Derecho Público Provincial: Objeto, Métodos, Formas de Gobierno y Estado
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¿Cuál es el Objeto del Derecho Público Provincial?
- Las constituciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- El deslinde de competencias.
- Interrelación con otros órdenes gubernamentales: municipio, región, integración supranacional e internacional.
- Creación de regiones para el desarrollo económico y social.
- Integración supranacional.
- Análisis comparado de las constituciones provinciales y de otros estados federales o regionales.
¿Qué Métodos Aplicar para el Estudio del Derecho Público Provincial?
Enfoque realista e interdisciplinario, que incorpora elementos sociológicos y políticos (Antonio M. Hernández).
- Teoría del Trialismo (Bidart Campos): el mundo jurídico se compone de norma, conducta y valores.
(No existe un único método; este dependerá del objeto de estudio. Por ejemplo, para antecedentes, el método será histórico).
¿Qué es la Forma de Gobierno?
(Relación entre Poder y Libertad: cuanto más restringida es la libertad, el poder tiende a avanzar).
Sistemas Autoritarios
- Monarquía
Sistemas Democráticos
- Democracia directa
- Democracia indirecta o representativa
- Democracia semidirecta
Monarquía
Gobierno de una sola persona, generalmente hereditaria, con acceso restringido.
Aristocracia
Gobierno de los "mejores" (por calidad o mérito), con acceso restringido a quienes reúnen ciertas cualidades.
Democracia
Sistema que permite el acceso de cualquier ciudadano al poder.
Forma de Gobierno en la Constitución Nacional Argentina
Según los Artículos 1 y 5 de la Constitución Nacional, la forma de gobierno es:
- Representativa (Art. 22 C.N.).
- Republicana: Comprende los principios de soberanía popular, igualdad, división de poderes, periodicidad en las funciones, publicidad de los actos de gobierno, responsabilidad de los funcionarios, y consagración de derechos, obligaciones y garantías individuales.
- Democrática: La Constitución Nacional de 1853 no hacía referencia explícita al término "democrático". Este aparece en 1957 (Art. 14 bis) y es reafirmado en la reforma de 1994 (Arts. 36, 38, 75 inc. 19 y 24). Las provincias de Chaco, Formosa y Misiones ya habían incorporado el término en su forma de gobierno desde 1956.
- Formas Semidirectas: La reforma de 1994 introdujo formas semidirectas de democracia (iniciativa popular, Art. 39; y consulta popular, Art. 40). Las constituciones de Corrientes, Chaco, Formosa y Misiones ya regulaban la consulta popular, iniciativa, plebiscito y revocatoria.
¿Qué es la Forma de Estado?
Se refiere a la relación del poder con el territorio, es decir, a su distribución o concentración.
¿Cómo se Clasifica la Forma de Estado?
Formas de Estado
- Concentrado: Forma de Estado Unitario. Ejemplo: Uruguay.
- Descentralizado:
- Forma federal (Art. 1 de la Constitución Nacional Argentina).
- Forma confederada.
- Forma regional.