Derecho Subjetivo, Obligaciones y Contratos: Conceptos Clave

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Derecho Subjetivo: Poder que el ordenamiento jurídico otorga a los particulares para que satisfagan sus intereses o necesidades (ej: comprador, empleado). Diferentes poderes: facultades > derecho absoluto (comprende a todos), derecho relativo (someten/vinculan a personas determinadas).

Límites del Derecho Subjetivo

Límites:

  • Intrínsecos: Buena fe (respetar derechos de los demás, no de forma desobrada o contraria a la buena fe); Abuso del derecho (límites generales del ejercicio del derecho, cesar actos abusivos y reparar daños. También se reprime si hay resultado antisocial).
  • Extrínsecos: Situaciones de cotitularidad; Colisión de derechos (derechos ostentados por 2 o más personas, su ejercicio es imposible). Solución: jerarquizarlos.

Prescripción extintiva: Se extinguen derechos por falta de ejercicio. Para ello: derecho debe ser prescriptible, inactividad pudiendo ejercer, transcurra plazo sin ejercer.

Caducidad: Ejecutarse en un periodo determinado.

Persona Jurídica y Asociaciones

Persona Jurídica: Entes u organizaciones a las que se les reconoce autonomía y autoorganización, y facultad de relacionarse con demás miembros.

Asociaciones: Personas organizadas por un fin de interés general y no lucrativo. Constitución: mínimo 3 personas físicas o jurídicas, de forma voluntaria. Órganos: Asamblea general, Junta general, Presidente. Capacidad: plena. Extinción: ilicitud o acuerdo de disolución.

Obligaciones

Obligaciones: Conductas exigidas a uno por el ordenamiento jurídico (acreedor y deudor).

Clasificación de las Obligaciones

Clasificación:

  • Según sujetos: Varios (solidaria: todo, activa y pasiva, acción de regreso; mancomún: activa: acreedor exigir parte corresponde, pasiva: deudores parte corresponden).
  • Divisibilidad del objeto.
  • Según objeto: Dar; No hacer; Hacer.
  • Según objetos: Simples, complejas, alternativas.
  • Pecuniaria (suma de dinero); Intereses (legales, convencionales, moratorios).
  • Bilaterales (obligación a cargo de cada una de las partes, compraventa).

Requisitos del Pago

Requisitos pago: Integridad (completa y total), Identidad, Indivisibilidad.

Formas Especiales de Pago

Formas especiales pago: Dación en pago (entregar una cosa de otra naturaleza), pago por cesión de bienes (no cumplimiento, acreedor coge bienes de deudor y convertir en dinero).

Causas de Extinción de las Obligaciones

Causas extinción: Pago/cumplimiento; Pérdida cosa (sin culpa deudor, antes mora); Condonación (perdona); Compensación (2 deudas homogéneas cuando sus titulares sean a la vez acreedor y deudor. Es preciso: cada uno de los obligados lo esté principalmente y sea acreedor del otro, deudas en cantidad de dinero o cosas de igual especie y calidad, ambas vencidas, líquidas y exigibles, no 3os); Confusión; Novación (modificación/actualización del original que conserva su identidad. Para extinguir una por otra debe declararse así o ser incompatibles).

Contratos

Contrato: Acuerdo de voluntades entre 2 o más por el que se crean, modifican o extinguen obligaciones con el fin de intercambiar bienes y servicios. No va contra moral y orden público.

Elementos/Requisitos del Contrato

Elementos/requisitos:

  • Consentimiento contratantes (plena capacidad obrar, voluntad expresada y no vicios (anulabilidad) en formación > error: desconocer algún punto; dolo: engaño; violencia e intimidación).
  • Objeto (cosa o realidad social sobre la que se celebra el contrato. Comercio de todos, no imposible, no contraria a ley o buenas costumbres, determinada en especie).
  • Causa (intercambio de bienes y prestaciones determina la causa y el tipo. Onerosos > promesa de una cosa por la otra parte. Remuneratorias > beneficio o servicio que se remunera. Pura beneficiencia > liberalidad del bienhechor. Debe ser lícita, veraz y existente).

Formación, Eficacia e Ineficacia del Contrato

Formación: Generación (elaboración), Perfección (nace), Consumación (ejecutan prestaciones y se extingue la obligación).

Eficacia: Conforme a buena fe, costumbres, uso y ley, y cumplimiento.

Ineficacia del Contrato

Ineficacia:

  1. Invalidez: Circunstancias intrínsecas a elementos del contrato no admisibles por el ordenamiento.
  2. Nulidad: No tiene ningún efecto y no es admisible, por: carencia de algún elemento, incumplimiento requisitos objeto, ilicitud causa, incumplimiento sustancial, contraria a normas imperativas. Consecuencias: restitución (dejarlo como antes), supuesto ilicitud (se procede contra ellos. No delito ni falta: ambos ninguno repetir lo dado, uno solo si reclamar).
  3. Anulabilidad: Sigue teniendo efectos. Por: Vicios de consentimiento, no plena capacidad obrar, no consentimiento marital.
  4. Ineficacia en sentido estricto: Defecto en contrato no genera efectos > resolución por incumplimiento, rescisión (anulación. Rescindibles: tutores sin autorización, presencia de ausentes, en fraude de acreedores, cosas litigiosas, otros).

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