Derecho Procesal Civil: Aclaraciones y Respuestas a Dudas Frecuentes

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Este documento aborda conceptos fundamentales y situaciones comunes en el ámbito del Derecho Procesal Civil, ofreciendo aclaraciones sobre procedimientos, principios y la resolución de dudas frecuentes. Se busca desmitificar ciertas ideas erróneas y consolidar el conocimiento sobre aspectos cruciales del litigio civil.

Aclaraciones sobre Procedimientos y Acciones Judiciales

A continuación, se presentan afirmaciones comunes seguidas de su respectiva corrección o clarificación, destacando la importancia de la precisión en el ámbito jurídico.

  1. Falso: El desistimiento de la demanda genera la pérdida del procedimiento, mas no de la acción.
    Verdadero: El desistimiento de la acción produce la pérdida de la acción e incluso genera cosa juzgada.

  2. Falso: Si su arrendatario abandona el inmueble arrendado y usted desea recuperar dicho inmueble, debe notificar la demanda en el mismo inmueble arrendado por aplicación de la presunción de derecho que establece la Ley 18.101, artículo 8, número 2.
    Verdadero: En este caso, se puede, sin forma de juicio, pedir la entrega al tribunal, lo que significa que no es necesario notificar al arrendatario.

  3. Falso: El auto de prueba de un incidente se debe notificar por cédula por aplicación del artículo 48 del CPC.
    Verdadero: Por aplicación del artículo 323, se notifica por el estado diario.

  4. Falso: Si usted quiere demandar de precario al Fisco, debe hacerlo conforme a las normas del procedimiento ordinario.
    Verdadero: Se aplica el procedimiento que corresponda; por tanto, el juicio sumario.

  5. Falso: Usted tiene dos juicios seguidos entre las mismas personas: uno en Tomé y otro en la Corte de Apelaciones de Concepción. El tribunal que debe seguir conociendo de las causas en caso de pedir la acumulación es la Corte de Apelaciones de Concepción.
    Verdadero: En este caso, no procede la acumulación por estar en instancias diferentes.

Principios y Sanciones Procesales Fundamentales

Esta sección detalla principios esenciales y las consecuencias de ciertas acciones u omisiones en el proceso judicial.

  1. En virtud del principio de la trascendencia, procede la nulidad de un acto del proceso cuando la irregularidad que le sirve de antecedente corrompe su sustancia y le impide cumplir el fin para el que fue establecido en la ley.

  2. La sanción para el caso de presentar un recurso de apelación fuera de plazo es la inadmisibilidad.

  3. El abandono del procedimiento en un juicio declarativo u ordinario exige el lapso de inactividad de seis meses, contados desde la última resolución recaída en alguna gestión útil para dar curso progresivo a los autos.

Preguntas Frecuentes en Litigios Civiles

Se abordan interrogantes comunes que surgen en el desarrollo de procesos judiciales, proporcionando respuestas claras y concisas.

Demanda Ejecutiva contra el Fisco

  1. ¿Puedo demandar ejecutivamente al Fisco?
    Sí, desde luego.

  2. ¿Por qué se plantea la pregunta anterior?
    Por la redacción del artículo 748, que señala que si se demanda al Fisco se hará conforme a los trámites del fuero ordinario de mayor cuantía, pero aquí se quiere decir que se aplica el procedimiento que corresponda.

  3. ¿Qué procedimiento aplicó?
    El juicio ejecutivo ordinario de mayor cuantía, pero al momento de cobrar no se puede embargar y se debe cobrar mediante el respectivo decreto del ministerio que corresponda.

  4. ¿Puedo embargar bienes si la sentencia me es favorable?
    No, debe iniciar el procedimiento de cobro a través de oficio al ministerio que corresponda, quien deberá emitir el respectivo decreto de cumplimiento.

Naturaleza de las Peticiones Judiciales: Los Incidentes

Una misma parte solicitó el alzamiento de una medida precautoria, presentó excepciones dilatorias y se opuso a una de las preguntas que su contraparte efectuó a uno de los testigos en la audiencia de prueba testimonial. A todas las peticiones el tribunal dijo que no.

  • ¿Cómo definiría las peticiones formuladas? ¿Son o no incidentes?
    Son todas incidentes porque son cuestiones accesorias que requieren el especial pronunciamiento del tribunal.

  • ¿Para qué es importante la decisión que tome?
    Porque al ser incidentes, se debe aplicar la norma del artículo 88 y pedir caución para cualquier otro incidente que se quiera plantear.

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