Los Derechos Humanos y su Educación
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Siglas y Definiciones
DH: Derecho humano. DDHH: Derechos Humanos. DIH: Derecho Internacional Humanitario. DIDH: Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
UNESCO: se dedica al desarrollo de la educación, ciencia y cultura, y la promoción de los DDHH.
Instrumentos Jurídicos Internacionales
Obligan jurídicamente:
- Pacto Internacional de los Derechos Civiles, Políticos, Económicos, Sociales y Culturales. “Se considera fuente de los DDHH”.
- Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos.
Ambos instrumentos aprobados en 1966 y en vigencia en 1976. Estos nacieron en el seno de la Naciones Unidas.
CIDH: acuden las personas que vean que pueden sufrir un daño irreparable a sus derechos.
Condenan al Estado:
- Corte Penal Internacional.
- Corte Interamericana de Derechos Humanos.
La Carta de la “OEA” y la carta de Derechos Humanos, son dos instrumentos a través de los cuales surge el mandato de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
La Declaración de los Derechos Humanos, es una declaración mas no una ley y por lo tanto no sanciona a los estados, solo retira su confianza.
Importancia de la Educación en DDHH
La educación en DDHH, es la vía más racional y prometedora, para aprender y tomar conciencia, acerca de los valores y principios, que enaltecen la dignidad humana.
La formación en DDHH, ha adquirido un carácter trascendentalmente PROTECTOR y PROMOTOR, de la dignidad humana, en las sociedades actuales. Esta educación busca hacer efectivas las formas de amparo y la defensa de sus derechos.
Instrumentos Jurídicos Internacionales sobre DIDH y DIH:
- Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su preámbulo, habla sobre educación y enseñanza en pro de la cultura de los DDHH. En dicho contexto LA EDUCACION TIENE POR FIN:
- El pleno desarrollo de la personalidad humana.
- El fortalecimiento y respeto de los DDHH y libertades fundamentales.
- Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre: en su artículo 12 hace alusión a la educación como base en los principios libertad, moralidad y solidaridad humana.
- Declaración de los Derechos del Niño.
- Convención sobre los Derechos del Niño.
- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales “PIDESC”: tuvo origen en las Naciones Unidas, habla sobre educación y la orientación de esta al desarrollo de los DDHH
Normatividad Nacional
Pilar fundamental LA EDUCACION en la sociedad.
Derechos Fundamentales
Los Derechos Fundamentales no son ABSOLUTOS, pues tienen un carácter limitado, que implican el saber que son derechos que no pueden ser restringidos por lo tanto, pueden prevalecer sobre otros, en un conflicto.
No, hay DIFERENCIAS, ya que los derechos fundamentales y humanos, son los mismos, de los cuales es titular el hombre por el mero hecho de serlo, es decir pertenecen al ser humano, sin distinción alguna a su condición social o económica.
Artículos de aplicación inmediata:
Artículo 85 considera que: artículos 11, 12, 13, 14, 15 , 16, 17 , 18 , 19 , 20, 21, 22, 23, 24 , 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 33, 34, 37 y 40.
Principios Fundamentales:
- A la no Discriminación.
- Igualdad de Oportunidades y Trato.
- Acceso Universal a la Educación.
- Solidaridad.
Derecho de la Guerra
El derecho a la guerra: tiene como fin humanizar la guerra.
Derecho de la Haya: regula métodos y medios para la guerra.
Derecho de Ginebra: protege a la población no combatiente.