Derechos, Deberes y Gestión del Plan de Prevención de Riesgos Laborales
Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en
español con un tamaño de 5,14 KB
Marco Normativo de la Prevención de Riesgos Laborales
Derechos y Deberes en Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece obligaciones claras tanto para el empresario como para los trabajadores, garantizando un entorno de trabajo seguro.
Deberes del Empresario
- Facilitar equipos de trabajo y medios de protección adecuados.
- Informar, consultar y garantizar la participación de los trabajadores en la acción preventiva.
- Dar formación teórica y práctica suficiente y adecuada a los trabajadores.
- Vigilar la salud de los trabajadores de forma periódica.
Deberes del Trabajador
- Utilizar correctamente los dispositivos de seguridad y los medios de protección facilitados.
- Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente y por el empresario.
Derechos del Trabajador
- Que se les faciliten equipos de protección individual (EPI) adecuados para el desempeño de sus funciones.
- La vigilancia periódica de su estado de salud.
- La protección específica de la maternidad y de los menores.
El Plan de Prevención de Riesgos Laborales
El Plan de Prevención de Riesgos Laborales es la herramienta esencial para integrar la actividad preventiva en el sistema general de gestión de la empresa. Debe ser documentado y contener, al menos, los siguientes elementos:
Componentes Estructurales del Plan de PRL
- Identificación de la empresa: Incluyendo la actividad productiva, el número y las características de los centros de trabajo, el número de trabajadores y sus características con relevancia en la prevención de riesgos laborales.
- Estructura organizativa de la empresa: Identificando las funciones y responsabilidades que asume cada uno de sus niveles jerárquicos y los cauces de comunicación entre ellos, en relación con la prevención de riesgos laborales.
- Organización de la producción: En cuanto a la identificación de los distintos procesos técnicos, las prácticas y los procedimientos organizativos existentes en la empresa, en relación con la prevención de riesgos laborales.
- Organización de la prevención en la empresa: Indicando la modalidad preventiva elegida y los órganos de representación existentes.
- Política, Objetivos y Metas: Que en materia preventiva pretende alcanzar la empresa, así como los recursos humanos, técnicos, materiales y económicos de los que va a disponer para ello.
Organización y Gestión de la Prevención
La gestión de la prevención puede llevarse a cabo mediante diferentes modalidades, dependiendo del tamaño y la complejidad de la empresa:
Modalidades de Organización Preventiva
1. Asumir Personalmente la Actividad Preventiva (El Empresario)
Esta opción solo es viable si se cumplen simultáneamente las siguientes condiciones:
- Que se trate de empresas de hasta diez trabajadores.
- Que el empresario desarrolle de forma habitual su actividad profesional en el centro de trabajo.
- Que las actividades desarrolladas en la empresa no estén incluidas en el Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención.
2. Designar a Uno o Varios Trabajadores
El empresario puede designar a uno o varios trabajadores para llevar a cabo las funciones preventivas. Los trabajadores designados deberán tener la capacidad correspondiente a las funciones que van a desempeñar.
3. Constituir un Servicio de Prevención Propio (SPP)
Es obligatorio en los siguientes casos:
- Empresas que cuenten con más de 500 trabajadores.
- Empresas que, contando con entre 250 y 500 trabajadores, desarrollen alguna de las actividades incluidas en el Anexo I del Reglamento.
- Si la autoridad laboral lo decide, en función de la peligrosidad de la actividad o la frecuencia de siniestralidad.
El SPP constituirá una unidad organizativa específica y sus integrantes le dedicarán de forma exclusiva su actividad en la empresa.
4. Recurrir a un Servicio de Prevención Ajeno (SPA)
Se recurre a un SPA si la empresa no opta por un servicio de prevención propio o si no se elige otra modalidad preventiva. Las entidades especializadas que actúen como SPA deberán ser objeto de acreditación por la administración laboral, previa aprobación de la administración sanitaria.
Representación de los Trabajadores: Delegados de Prevención
Los Delegados de Prevención son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo.
Criterios de Designación en Pequeñas Empresas
- Empresas de hasta 30 trabajadores: El delegado de prevención será el delegado de personal.
- Empresas de 31 a 49 trabajadores: Un delegado de prevención elegido por y entre los delegados de personal.