Derechos Fundamentales y Proceso Penal en México: Artículos Clave
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Derechos Fundamentales y Proceso Penal en México
A continuación, se presenta una revisión de artículos clave de la Constitución Mexicana relacionados con los derechos fundamentales y el proceso penal.
Artículo 16
Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, si no en virtud de mandamiento escrito.
Todo proceso que inicie el Estado tiene que ser por escrito, pacífica, fundada y motivada.
Quereella: Es una denuncia, queja o una solicitud cuando se ha cometido un delito.
Artículo 17
Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma.
Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales.
Delito: Conducta antijurídica y culpable.
Artículo 18
Solo por delito que merezca pena privativa de libertad habrá lugar a prisión preventiva.
Orden de Cateo
Es una salvaguarda contra una búsqueda y aprehensión no justificada o sin razón.
Visita Domiciliaria
Actividad realizada por una autoridad administrativa a efecto de vigilar el cumplimiento por parte de los particulares de los reglamentos sanitarios, fiscales y de policía y gobierno municipal.
Ministerio Público
Órgano del Estado mediante el cual se va a investigar la probable comisión de un delito a fin de que la autoridad competente tenga los elementos necesarios para sancionar a una o varias personas.
Artículo 19
Ninguna detención ante la autoridad judicial podrá exceder el plazo de setenta y dos horas a partir de que el indiciado sea puesto a su disposición sin que se justifique con un auto de vinculación a proceso.
Artículo 20
Derecho a obtener inmediatamente la libertad provisional bajo caución, es decir, mediante el pago de una fianza, siempre y cuando el delito no sea grave.
Artículo 21
La imposición de penas corresponde única y exclusivamente a la autoridad judicial (Juzgados).
Delitos (Ministerio Público)
Infracciones (Autoridad Administrativa)
Artículo 22
La mutilación, infamia, marcas, azotes, palos, tormentos está prohibida. La multa que va más allá de lo que dice la ley.
Está prohibida la confiscación de bienes.
Pasos para Determinar la Existencia de un Delito
- Persona "A" comete un delito.
- La persona es llevada y acusada ante el Ministerio Público.
- El Ministerio Público investiga y encuentra que hay indicios suficientes de la persona.
- El Ministerio Público tendrá solo 48 horas para investigar y decide si acusa a la persona.
- El Ministerio decide acusar a la persona "A" por la comisión de un delito.
- Si el Ministerio Público acusa a la persona "A", contará con un plazo de 78 horas para ver si hay indicios y la persona haya cometido el delito. Si es así, emitirá una orden de formal prisión y sujeción a proceso; de lo contrario, emitirá una orden de libertad.
- En caso de que se dicte una orden de formal prisión y sujeción, se iniciará el juicio en el que, después de desahogadas las pruebas y escuchadas las partes, el juez declarará a la persona "A" culpable o inocente del delito por el cual fue acusado y procesado.