Derecho Procesal: Fundamentos del Recurso de Apelación y Estructura de la Sentencia Judicial
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Recurso de Apelación: Concepto y Fundamento
El Recurso de Apelación debe ser interpuesto por la parte que se sienta agraviada por la sentencia dictada. Puede ocurrir que todas las partes del juicio sientan un agravio con la sentencia y, por tanto, todas ellas podrán recurrir de apelación.
Plazos y Presentación
El plazo para interponer el recurso de apelación es de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la sentencia.
El escrito de apelación debe ser presentado ante el tribunal a quo (el tribunal que dictó la sentencia).
Requisitos de Admisibilidad del Recurso
Recibido el escrito de apelación, el Tribunal de Primera Instancia verificará que el recurso cumpla con los requisitos señalados por la ley para estos efectos, que son los siguientes:
- Haber sido presentado dentro del plazo legal.
- Que sea un recurso fundado tanto en los hechos como en el derecho.
- Que se señalen las peticiones del recurso que serán conocidas por el tribunal superior (la Corte de Apelaciones).
Tramitación ante la Corte de Apelaciones
Cumplidos los requisitos, el Tribunal de Primera Instancia acogerá a tramitación el recurso de apelación y elevará los autos a la Ilustrísima Corte de Apelaciones para su conocimiento y resolución.
El tribunal remitirá a la brevedad el expediente a la Corte, el cual ingresará en la Secretaría Civil. Desde esa fecha de ingreso, la parte apelante o recurrente tendrá un plazo fatal de 5 días para hacerse parte en el recurso. En caso de no hacerlo dentro del plazo señalado, la Corte declarará desierto el recurso y remitirá a la brevedad el expediente al tribunal de primera instancia para su continuación.
Continuación del Proceso (Ejemplo de Requisitos de Notificación)
En la continuación del proceso, se deben señalar los siguientes datos:
- Nuevo domicilio o correo electrónico para todos los efectos legales.
- Concurrencia del abogado demandante.
- Materia (ejemplo: Divorcio y Familia).
Tipos de Apelación
Apelación Propiamente Tal
Es aquella en la cual se solicita al tribunal que declare que los fundamentos de hecho y de derecho sobre los cuales se dictó una resolución o sentencia son agraviantes y abusivos para la parte que resultó afectada con el fallo dictado.
Apelación con Declaración
En este tipo de apelación, la parte afectada o recurrente solicita al tribunal de alzada que confirme la sentencia, pero con la declaración de que debe modificarse en alguna forma la parte resolutoria del fallo.
Apelación con Solicitud de Revocación
Es aquella en la que se solicita que se revoque íntegramente la resolución o sentencia dictada por el tribunal por no ajustarse a derecho o haberse resuelto en contra de los antecedentes del proceso.
En este caso, debe señalarse expresamente que se solicita la revocación de la resolución o fallo para que la Corte lo deje sin efecto y dicte una nueva en mérito de los antecedentes que señalen las partes del proceso.
Estructura de la Sentencia Judicial
Una sentencia judicial se compone típicamente de tres partes esenciales:
Vistos (Parte Expositiva)
Esta sección incluye:
- La fecha en que se dictó la sentencia.
- La identificación de las partes intervinientes en el juicio.
- La relación de los documentos y hechos, incluyendo pruebas, escritos de mero trámite y otros antecedentes utilizados, introducidos bajo la expresión "VISTOS".
Considerandos (Parte Motivadora)
En esta etapa se realiza la motivación del fallo. Se incluye:
- Un examen de los hechos fundantes de la demanda y de las excepciones opuestas por el demandado.
- El examen detallado de la prueba rendida por ambas partes (si la hubiere), en especial la declaración de testigos, prueba documental y pericial.
- Finalmente, las normas de derecho que regulan las acciones interpuestas.
Parte Resolutiva (Fallo)
Es aquella en la que el tribunal se pronuncia sobre el fondo, acogiendo o no las pretensiones de la parte demandante. Además, se pronuncia sobre los montos en dinero que fueron demandados.
Ejecución y Notificación de la Sentencia
En caso de acogerse la demanda, se condena al o los demandados a pagar los montos que efectivamente fueron acreditados. Estos montos deberán ser pagados una vez que la sentencia se encuentre ejecutoriada, incluyendo reajustes, intereses y las costas de la causa.
La sentencia será firmada por el juez del tribunal correspondiente y su firma será autorizada por el secretario del tribunal. El fallo deberá ser notificado por cédula a las partes intervinientes en el juicio.
Es crucial recordar que el plazo para apelar es individual. Esto significa que el plazo comienza a regir desde la fecha en que la parte es efectivamente notificada del fallo o de la resolución respectiva.
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