Derecho Objetivo: Definición, Características y Fundamentos del Derecho Natural

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Definición del Derecho Objetivo

El Derecho Objetivo es el conjunto de normas jurídicas imperativas y atributivas que tienen por finalidad regular la conducta de los sujetos en la sociedad. Se manifiesta de manera exterior y posee un doble carácter: imperativo y atributivo.

Caracteres del Derecho Objetivo

Tal como hemos visto, el derecho objetivo no es más que el ordenamiento jurídico, es decir, el conjunto de normas. Estas normas poseen una serie de características que las diferencian de otro tipo de normas (como las morales), permitiéndonos distinguirlas claramente:

  • Bilateralidad: Este concepto representa a todas las normas jurídicas, las cuales contienen peculiaridades que otorgan facultades y, al mismo tiempo, definen obligaciones entre dos partes.
  • Imperatividad: La norma impone al destinatario de la misma, o sujeto pasivo, un deber.
  • Obligatoriedad: Consiste en la obligación del cumplimiento de la norma objetiva. Está caracterizada por una noción de sujeción a esta, cuya ejecución se le impone a la persona aun por encima y en contra de su voluntad.
  • Exigibilidad: Es la facultad que tienen las partes de exigir el cumplimiento de lo establecido.
  • Heteronomía: Las normas son creadas por una persona distinta al destinatario de la misma y, además, son impuestas en contra de su voluntad.
  • Autarquía: Es la autonomía e independencia que tiene el Estado para crear sus propias leyes a través del órgano competente.

La Coercibilidad y la Coacción

La coercibilidad consiste en la posibilidad legítima de aplicar la fuerza física en caso de incumplimiento; es sinónimo de coactividad. No debe confundirse con la sanción, pues toda norma trae aparejada una sanción para el caso de su incumplimiento. La coacción solo se va a producir cuando no exista un cumplimiento espontáneo de la norma, es decir, en caso de infracción.

El Derecho Natural

Es un conjunto de principios normativos intrínsecamente justos, que se fundan en la naturaleza humana. Se conoce por la luz de la razón natural y se impone a los hombres por fuerza de la misma naturaleza, la cual, por encima del Derecho Positivo, regula la actividad del hombre.

Reseña Histórica

El Derecho Natural es formulado por primera vez por Cicerón, quien lo toma de la filosofía de los estoicos y, más tarde, es desenvuelto por los jurisconsultos del Imperio.

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