Derechos Laborales en España: Jornadas, Horas Extra y Permisos
Enviado por Chuletator online y clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en español con un tamaño de 3,71 KB
Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)
El FOGASA es un fondo al que contribuyen todas las empresas y el Estado. Si un trabajador se declara insolvente y no puede hacer frente a ningún pago, el FOGASA se hace cargo, hasta un máximo del doble del SMI diario, con un límite de 120 días.
Tipos de Jornadas Laborales
Jornadas Especiales
- Guarda legal de hijos discapacitados o familiares (en menores de 8 años): Se reduce la jornada desde 1/8 a 1/2 y se reduce el sueldo proporcionalmente.
- Lactancia
- Partos prematuros: Si el bebé está hospitalizado, se tiene derecho a 1 hora de ausencia diaria o 2 horas al día con reducción del sueldo.
- Víctimas de violencia de género
- Por causas económicas, técnicas o de fuerza mayor: Se puede reducir la jornada entre el 10% y el 70%, con la correspondiente reducción de sueldo.
Distribución Regular e Irregular de la Jornada
La diferencia entre la distribución regular y la irregular es que en la regular todas las semanas se realizan las mismas horas (40 horas), con un máximo de 9 horas diarias. En la distribución irregular, la media anual debe ser de 40 horas semanales, pero no hay límite diario.
Jornada Continua y Partida
Jornada Partida: El tiempo de trabajo se divide en dos, con un descanso para el almuerzo de al menos 2 horas. Jornada Continua: No existe interrupción. Si se superan las 6 horas, se tiene derecho a un descanso de 15 minutos (30 minutos para menores de edad).
Límites en la Distribución Regular
- No más de 9 horas diarias.
- Descanso de 12 horas entre jornadas.
- Descanso semanal de día y medio ininterrumpido.
Trabajo Nocturno
Características del Trabajador Nocturno
- Realiza al menos 3 horas de su jornada entre las 22:00 y las 6:00.
- Tiene una retribución especial (plus de nocturnidad).
- No puede realizar horas extra.
- No puede superar una media de 8 horas diarias.
- No pueden ser menores de 18 años.
Trabajo a Turnos
- Se da en empresas con un proceso productivo continuo las 24 horas del día.
- No se pueden realizar más de 2 semanas consecutivas de turno de noche, salvo que el trabajador lo acepte voluntariamente.
- Retribución especial (plus de turnicidad).
Inembargabilidad del Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
La cantidad equivalente al SMI es inembargable, salvo por deudas de alimentos a hijos. Todo lo que supere el SMI sí puede ser embargado.
Horas Extra
- Son aquellas que exceden el tiempo de la jornada establecida en el contrato o convenio.
- Su valor económico debe ser, al menos, el de una hora ordinaria.
- Los menores de edad no pueden realizarlas.
- Se compensan con sueldo o con tiempo de descanso.
Horas Extra Voluntarias
No pueden ser obligadas. Son estructurales. No se pueden realizar más de 80 horas al año y cotizan un 4,7% a la Seguridad Social.
Horas Extra Obligatorias
Están pactadas en el convenio o contrato, o se realizan por causa de fuerza mayor. Se cobran, se descansan y cotizan igual que las voluntarias. Las horas extra por fuerza mayor no tienen límite y cotizan un 2% a la Seguridad Social.
Permisos Retribuidos
- 2 días por nacimiento de hijo.
- 15 días por matrimonio.
- 2 días por hospitalización de familiar hasta 2º grado.
- 1 día por traslado de domicilio.
- Tiempo indispensable para exámenes prenatales y preparación al parto.