

9.Tolerancia: Respeto y consideración hacia las opiniones y prácticos ajenas. Los limites de la tolerancia son los derechos y libertades de los individuos.

Relaciones entre el P. ejecutivo y legislativo

Presidencialismo: Predominio o institucional del PE.El presidente no tiene responsabilidad política ante el parlamento. Jefe de estado (quien representa el pais) y jefe de gobierno (quien gobierna) son la misma persona. el presidente. Los ministros son simples "secretarios" del presidente que no son responsables ante el parlamento.

Parlamentarismo: Predomina institucional del PL. El "Presidente" tiene responsabilidad política entre el parlamento. Jefe de Estado y Jefe de gobierno son personas u órganos distintos. Los ministros son responsables ante el que los puede hacer dejar el cargo.

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