Derecho Laboral y Seguridad Social

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Relaciones Laborales Colectivas

Las relaciones laborales colectivas se producen entre los trabajadores y empresarios, con el Estado como intermediario. Dan lugar al diálogo social y se basan en el tripartismo (las cuestiones deben resolverse entre Estado, capital/empresa y trabajo/trabajadores).

OIT 1919: acuerdos que toman forma de Convenios Internacionales.

OIE: organización que agrupa empleadores.

CSI y FSM: agrupan a los trabajadores.

La Negociación Colectiva

La negociación colectiva es un mecanismo y derecho fundamental del diálogo social. Constituye la base del mantenimiento de buenas relaciones laborales. Su objetivo es establecer un convenio colectivo que regule las condiciones de empleo, los derechos y responsabilidades, potenciar el carácter inclusivo, reducir la desigualdad y ampliar la protección laboral.

Representación de los trabajadores
  1. Representación Unitaria (delegados de personal y comités de empresa): extrasindical, representan a todo el personal del centro de trabajo.
  2. Representación Sindical (Sección y delegado sindical): representan sólo a los afiliados).
Delegados de personal

En empresas con más de 10 y menos de 50 trabajadores.

Comités de empresa

Representan y defienden los intereses de los trabajadores en centros con más de 50 trabajadores. Número de miembros entre 5 y 75. Clases: comité propio, conjunto e intercentros. Funciones: recibir información y emitir informes.

Sindicatos

Un sindicato es una asociación permanente de trabajadores, de carácter institucional sin fin de lucro y funcionamiento autónomo con el objetivo de defender a los trabajadores, promover sus intereses económicos y sociales, y mejorar las condiciones de trabajo. Es una entidad con personalidad jurídica. Los afiliados pueden constituir secciones sindicales, celebrar reuniones, recaudar cuotas y dar información sindical. Pueden negociar Convenios Colectivos. En empresas de más de 250 trabajadores pueden solicitar un local.

Clases de sindicatos:

  • Sindicatos industriales
  • Sindicatos profesionales (miembros)
  • Según ámbito territorial
  • Según representatividad
  • Según acción política

Libertad Sindical

La libertad sindical es un derecho reconocido a todos los trabajadores a fundar o afiliarse al sindicato de su elección y a no afiliarse.

Asociaciones de Empresarios

Las asociaciones de empresarios son entidades con el objetivo de defender los intereses económicos y sociales de los empresarios.

Confederaciones de empresarios más importantes:

  • CEOE
  • CEPYME

El Convenio Colectivo

El Convenio Colectivo es un acuerdo que regula o disciplina las relaciones de trabajo.

Negociación Colectiva

La negociación debe ser por escrito, señalando la representación (personal y geográfica) y las materias a negociar. Se envía una copia a la Administración Laboral. La parte receptora debe aceptar la propuesta. Se forma una comisión negociadora en un mes con 12 miembros por cada parte.

Conflictos Laborales

Conflicto Individual

Afecta a un trabajador concreto. Se busca alcanzar un entendimiento o acudir a los tribunales.

Conflicto Colectivo: La Huelga

La huelga es el cese del trabajo de manera colectiva y concertada por los trabajadores. Es un derecho. El piquete informa, no coacciona. La empresa debe mantener los servicios mínimos. Se requiere votación secreta por mayoría. Debe avisarse con 5 días de antelación (10 días en empresas públicas). Debe designarse un comité de huelga. La huelga no extingue la relación de trabajo, el contrato queda en suspenso sin salario, y se da de alta especial en la Seguridad Social sin cotizar. Durante la huelga, los trabajadores no pueden ser sustituidos. Están obligados a atender servicios de seguridad o mantenimiento.

Cierre Patronal

Debe comunicarse en 12 horas. Se considera que pueden verse dañadas las instalaciones, materias primas, maquinaria o enseres debido a situaciones violentas.

Tipos de Huelgas
  • Huelgas ilícitas: rotatorias, de celo o trabajo a reglamento.
  • Huelgas ilegales: por motivos políticos, solidaridad o apoyo.

Seguridad Social

La Seguridad Social es un sistema público con el objeto de proteger a las personas incluidas en su campo de acción, frente a riesgos o contingencias que les ocasionen situaciones de necesidad (incapacidad temporal o permanente, jubilación, desempleo, maternidad/paternidad...).

Regímenes de la Seguridad Social:

  • Régimen General: trabajadores por cuenta ajena, funcionarios del Estado, personal de instituciones eclesiásticas o benéfico-sociales, notarías y oficinas similares.
  • Regímenes Especiales: agrarios, trabajadores del mar, autónomos, empleados del hogar, estudiantes, funcionarios.
  • RETA: Trabajadores Autónomos.

Tipos de Acción Protectora de la Seguridad Social

Conjunto de medidas para prever, reparar o superar situaciones de infortunio o estados de necesidad concretos:

  • Asistencia sanitaria
  • Prestación farmacéutica
  • Incapacidad temporal y permanente
  • Maternidad y paternidad
  • Riesgo de embarazo o lactancia
  • Jubilación
  • Prestaciones por desempleo (INEM)
  • Prestaciones por muerte y supervivencia
  • Cuidado de hijo por enfermedad grave

Incapacidad Temporal (IT)

Sujeto impedido para trabajar por causas de salud. Periodo de carencia: 180 días en los 5 años anteriores a la baja médica, excepto si es por accidente o enfermedad laboral.

Riesgo durante el Embarazo o la Lactancia

De un menor de 9 meses.

Maternidad/Paternidad

También por adopción y acogimiento. Subsidio del 100% de la base reguladora desde el día del parto o inicio del descanso. Periodo de 16 semanas ininterrumpidas, ampliable 2 semanas por hijo adicional o discapacidad.

Incapacidad Permanente (IP)

Modalidad contributiva: lesiones o mutilaciones de carácter definitivo por accidente o enfermedad de trabajo.

Tipos de Incapacidad Permanente:

  • IP Parcial
  • IP Total
  • IP Absoluta
  • Gran Invalidez

Jubilación

Es indefinida, vitalicia. Situación en la que, por causa de edad, el trabajador cesa voluntariamente su trabajo. 67 años o 65 años con cotización de 38 años y 6 meses. Periodo de carencia de 15 años de cotización.

Muerte y Supervivencia

  • Auxilio por defunción: persona que ha sufragado los gastos del sepelio.
  • Pensión por viudedad: cónyuge superviviente con vínculo matrimonial previo.
  • Pensión por orfandad: hijos del fallecido.

Desempleo

Situación en la que quienes pudiendo y queriendo trabajar pierden su empleo o ven reducida su jornada de trabajo hasta una tercera parte (con reducción análoga de salario). Requiere estar afiliado y en alta, encontrarse en situación legal de desempleo (involuntario o voluntario justificado).

Ayudas de Carácter No Contributivo

  • IPREM (Indicador de Renta de Efectos Múltiples): ayudas para economías familiares más desfavorecidas. Nació en 2004 para sustituir al SMI.
  • RAI (Renta Activa de Inserción): programa que gestiona el SEPE para desempleados mayores de 45 años, también emigrantes retornados, discapacitados con un 33% o más, y víctimas de violencia machista. Requiere tener menos de 65 años, estar apuntado al paro, no ingresar más del 75% del salario mínimo interprofesional, y no haber cobrado 3 veces la RAI.

La prestación contributiva se basa en la cotización.

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