Derecho Patrimonial: Bienes, Derechos y Clasificación de Cosas

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Patrimonio y Universalidad de Derecho

El patrimonio es el conjunto formado por los bienes de una persona y las deudas que pesan sobre ella. La universalidad de derecho es, ante todo, una universalidad de hecho, ya que reúne en su seno a los bienes más diversos por su naturaleza y origen. No responde a la idea de un bien en el sentido estricto de la palabra, sino que evoca la idea de una masa de bienes susceptible de guardar su fisonomía una vez dispersados.

Partes del Derecho

  • Derechos personales: resultantes del vínculo jurídico con otras personas y de los cuales surge su posición de acreedor o deudor.
  • Derechos reales: aquellos que se ejercen sobre las cosas y que constituyen el derecho de propiedad propiamente dicho.
  • Derechos intelectuales: es decir, la relación entre la persona y lo que ella haya creado.

Clasificación de las Cosas

Cosas Muebles e Inmuebles

  • Cosas muebles: son consideradas cosas muebles las que pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose por sí mismas (semovientes), sea que solo se muevan por una fuerza externa (locomóviles), con excepción de las que sean accesorias a los inmuebles.
  • Inmuebles:
    • Por su naturaleza: cosas que se encuentran por sí mismas inmovilizadas, como el suelo y todas las partes sólidas o fluidas que forman su superficie; todo lo que está incorporado al suelo de manera orgánica.
    • Por accesión: cosas muebles que se encuentran realmente inmovilizadas por su adhesión física al suelo, con tal que esta adhesión tenga el carácter de perpetuidad.
    • Por su carácter representativo: son considerados inmuebles por su carácter representativo los documentos públicos en donde constare la adquisición de derechos reales sobre bienes inmuebles.

Cosas Fungibles y No Fungibles

  • Fungibles: son aquellas que pueden sustituirse entre sí.
  • No fungibles: no pueden sustituirse entre sí.

Cosas Consumibles y No Consumibles

  • Consumibles: cuya existencia termina en su primer uso.
  • No consumibles: no terminan en su primer uso, pero se deterioran.

Cosas Divisibles e Indivisibles

  • Divisibles: son aquellas que, sin ser destruidas enteramente, pueden ser divididas en porciones reales.
  • Indivisibles: no pueden ser divididas ni fraccionadas sin perder su valor.

Cosas Principales y Accesorias

  • Principales: son las que pueden existir por sí mismas.
  • Accesorias: cuya existencia y naturaleza son determinadas por otra cosa.

Cosas Comerciales y No Comerciales

  • Comerciales: cuya enajenación no fuera expresamente prohibida.
  • No comerciales: cuya inajenabilidad es absoluta o relativa.

Cosas Enajenables e Inenajenables

  • Absolutamente inenajenables: cuya venta está prohibida por ley.
  • Relativamente inenajenables: cuya venta está supeditada a una autorización previa.

Objetos Inmateriales

Se encuentran constituidos por aquellos derechos susceptibles de tener valor, como:

  • Los créditos o derechos sobre las personas.
  • Los derechos de propiedad intelectual, derechos de preferencia y de retención sobre las cosas.

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