Derechos del Ciudadano en Procedimientos Administrativos: Acceso, Garantías y Sanciones
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Artículo 53: Derechos del Interesado en el Procedimiento Administrativo
El presente artículo detalla los derechos fundamentales que asisten a los ciudadanos y entidades en sus interacciones con la Administración Pública, asegurando transparencia, acceso a la información y garantías procesales en todo procedimiento administrativo.
Derechos Generales del Interesado
Además de los derechos generales previstos en la legislación vigente, los interesados en un procedimiento administrativo gozan de las siguientes prerrogativas:
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Acceso a la Información y Documentación: Conocer en cualquier momento el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados; el sentido del silencio administrativo que corresponda, en caso de que la Administración no dicte ni notifique resolución expresa en plazo; el órgano competente para su instrucción y resolución; y los actos de trámite dictados. Asimismo, tienen derecho a acceder y obtener copia de los documentos contenidos en dichos procedimientos.
Quienes se relacionen con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos, tienen derecho a consultar la información mencionada en el Punto de Acceso General electrónico de la Administración, que funciona como un portal de acceso. La obligación de la Administración de facilitar copias de los documentos se entenderá cumplida mediante su puesta a disposición en el Punto de Acceso General electrónico de la Administración competente o en las sedes electrónicas correspondientes.
- Identificación de Responsables: Identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos.
- No Presentación de Originales: No presentar documentos originales, salvo que, de manera excepcional, la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario. En caso de que, excepcionalmente, deban presentar un documento original, tienen derecho a obtener una copia autenticada de este.
- Evitar Duplicidad de Información: No presentar datos y documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, que ya se encuentren en poder de las Administraciones Públicas o que hayan sido elaborados por estas.
- Formulación de Alegaciones y Aportación de Documentos: Formular alegaciones, utilizar los medios de defensa admitidos por el Ordenamiento Jurídico y aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, los cuales deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución.
- Información y Orientación: Obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.
- Asistencia de Asesor: Actuar asistidos de asesor cuando lo consideren conveniente en defensa de sus intereses.
- Medios de Pago Electrónicos: Cumplir las obligaciones de pago a través de los medios electrónicos previstos en el artículo 98.2.
- Otros Derechos Reconocidos: Cualesquiera otros derechos que les reconozcan la Constitución y las leyes.
Derechos en Procedimientos Administrativos Sancionadores
Además de los derechos generales mencionados, en el caso de procedimientos administrativos de naturaleza sancionadora, los presuntos responsables gozan de los siguientes derechos específicos:
- Notificación de Imputaciones: Ser notificado de los hechos que se le imputen, de las infracciones que tales hechos puedan constituir y de las sanciones que, en su caso, se les pudieran imponer, así como de la identidad del instructor, de la autoridad competente para imponer la sanción y de la norma que atribuya tal competencia.
- Presunción de No Responsabilidad: La presunción de no existencia de responsabilidad administrativa mientras no se demuestre lo contrario.