Derecho Laboral: Normas, Derechos y Obligaciones de Trabajadores y Empresarios
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Derecho Laboral
El derecho laboral es el conjunto de normas que regulan las condiciones laborales, económicas y sociales entre empresas y trabajadores.
Tipos de Derecho Laboral
- Individual: Pactos entre un trabajador y un empresario formalizados en un contrato de trabajo.
- Colectivo: Pactos entre representantes de los trabajadores y los representantes empresarios, formando convenios colectivos.
Representantes de los Trabajadores
- Delegados de personal: En empresas entre 10-49 trabajadores.
- Comités de empresa: En empresas de 50 o más trabajadores.
- Sindicatos: Asociación de trabajadores para defender sus derechos (UGT, CCOO, etc.).
Representantes de los Empresarios
- Asociaciones u organizaciones empresariales (CEOE, CEPYME).
Características de las Relaciones Laborales en España
- Prestación personal o directa: El trabajador debe realizar las tareas pactadas.
- Voluntariedad: El trabajador firma libremente el contrato.
- Ajenidad (por cuenta ajena): Los resultados del trabajo son propiedad del empresario.
- Asalariado: El trabajador recibe un salario a cambio de su trabajo.
- Dependiente: La empresa establece las condiciones del trabajo y el trabajador debe cumplirlas.
Derechos del Trabajador
- Derecho al trabajo y libre elección de oficio.
- Derecho a la libre sindicación y a la negociación colectiva.
- Libre sindicación: Libertad de crear o asociarse a un sindicato.
- Negociación colectiva: Los sindicatos pueden negociar con las asociaciones empresariales las condiciones laborales.
Principales Obligaciones del Trabajador
- Cumplir con las obligaciones de su puesto de trabajo.
- Observar las medidas de seguridad e higiene en el trabajo.
- Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario.
- No concurrir con la actividad de la empresa.
- Contribuir a la mejora de la productividad de la empresa.
Principios para Interpretar las Normas
- Principio de la norma mínima: No se pueden aplicar normas inferiores que supongan una minoración de los derechos mínimos del trabajador establecidos en normas superiores.
- Principio de la norma más favorable (para el trabajador):
- Principio de la condición más beneficiosa: Mantenimiento de los derechos adquiridos del trabajador aunque una norma posterior fuera menos favorable.
- Principio de la irrenunciabilidad de derechos.
- Principio in dubio pro operario: En caso de duda, las normas se interpretarán por el juez de tal modo que beneficien al trabajador.
Contrato de Trabajo
Es un acuerdo, verbal o escrito, entre un trabajador que ofrece la prestación de un servicio y un empresario que le ofrece un salario. Incluye otras condiciones laborales: jornada, vacaciones, categoría, etc.
Nulidad del Contrato
Nunca puede establecer condiciones contrarias a las normas laborales. Si ocurriera esto, el contrato podría ser nulo. Hay dos tipos de nulidad:
- Nulidad total: El contrato queda invalidado, pero el trabajador cobrará el tiempo que realizó sus tareas.
- Nulidad parcial: Una parte del contrato es contraria a la ley. Se sustituirá esa parte por lo establecido en la ley y el contrato seguirá vigente.
Requisitos para Formalizar un Contrato
Trabajador
- Ser una persona física.
- Ser mayor de 16 años (hasta los 18 deben ser autorizados por padres o tutores).
- Los discapacitados psíquicos impedidos deben tener autorización de padres o tutores.
- Los incapacitados judicialmente no podrán realizar esa profesión.
- Para determinados puestos se necesita una formación académica.
- Los trabajadores fuera de la UE necesitan un permiso de trabajo. Los españoles y trabajadores de la UE no necesitan ese documento.
Empresario
- Ser una persona física (trabajador por cuenta propia o autónomo).
- Ser una persona jurídica (sociedades formadas por socios).
- Ser una ETT (empresa de trabajo temporal: empresas que contratan a los trabajadores y los ceden temporalmente a otras empresas para realizar allí su servicio).
Contenido del Contrato de Trabajo
- Datos del trabajador (y datos del representante si fuera menor) y de la empresa.
- Categoría profesional.
- Jornada.
- Duración del contrato.
- Salario.
- Vacaciones anuales.
- Duración de las prácticas (si las hubiera).
- Firmas de trabajador (y representante si fuera menor) y empresario.
- Código del contrato.
- Cláusulas específicas o pactos.
Periodo de Prueba
Es un periodo inicial del contrato en el que ambas partes pueden rescindir el contrato sin necesidad de justificación.
Modificación, Suspensión y Extinción del Contrato de Trabajo
Son cambios en el contrato de trabajo por diferentes circunstancias:
- Modificación: Cambios de jornada, puesto, tareas, etc. por causas económicas, productivas u organizativas.
- Suspensión: El trabajador y el empresario quedan liberados de sus obligaciones en un periodo de tiempo (el trabajador no tiene que prestar su trabajo y no recibirá salario).
- Extinción: Finalización del contrato de trabajo.
Negociación Colectiva
Procedimiento mediante el cual los empresarios o sus representantes y los trabajadores o sus representantes llegan a acuerdos sobre la prestación laboral.
Acuerdos de Negociación Colectiva
- Convenio colectivo estatutario, ámbito nacional o comunidad autónoma: Establece el marco en el cual se desarrollarán los convenios colectivos.
- Convenio colectivo estatutario, ámbito de un sector productivo, provincial, autonómico o nacional:
- Pacto o acuerdo colectivo extraestatutario: Sólo se aplica a los trabajadores afiliados al sindicato que firma ese acuerdo en una empresa o sector.