Derechos en Conflicto: Ponderación y Razonabilidad Constitucional

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1. Derechos, Principios y Valores en el Conflicto

Los derechos constitucionales, entendidos como principios, operan como mandatos de optimización. Esto significa que deben realizarse en la mayor medida posible. La resolución de conflictos entre estos derechos debe abordarse aplicando un test de proporcionalidad.

Ejemplos de derechos relevantes incluyen:

  • Derecho a la igualdad de trato y no discriminación
  • Derecho a la vida, integridad física y moral
  • Derecho a la libertad ideológica y religiosa
  • Derecho a la libertad y seguridad
  • Derecho a la intimidad familiar, personal, honor e inviolabilidad del domicilio
  • Derecho a la libertad de residencia y circulación
  • Derecho a la libertad de expresión
  • Derecho de reunión
  • Derecho a la tutela judicial efectiva
  • Derecho a la educación
  • Derecho de huelga

2. Razonabilidad del Juicio de Ponderación

El juicio de ponderación se desarrolla en tres fases, basadas en la distinción cualitativa entre reglas y principios. Los principios son mandatos de optimización y se rigen por los principios de irradiación y proporcionalidad, que conducen a la ponderación. Las fases son:

Idoneidad

Toda intervención en los derechos fundamentales debe ser idónea para contribuir a alcanzar un fin constitucionalmente legítimo. Es decir, la afectación al contenido de un derecho fundamental, principio o mandato de optimización debe perseguir una finalidad constitucionalmente válida.

Necesidad

Una vez verificada la idoneidad de la medida, se debe determinar si es necesaria. Esto implica que no exista otra medida igualmente efectiva o adecuada para alcanzar el mismo fin, pero que implique una restricción menor para el derecho fundamental intervenido.

Proporcionalidad en Sentido Estricto

Esta fase es la verdadera ponderación, donde se evalúan los derechos en conflicto y se determina cuál prevalece. Para ello, se debe fijar el grado de afectación de cada derecho y determinar cuál se ve afectado más gravemente.

3. Justificación de Soluciones Alternativas

Se refiere a las soluciones que se pueden añadir sin alterar el caso, considerando los antecedentes y la finalidad perseguida. Se puede enfocar de dos maneras:

Un Método: Ponderando de manera correcta. No estoy de acuerdo con el medio que usa el tribunal constitucional para este caso, puesto que no prevalecen los derechos constitucionales en su resolución y no se aplican las fases del juicio de razonabilidad de manera correcta.

Primera Fase: Idoneidad

(Explicar)

Segunda Fase: Necesidad

Es crucial recordar que si una fase no se supera, no se puede continuar. La fase de necesidad cuestiona si la pérdida de un derecho constitucional es necesaria, considerando que siempre uno prevalecerá. Se debe buscar una solución que no menoscabe ningún derecho.

(Explicar)

Tercera Fase: Proporcionalidad

Se evalúa el grado de afectación de los derechos.

(Explicar)

La idea del contenido esencial de los derechos es relevante. Los derechos tienen una configuración amplia, pero su contenido esencial es limitado. Lo restante son partes disponibles para el legislador, que incluso no tienen por qué estar reconocidos. Sin embargo, el contenido esencial nunca puede ser limitado, incluso en conflicto con otros derechos.

4. Comentario Crítico al Juicio de Ponderación

Parte General

La ponderación es un sistema de resolución de conflictos entre derechos (los no positivistas ven conflictos entre derechos) donde la moral juega un papel fundamental para la explicación del derecho.

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