Derecho y Normas Sociales: Conceptos Clave y su Impacto Ambiental en Costa Rica
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Primera Parte: Elección Única
- Diferencia entre el Derecho y las Normas del Trato Social.
Respuesta: El Derecho es externo, mientras que las normas del trato social son internas. - Dentro de las Fuentes Formales del Derecho, norma jurídica con rango superior a la ley común pero inferior a la Constitución Política.
Respuesta: Tratado Internacional. - Característica del Derecho Ambiental según la cual muchos de sus principios interactúan con otras ramas del Derecho, como el Derecho Penal, el Derecho Agrario, el Derecho Administrativo.
Respuesta: Multidisciplinariedad. - Estrategia global que reconoce la conexión entre personas y planeta, ha fijado objetivos para la tierra, los océanos y las vías fluviales, y pretende erradicar la pobreza y el hambre para el año 2030.
Respuesta: Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). - Primera ley en Costa Rica que reconoce la necesidad de que las ciudades y demás poblaciones reúnan requisitos de seguridad, salubridad, comodidad y belleza en sus vías públicas y edificios.
Respuesta: Ley de Construcciones. - Característica del Derecho, según la cual la norma jurídica tiene un contenido fijo reconocible.
Respuesta: Determinación. - Dentro de las fuentes formales del derecho, “posición adoptada por los cultivadores y estudiosos del Derecho frente a problemas de esta disciplina”.
Respuesta: Doctrina. - Dos instituciones públicas creadas en la Ley Orgánica del Ambiente.
Respuesta: Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) y Tribunal Ambiental Administrativo. - Característica del Derecho Ambiental, según el cual un problema o daño ambiental siempre afecta a una colectividad.
Respuesta: Vocación universal. - Instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y otros documentos, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, usos de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales y construcción, conservación y rehabilitación de áreas urbanas.
Respuesta: Plan regulador.
Segunda Parte: Respuesta Corta
- ¿Estamos obligados a cumplir las normas jurídicas aunque no estemos de acuerdo con ellas?
Respuesta: Sí, estamos obligados. - ¿Qué es el ambiente y qué incluye?
Respuesta: Es todo lo que nos rodea, incluye la naturaleza y las construcciones humanas. - ¿Qué derecho humano fue agregado al artículo 50 de la Constitución Política de Costa Rica en la reforma del año 2020 y en qué consiste?
Respuesta: El acceso al agua potable. Consiste en que toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello, está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado. - Explique qué es la moral como sistema normativo diferente al derecho y cuáles son algunas de sus características.
Respuesta: Las normas morales tienen una naturaleza interior, o sea, dependen de la conciencia y juicio personal del individuo. Sus características son: interioridad, unilateralidad, indeterminación. - Indique dos leyes relacionadas con el ambiente en Costa Rica e indique algunas de sus principales disposiciones.
Respuesta:- Ley Orgánica del Ambiente.
Disposiciones: Protege bienes ambientales (humedales, bosques) y establece la creación de SETENA. - Ley de Biodiversidad.
Disposiciones: Criterio preventivo y precautorio, evaluación de impacto ambiental.
- Ley Orgánica del Ambiente.
- ¿Cuáles son los principales objetivos del Acuerdo de París de 2015?
Respuesta:- Reducir sustancialmente las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI).
- Revisar los compromisos de los países cada cinco años.
- Ofrecer financiación a los países en desarrollo para que puedan mitigar el cambio climático.
Tercera Parte: Desarrollo
- Dos de los fines del Derecho son Justicia y Seguridad. Explique en qué consisten y dé ejemplos de cada uno.
Respuesta:
La justicia se refiere a la distribución equitativa de derechos y obligaciones, dando a cada quien lo que le corresponde. La justicia implica tratar a todos de manera igualitaria bajo las mismas circunstancias y con la posibilidad de realizar discriminación positiva cuando sea necesario para equilibrar desigualdades.
Ejemplo: Igualdad ante la ley, donde todas las personas deben recibir el mismo trato y protección por parte del sistema judicial, como lo estipula el Artículo 33 de la Constitución Política de Costa Rica, que prohíbe cualquier forma de discriminación.
