Derechos Gerenciales y Sindicales en Venezuela
Enviado por Chuletator online y clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en español con un tamaño de 6,25 KB
Carlos Lánder Márquez afirma que “la existencia de los derechos gerenciales refleja el criterio sustentado durante largo tiempo por los patronos que sólo la Gerencia puede lograr un rendimiento efectivo y lucrativo de las operaciones… Como regla general ni los derechos gerenciales ni los sindicales deben ser materia de negociación”.
Funciones gerenciales continuamente cuestionadas en Venezuela, que abarcan también algunos de los derechos gerenciales:
La Gerencia debe conservar la libertad de manejar su propio negocio, lo cual incluye:
El derecho a dirigir y controlar la fuerza de trabajo
El derecho a determinar los medios, métodos, procedimientos y programas de producción.
Derecho a utilizar la capacidad total de su fuerza de trabajo y de su equipo industrial
Derecho a mantener la disciplina entre sus trabajadores
El derecho a producir en la forma más eficiente posible.
Derechos y Libertades básicas que le corresponden a los sindicatos:
El derecho a reunirse en sindicatos y ser reconocido por los patronos como representantes únicos de los trabajadores.
El derecho a contratar colectivamente.
El derecho a ir a la huelga
Estos derechos han sido ampliados a través de la negociación colectiva:
Ampliación del periodo legal de inamovilidad de directivos sindicales
Aumento del número de directivos cubiertos por la inamovilidad legal y contractual
Locales para actividades sindicales
Carteleras para información sindical
Permisos remunerados para directivos en misiones sindicales, deducción de cuotas sindicales, visitas de funcionarios sindicales a sitios de trabajo
Informaciones ocasionales o periódicas a suministrarse al sindicato por la compañía
Como regla general ni las prerrogativas de la Gerencia, ni los derechos básicos del sindicato deben ser materia de negociación: En los derechos sindicales esta afirmación es correcta pero en los derechos gerenciales, la existencia misma de todos y cada uno de estos derechos, como prerrogativas inherentes a la Gerencia, ha sido, en mayor o menor grado, objetada por los representantes del movimiento obrero. Muchas de estas prerrogativas han venido paulatinamente siendo restringidas por descuido, imprevisión, presión sindical o incorrecta administración o interpretación de los convenios. En ocasiones han sido los mismos representantes de la Gerencia quienes voluntariamente han negociado tales derechos, a cambio de otras peticiones de carácter económico.
Los sindicatos nunca se han plegado por completo a la doctrina de los derechos gerenciales… Las funciones Gerenciales que continuamente son cuestionadas o asumidas por los sindicatos en las negociaciones colectivas celebradas en Venezuela son: El derecho a seleccionar nuevos empleados. A promover de acuerdo con la eficiencia o rendimiento del trabajador. A determinar el nro. De trabajadores necesarios para una operación. A asignar el trabajo y determinar el contenido. A comunicarse con los trabajadores. A disciplinar los trabajadores. A despedir.