Derechos de los Adultos Mayores en Bolivia: Claves de la Ley N° 369
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Definición y Contexto del Adulto Mayor
¿A qué edad se considera a una persona adulta mayor?
Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización de las Naciones Unidas (ONU), una persona es considerada adulta mayor a partir de los 60 años.
Principal Desafío en América Latina
El principal problema que enfrentan las personas adultas mayores en la región es la vulneración de sus derechos, tanto por parte de la familia y la sociedad como por la ausencia de normativas adecuadas que garanticen su protección.
Ley N° 369: Protección Integral para los Adultos Mayores en Bolivia
Sancionada el 1 de mayo de 2013, la Ley N° 369 tiene como objetivo fundamental regular los derechos, garantías y deberes de las personas adultas mayores en Bolivia, estableciendo la institucionalidad necesaria para su protección.
Objetivo Principal de la Ley
La ley busca prevenir y erradicar la distinción, exclusión y restricción de los derechos de este colectivo, asegurando un marco de respeto y dignidad.
¿Quiénes son los Titulares de Derecho?
Son consideradas titulares de derecho todas las personas de 60 años o más que se encuentren en territorio boliviano.
Principios y Derechos Fundamentales
Principios Clave de la Ley N° 369
La ley se sustenta en varios principios clave, entre los que destacan:
- No Discriminación: Garantizar un trato igualitario sin distinción alguna.
- No Violencia: Proteger contra cualquier forma de abuso físico, psicológico o económico.
- Solidaridad Intergeneracional: Fomentar la cooperación y el respeto mutuo entre diferentes generaciones.
Otros principios rectores incluyen la descolonización, protección, interculturalidad, participación, accesibilidad, autonomía y autorrealización.
Características de los Derechos
Los derechos de las personas adultas mayores se caracterizan por ser inviolables, interdependientes, intransferibles, indivisibles y progresivos.
Garantías y Prestaciones Específicas
Derecho a una Vejez Digna
Se garantiza a través de la Renta Dignidad, el desarrollo en un entorno sin violencia, el acceso a vivienda de interés social y el respeto a la libertad personal, entre otros.
Trato Preferente en Instituciones
Las instituciones deben brindar un trato preferente que incluye atención rápida, personal capacitado, atención personalizada, un ambiente libre de maltrato y comunicación en el idioma materno del adulto mayor.
Seguridad Social Integral
La ley garantiza el acceso a pensiones y a un sistema de salud con calidad y calidez, asegurando siempre el consentimiento informado en tratamientos médicos.
Educación y Cultura
El sistema educativo debe garantizar la inclusión, el respeto y la valoración de los adultos mayores, promoviendo programas culturales, recreativos y de formación sociocomunitaria.
Asistencia Jurídica
El Ministerio de Justicia ofrece asistencia jurídica preferente, que abarca información legal, representación, mediación y la defensa activa de sus derechos.
Participación Social y Política
Se garantiza la participación y el control social en la formulación y ejecución de políticas públicas, de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 341.
Rol de la Familia y la Sociedad
Responsabilidad frente al Maltrato
Tanto las familias como la sociedad tienen el deber de denunciar cualquier situación de maltrato o violencia contra una persona adulta mayor ante la autoridad correspondiente.
Promoción de Entornos Positivos
Las familias deben promover entornos afectivos, la integración intergeneracional, la solidaridad y el apoyo social para sus miembros mayores.
Inclusión Laboral
La sociedad debe promover la inclusión laboral de los adultos mayores, valorando sus capacidades y experiencia.
Deberes y Reconocimientos
Deberes de las Personas Adultas Mayores
Según la ley, también tienen deberes importantes:
- Fomentar el respeto intergeneracional.
- Capacitarse y formarse de acuerdo con sus posibilidades.
- Participar activamente en la formulación de políticas públicas.
Otros deberes incluyen el autocuidado, la transmisión de su idioma materno, no vulnerar los derechos de otras personas y aportar con sus saberes al proceso de descolonización.
Reconocimiento Especial
- Beneméritos de la Patria: Deben recibir gratitud, respeto y reconocimiento público por sus servicios.
- Población Indígena: Los adultos mayores de pueblos indígenas son considerados sabios y merecen el máximo respeto.
Desafíos en la Implementación
A pesar del marco legal, Bolivia enfrenta el reto de cerrar las brechas en la aplicación efectiva de la ley. Los servicios destinados a este sector de la población aún son limitados en comparación con otros países, lo que subraya la necesidad de fortalecer su implementación con una mayor participación ciudadana.