Derecho Laboral y Seguridad Social: Guía completa para trabajadores y empresarios

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Derecho Laboral

La Relación Laboral Colectiva

La relación laboral colectiva se establece entre los representantes de los trabajadores y el empresario, y posibilita la negociación colectiva y la adopción de medidas en caso de conflicto.

Organizaciones Sindicales

Los trabajadores se organizan para defender sus intereses a través del sindicato.

Sindicato

Sus objetivos son la defensa de los trabajadores, la promoción de sus intereses económicos y sociales, y la mejora de las condiciones de trabajo.

Representatividad del Sindicato

El nivel de implantación, audiencia y representatividad de un sindicato depende de los resultados obtenidos en las elecciones sindicales. El nivel de representatividad determina los derechos, facultades o competencias del sindicato.

Representación de los Trabajadores en la Empresa

  • Representación sindical: Representa al conjunto de trabajadores de una empresa.
  • Representación unitaria: Representa a todos los trabajadores de la empresa.

Garantías de los Representantes de los Trabajadores

Los representantes de los trabajadores y los empresarios se asocian para la defensa y promoción de sus intereses.

Negociación Colectiva

Regula las condiciones de trabajo entre los representantes de los trabajadores y el empresario.

Convenio Colectivo

Es un acuerdo escrito sobre las condiciones de trabajo, tanto sindicales como económicas.

Huelga

Es un derecho fundamental de los trabajadores consistente en la cesación del trabajo como medio de presión para defender sus intereses.

Cierre Patronal

Se procede al cierre patronal en los siguientes casos:

  • Peligro para las personas o daño para las cosas.
  • Ocupación ilegal del centro de trabajo.
  • Irregularidades en el centro de trabajo que impiden el proceso normal de producción.

Consecuencias: Durante el cierre, los contratos quedan suspendidos.

Proceso: Se debe informar del cierre a la autoridad laboral en un plazo de 12 horas, limitando el cierre al tiempo indispensable para asegurar la reanudación de la actividad empresarial.

Seguridad Social

La Seguridad Social es un pilar básico del Estado del Bienestar. Es un sistema público cuyo objeto es la protección de las personas incluidas en su campo de aplicación y de sus familiares a cargo.

Modalidades de Prestaciones

  • Contributiva: Para trabajadores que han cotizado a lo largo de su vida laboral.
  • No contributiva: Para personas que no han cotizado.

Contingencias

  • Comunes: Aquellas que pueden afectar a cualquier persona, como enfermedad común, accidente no laboral, maternidad o paternidad.
  • Profesionales: Aquellas que tienen lugar a causa del trabajo.

Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social

  • Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS): Gestiona y administra las prestaciones económicas del sistema público de la Seguridad Social.
  • Instituto Social de la Marina (ISM)
  • Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)

Obligaciones con la Seguridad Social

El empresario debe cumplir las siguientes obligaciones con la Seguridad Social:

  • Inscripción de la empresa
  • Afiliación de los trabajadores
  • Altas y bajas de los trabajadores
  • Cotización

Situaciones Protegidas por la Seguridad Social

Existen dos tipos de situaciones protegidas: profesionales y comunes. Las prestaciones que se reciben pueden ser económicas o no económicas (hospitalización, asistencia).

Asistencia Sanitaria

Tiene por objeto la prestación de servicios médicos y farmacéuticos en las comunidades autónomas, excepto en Ceuta y Melilla.

Incapacidad Temporal (IT)

Es una de las causas de suspensión del contrato de trabajo. Es la situación en la que se encuentran los trabajadores impedidos temporalmente para trabajar debido a una enfermedad común o profesional, o a un accidente, sea o no laboral. Los trabajadores en alta o asimilada al alta deben haber cotizado 180 días en los últimos 5 años (excepto en caso de accidente no laboral). La duración máxima es de 365 días y se solicita con un parte de baja médica.

Incapacidad Permanente (IP)

Es la situación del trabajador que, después del tratamiento y una vez dado de alta médica, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas.

  • Incapacidad Permanente Parcial para la profesión habitual (IPP): Cuando la reducción en el rendimiento no alcanza el 33% y le permite realizar sus tareas habituales. La prestación es del 24% de la base reguladora durante 24 meses.
  • Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual (IPT): Cuando no le permite realizar su tarea habitual pero sí otras. La prestación es del 55% de la base reguladora.
  • Incapacidad Permanente Absoluta para todo trabajo (IPA): Cuando no le permite realizar ningún tipo de trabajo. La prestación es del 100% de la base reguladora.
  • Gran Invalidez (GI): Cuando necesita la ayuda de otras personas para los actos esenciales de la vida.

Riesgo por Embarazo

Protege a las trabajadoras por cuenta ajena en situación de suspensión de contrato por riesgo durante el embarazo.

Maternidad

  • Parto: 16 semanas de baja, 6 de ellas obligatoriamente posteriores al parto.
  • Adopción: 16 semanas ininterrumpidas.

Paternidad

13 días ininterrumpidos (20 en caso de familia numerosa) y 2 días más si el hijo/a es discapacitado/a.

Jubilación

Es cuando un trabajador pone fin a su vida laboral. La prestación por jubilación en su modalidad contributiva cubre la pérdida de ingresos. Se requiere haber cesado en el trabajo por cuenta ajena y haber cotizado al menos 15 años, de los cuales 2 deben estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación. La prestación dura hasta el fallecimiento.

Muerte y Supervivencia

Estas prestaciones compensan la situación de necesidad económica producida por el fallecimiento del titular a determinadas personas, como la viuda/o y los hijos menores de 21 años o discapacitados hasta los 25 años. La viuda/o recibe la ayuda hasta que vuelva a contraer matrimonio.

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