Derecho Laboral: Término del Contrato y Despidos en Chile
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1. Terminación del Contrato de Trabajo
Sin Indemnización
Terminación Propiamente Tal:
- Mutuo acuerdo de las partes
- Renuncia del trabajador dando aviso: 30 días de anticipación; debe ser por escrito; firmado por el trabajador y presidente del sindicato o ante notario
- Vencimiento del plazo convenido en el contrato
- Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato: por obra o faena
- Por caso fortuito o fuerza mayor: (insolvencia) imprevisto que no es posible resistir (naufragio, terremoto)
Caducidad:
- Conductas indebidas o graves:
- Falta de probidad del trabajador en el desempeño de sus funciones
- Conductas de acoso sexual
- Vías de hecho ejercidas por el trabajador en contra del empleador u otro trabajador
- Injurias
- Conducta inmoral
- Conducta de acoso laboral
- Negociaciones incompatibles: hacer negociaciones que en el contrato se establece que no se pueden realizar
- Abandono del trabajo:
- Salida intempestiva o injustificada del sitio de trabajo en horas laborales y sin permiso
- Negativa del trabajador a realizar sus funciones
- Acciones, omisiones o imprudencias temerarias:
- Acciones negativas, conductas negligentes, con culpa
- Conducta negligente que pone en riesgo la seguridad de la empresa y la salud de los trabajadores
- Perjuicio material causado intencionalmente:
- Daño tangible
- Actuar con dolo (intención)
- Daños que recaen en bienes de la empresa o terceros
- Incumplimiento grave de obligaciones que impone el contrato:
- Ser grave (determinado por el tribunal)
- Incumplimiento contractual
Con Indemnización
- Por necesidad de la empresa, establecimiento o servicio
- Por desahucio escrito por el empleador:
- Solo personas con poder para representar al empleador
- Trabajadores de casa particular
- Trabajadores con exclusiva confianza del empleador
- Invalidez del trabajador (no es causal de despido)
- Empleador sometido a juicio concursal de liquidación por insolvencia
2. Comunicación de Despido o Finiquito
Si se trata de causales de caducidad:
- Comunicación por:
- Escrito personalmente
- Carta certificada y enviada al domicilio
- Escrito debe entregarse:
- 3 días hábiles desde la separación del trabajador
- 6 días hábiles si es por fuerza mayor
- Escrito debe expresar: causal invocada / estado de las cotizaciones
- Para despido: empleador debe informar por escrito el estado de pago de cotizaciones / adjuntar comprobantes
- Empleador autorizado para: comunicar despido mediante pago de imposiciones morosas del trabajador / comunicar por carta certificada más documento emitido por institución.
Cuando se invoca una causal que da derecho a indemnización:
- Si es causal de: necesidad de la empresa / desahucio escrito del empleador: dársela al trabajador y copia a la Inspección del Trabajo, pero no es necesario si se paga indemnización (máximo 90 UF)
Indemnización por Años de Servicio
Requisitos:
- Contrato con vigencia de más de un año
- Empleador le ponga término por: necesidad de la empresa / desahucio escrito por el empleador
- Despido es oferta irrevocable de pago
Clasificación:
- Convencional: común acuerdo - contrato individual o colectivo - siempre que sea mayor que la indemnización legal por años de servicio
- Legal: no haya indemnización convencional - máximo 11 meses y máximo 90 UF por mes
- A todo evento: se pacta al 7° año de relación: voluntaria - por escrito - cualquiera sea la causa - desde el 7° al 11° año de trabajo
- De trabajadores por causa particular
Concepto de Remuneración para Indemnización por Año de Servicio:
- Rubros que se excluyen: sueldos / especies o regalías avaluadas en dinero / remuneraciones periódicas
- No se excluyen: asignación familiar - sobresueldo - beneficios esporádicos
Despidos Laborales
Despido Injustificado:
- Procedencia: el trabajador no está de acuerdo con la causal o no hay causal alguna
- Plazos legales: puede ir a reclamar dentro de 60 días
- Efectos del despido:
- Tribunal acepta la demanda por despido injustificado
- Tribunal rechaza la demanda de despido injustificado
Despido Indirecto:
- Procedencia: trabajador pone término al contrato porque el empleador incurre en una falta de caducidad: por escrito - plazo 3 días hábiles - copia a la Inspección del Trabajo
- Plazos legales: 60 días hábiles para recurrir a tribunal y que declare el despido indirecto
- Causal de fundamentación de despido: conductas indebidas o graves - actos u omisiones o imprudencias temerarias - incumplimiento grave del contrato
- Efecto del despido injustificado: si se acepta el recargo de 50% - 50% - 80% / si el tribunal rechaza, el contrato termina por renuncia