Derecho de las Personas: Sujetos Jurídicos, Estado Civil y Filiación
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Derecho de las Personas: Sujetos Jurídicos y Estado Civil
Se abordarán los conceptos fundamentales relativos a los sujetos del derecho, sus atributos y los mecanismos de registro de los hechos que modifican su estatus legal.
Sujetos del Derecho
Personas Jurídicas y Personas Físicas
- Personas Jurídicas: Son las entidades creadas por ley, tales como las sociedades, fundaciones y asociaciones.
- Personas Físicas: Son todos los individuos de la especie humana.
Teorías sobre el Inicio de la Existencia de la Persona Física
Existen diversas teorías respecto al momento en que se adquiere la personalidad:
- Teoría de la Concepción.
- Teoría del Nacimiento.
- Teoría Ecléctica (que a menudo considera la viabilidad, como vivir 24 horas).
El Concepto de Familia
El término familia puede tener connotaciones diversas:
- Familia de Afinidad o de Elección: Personas que se definen como familia sin vínculos legales o de sangre (concepto sociológico, ej. según Plummer o Giddens).
- Concepto Jurídico Tradicional: Grupo de personas formado por los ascendientes, descendientes y colaterales de un linaje.
El Estado Civil
Definición y Alcance
El estado civil es la calidad jurídica de un individuo en cuanto le habilita para ejercer ciertos derechos o contraer ciertas obligaciones. Es un atributo inherente a la persona.
Medios para Crear, Modificar o Extinguir el Estado Civil
Estos medios pueden ser:
- Involuntarios: Nacimiento, muerte.
- Voluntarios (Actos Jurídicos): Matrimonio, reconocimiento de hijo.
- Resoluciones Judiciales: Sentencias de jueces sobre divorcio, adopción o reconocimiento forzoso de un hijo.
Características del Estado Civil
El estado civil posee las siguientes características fundamentales:
- Inherente e Inalienable: No se puede renunciar a él.
- Imprescriptible: No se modifica por el mero uso o la falta de ejercicio de un derecho asociado.
- Imperativo: No se cuestiona fácilmente.
- Estable: Solo se modifica por mandato judicial o por los actos jurídicos previstos legalmente.
- Único: Una persona solo ostenta un estado civil principal.
Registro del Estado Civil
El estado civil se registra en los Registros Públicos, llevados por el Estado. Estos registros son conjuntos de libros que autentican los actos, hechos o sentencias. Tradicionalmente, se manejan cinco libros principales:
- Nacimiento.
- Defunción.
- Reconocimiento (de filiación).
- Matrimonio.
- Adopción.
Normas para la Inscripción de Nacimientos
Generalmente, se deben inscribir en un plazo determinado:
- En la ciudad: 10 días.
- En el campo: 20 días.
Se requiere declarar el nombre, edad, profesión y lugar de nacimiento, además del consentimiento de los padres si son menores de edad.
Normas para la Inscripción de Defunciones
Se debe registrar el día, hora y lugar del fallecimiento, así como el nombre, sexo, apellido y nacionalidad del difunto.
Registro de Adopciones
El organismo competente lleva un registro general de adopciones donde se consignan los datos de los adoptantes y el juzgado que tramitó el proceso.
Parentesco y Medios Supletorios
Medios Supletorios de Prueba
Son aquellos elementos utilizados para probar la posición de una persona dentro de la familia. Suelen generar plena fe en lo que contienen.
Parentesco
El parentesco constituye un sistema o conjunto de reglas que determinan la descendencia, la sucesión, el matrimonio y las relaciones sexuales. Regula la residencia y el estatus de los individuos y grupos según los lazos de consanguinidad y de alianza matrimonial.