La seguridad jurídica se refiere a la certeza que los individuos tienen sobre sus derechos y obligaciones, permitiéndoles saber a qué atenerse en sus relaciones sociales y legales. Este principio evita la arbitrariedad y garantiza la previsibilidad de las leyes.
Ejemplo: Un ejemplo es el principio de irretroactividad de la ley, lo que significa que una ley nueva no puede aplicarse de manera perjudicial a hechos anteriores a su promulgación. Esto asegura que las personas no serán sancionadas por acciones que eran legales en el momento de su ejecución. - Explique qué conceptos existentes en diferentes normas de la Constitución Política de Costa Rica fueron tomados en cuenta en diferentes fallos judiciales para establecer el “derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado” antes de la reforma constitucional de 1994.
Respuesta:
La vida humana es inviolable:
Este principio fue fundamental para vincular el derecho a la salud y la vida con la necesidad de un ambiente sano. El razonamiento de los tribunales consideraba que un ambiente contaminado podía afectar negativamente la vida y la salud de las personas, lo que permitía interpretar que la protección del ambiente era parte del derecho a la vida misma.
Protección de bellezas naturales:
Este artículo establecía que uno de los fines culturales del Estado era proteger las bellezas naturales y conservar el patrimonio histórico y artístico de la nación. Los tribunales consideraron que la conservación de la naturaleza y su belleza estaban directamente ligadas al bienestar de la sociedad, lo que contribuyó a consolidar la idea de que un ambiente sano es necesario para el desarrollo cultural y social. - Explique en qué consisten el Principio Preventivo y el Principio Precautorio en el Derecho Ambiental y cuándo aplica cada uno.
Respuesta:
Principio Preventivo: Es la regla de oro del Derecho Ambiental. Frente al riesgo, nace la obligación de prevenir. Desde un punto de vista económico, cada unidad asignada a prevenir el daño es insignificante ante el valor de recomposición de un eventual daño.
Principio Precautorio: Principio de la evitación prudente. Ante la duda que posea la técnica y la ciencia sobre una actividad, existe la obligación para quien quiere producir, de probar que puede garantizar todas la medidas de mitigación posibles para no afectar la salud y el equilibrio ecológico y, de no ser así, la interpretación es a favor del equilibrio de ambos. “In dubio pro natura”. - Resuma el origen del Derecho Ambiental, desde épocas antiguas hasta la Declaración de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano (Estocolmo, 1972).
Respuesta:
Épocas antiguas: Conciencia de la dependencia del Ambiente- Normas religiosas.
- Culto a los elementos naturales.
- Asentamientos cercanos a los recursos naturales.
- El ambiente como arma de guerra.
Primera Etapa: Hasta la Segunda Guerra Mundial. Preocupación por la conservación por razones económicas.- Convención Africana para la Preservación de Animales, Aves y Peces de la Vida Silvestre (1900).
- Acuerdo Internacional para la Protección de las Aves Útiles para la Agricultura (París, 1902).
- Creación de Áreas Protegidas: Convención sobre la Conservación de la Fauna y la Flora en su Estado Natural (1933).
- Acuerdos sobre cuencas hidrográficas, empleo de sustancias contaminantes en tiempo de guerra.
Segunda Etapa: Hacia Estocolmo. Constitución de las grandes organizaciones internacionales de carácter universal y la creación de sistemas regionales y subregionales de rango internacional (ONU, OEA, Liga de Estados Árabes, Comunidad Económica Europea).- Convenios sobre protección del mar, prohibición de sustancias radiactivas, espacio ultraterrestre.
- Convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional (Ramsar, 1971): Estableció un sistema internacional de cooperación en materia de áreas naturales que funcionaran como hábitat de aves acuáticas.
- Declaración de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano (Estocolmo, 1972): Se ha transformado en la piedra fundamental de las políticas ambientales posteriores. No es vinculante, pero ha tenido el mérito de haber comprometido éticamente a los países que la firmaron. Fundamentalmente, está dirigida a los responsables políticos del mundo y ha unido calidad ambiental con desarrollo económico.