El Estado de Derecho: Pilar de Paz, Democracia y Derechos Humanos
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El Estado, la Paz, la Democracia y los Derechos Humanos
1. La Legitimidad de la Acción del Estado
En el ejercicio del poder que la ciudadanía o el pueblo le otorga, el Estado de derecho queda legitimado para propiciar la cohesión social que posiblemente consiga si sus instituciones trabajan en la defensa de la paz, los valores democráticos y los derechos humanos.
La legitimidad equivale al procedimiento válido para la producción del derecho; la legitimación es la validez de las leyes promulgadas para conseguir los fines expuestos. Estos derechos y valores son el fundamento de la legitimación del Estado de derecho en el cumplimiento de sus funciones, las cuales pueden resumirse:
- En lo empírico (en la práctica): actuando todos (ciudadanos, jueces, gobernantes y legisladores).
- En lo jurídico (legal): actuando conforme a la ley, bajo el imperio de la ley, en legalidad.
- En lo ético (moral): actuando en legalidad y con la legitimidad que otorga la defensa de la paz social, de los valores de la democracia y de los derechos humanos.
España, como Estado de derecho, debe actuar, según la Constitución de 1978, de la siguiente manera:
- Reconociendo que su legitimación pasa por las exigencias éticas de los derechos humanos.
- Estableciendo como principio básico fundamental para el ordenamiento jurídico las exigencias morales que aportan los derechos humanos.
- Promoviendo la realización de los valores y derechos humanos.
- Propugnándolos, defendiéndolos o amparándolos activa y positivamente.
- Garantizando la seguridad en el desarrollo de todos los valores y derechos.
- Protegiéndolos frente a cualquier riesgo o contrariedad.
- Consolidando lo conseguido; y
- Colaborando con la sociedad, con otros Estados y con otras instituciones, tanto nacionales como internacionales.
2. Defensa de la Paz
La paz asegura y garantiza un orden justo en la convivencia, lo que facilita el progreso y la prosperidad de las personas. La paz brota de la justicia, y la justicia ha de promover y procurar la amistad entre los pueblos.
Por lo expuesto, la paz es:
- Un deber moral (a procurar en conciencia de manera imperativa).
- Un valor fundamental de la normativa jurídica (el derecho).
- Un principio de orientación de la política (nivel institucional).
- Una condición del desarrollo socioeconómico (nivel social).
Immanuel Kant, en La paz perpetua, afirma que solo la garantía jurídica, es decir, la sanción de las leyes a favor de la paz, podrá asegurarla.
3. Defensa de los Valores Democráticos
La libertad, la igualdad, la justicia, el respeto a la ley y la tolerancia son valores democráticos que hacen posible la convivencia y, por tanto, exigen el respeto de todos los ciudadanos y de todas las instituciones, ya que no dejan de ser ideales cuya realización es una tarea continuada.
Faltar al respeto a estos valores es un hecho; pero, dado que estos valores nos son propios por derecho, todos tenemos la obligación moral o el deber ético y cívico de trabajar por ellos.
Acerca de la libertad existen diversos trabajos: (ver autores en negrita y subrayados)
4. Defensa de los Derechos Humanos
El reconocimiento, defensa y promoción de los Derechos Humanos, como obligación y esfuerzo para todos los pueblos y naciones del mundo, están proclamados por la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) de la Asamblea General de la ONU, de diciembre de 1948.
El preámbulo de la DUDH lo razona, lo fundamenta y lo especifica como deber de realización para cualquier Estado de derecho. Y en su artículo 30, la acción del Estado queda incondicionalmente sujeta a esta declaración.