Derechos Fundamentales en México: De la Libertad de Expresión a la Posesión de Armas (Artículos 5-15)
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Artículo 5: Libertad de Profesión y Trabajo
Toda persona tiene la libertad de dedicarse a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siempre y cuando sea lícito.
Derecho de Réplica
Este derecho consiste en la facultad de una persona para aclarar información difundida por un medio de comunicación que considere inexacta o agraviante, utilizando un espacio de la misma proporción y relevancia que la publicación original para presentar su defensa.
Artículo 6: Libertad de Manifestación de las Ideas
La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, salvo en los casos en que se incurra en:
- Ataques a la moral.
- Ataques a la vida privada o a los derechos de terceros.
- Provocación a la comisión de algún delito.
- Perturbación del orden público.
Derecho al Acceso a la Información
Se garantiza el derecho de acceso a la información pública. Algunos órganos encargados de velar por este derecho son:
- IFAI: Instituto Federal de Acceso a la Información.
- ITEA: Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes.
Artículo 7: Libertad de Difusión
Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas a través de cualquier medio, sin necesidad de ningún pago o censura previa. Las limitaciones a este derecho son las mismas que las establecidas en el artículo 6.
Artículo 8: Derecho de Petición
Los ciudadanos tienen el derecho de hacer peticiones a la autoridad sobre cualquier asunto. Para ejercer este derecho, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Formularse por escrito.
- Hacerse de manera pacífica y respetuosa.
La autoridad está obligada a responder por escrito al peticionario en breve término, fundamentando su decisión.
Artículo 9: Derecho de Asociación
Se reconoce la posibilidad de reunirse o asociarse pacíficamente con cualquier objeto lícito, como en asociaciones políticas, religiosas, profesionales, educativas o culturales. Las condiciones para cualquier asociación son:
- Debe ser pacífica.
- Debe tener un fin lícito.
Artículo 10: Derecho a Poseer Armas en el Domicilio
Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio para su seguridad y legítima defensa.
Excepciones y Regulación
- Quedan exceptuadas las armas prohibidas por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
- Este derecho es regulado por la SEDENA (Secretaría de la Defensa Nacional) y la SEGOB (Secretaría de Gobernación).
Artículo 11: Libertad de Tránsito
Toda persona tiene derecho a transitar libremente por el territorio nacional. Esto incluye la libertad para:
- Entrar y salir del país.
- Viajar por su territorio.
- Mudar de residencia sin necesidad de pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes.
Artículo 12: Prohibición de Títulos Nobiliarios
En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los títulos de nobleza, prerrogativas y honores hereditarios.
Artículo 13: Prohibición de Leyes y Tribunales Especiales
Nadie puede ser juzgado por:
- Leyes privativas: Aquellas creadas específicamente para aplicarse a una persona o caso concreto, contraviniendo el principio de generalidad de la ley.
- Tribunales especiales: Órganos judiciales creados para juzgar un caso particular.
Artículo 14: Garantía de Irretroactividad de la Ley
A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Esto significa que las leyes solo aplican a situaciones jurídicas que ocurran después de su entrada en vigor, y no pueden afectar negativamente derechos adquiridos en el pasado.
Artículo 15: Regulación de Tratados de Extradición
México no autorizará la celebración de tratados internacionales para la extradición de reos políticos ni de delincuentes del orden común que hayan tenido en el país donde cometieron el delito la condición de esclavos.
Excepciones a la Extradición
Tampoco se celebrarán tratados que alteren o vulneren las garantías y derechos establecidos por la Constitución para todo individuo. No se autorizará la extradición si:
- El país solicitante puede vulnerar las garantías individuales del acusado.
- El individuo tiene la condición de esclavo en el país que solicita la extradición.