Derecho Laboral: Fundamentos, Tipos de Contrato y Principios Clave

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El trabajo es la actividad humana que requiere esfuerzo físico e intelectual y que tiene una finalidad económica. Existen dos tipos principales: individual y colectivo.

Derecho del Trabajo

El Derecho del Trabajo es el conjunto de normas que regulan el trabajo remunerado, libre y voluntario en condiciones de dependencia y ajeneidad. Se clasifica en:

  • Derecho Público: Regula intereses colectivos.
  • Derecho Privado: Regula intereses particulares.

El Derecho Laboral se encuentra en una posición intermedia entre el derecho público y el privado. El Derecho del Trabajo regula el trabajo libre y voluntario.

Ámbito de Aplicación del Derecho del Trabajo

Las características principales son: personales, voluntarias, retribuidas, por cuenta ajena y dependientes.

Relaciones Laborales Especiales

Deben cumplir los requisitos regulados por una normativa específica propia. Ejemplos:

  • Personal de alta dirección y del servicio del hogar.
  • Personas que cumplen condena.
  • Deportistas.
  • Artistas.
  • Representantes.
  • Abogados.

Relaciones No Laborales

No es posible la aplicación del ordenamiento jurídico laboral, porque están reguladas por una normativa propia. Ejemplos:

  • Consejeros.
  • Trabajos familiares.
  • Autónomos.

Principio de Jerarquía Normativa

Una norma de rango inferior no puede contradecir a una norma de rango superior.

Fuentes Externas del Derecho Laboral

  1. Reglamento Comunitario: Obligatorios y aplicables a todos los estados.
  2. Directivas Comunitarias: Normas obligatorias.
  3. OIT (Organización Internacional del Trabajo).
  4. Tratados Internacionales: Objetivo: garantizar la protección laboral.

Fuentes Internas del Derecho Laboral

Normas:

  • Constitución Española.
  • Leyes Orgánicas.
  • Convenio Colectivo.
  • Contrato de Trabajo.

Principios del Derecho Laboral

  1. Irrenunciabilidad de Derechos: No se puede renunciar a las vacaciones, salarios, etc.
  2. Norma Mínima: Establece mínimos, por ejemplo, en vacaciones.
  3. Norma Más Favorable: Si se aplican dos pagas extras y el contrato reconoce tres, se aplicará la más favorable.
  4. In Dubio Pro Operario: Que favorezca al trabajador (pagas extras).
  5. Condición Más Beneficiosa: Beneficios que aparecen en otros contratos.

Contrato de Trabajo

Es el acuerdo del trabajador de prestar sus servicios a la empresa a cambio de una remuneración. Deben ser mayores de edad, emancipados, etc.

Poder Disciplinario

Es la facultad de sancionar al trabajador por incumplimiento o falta.

Tipos de Contrato

  1. Indefinido: Sin fecha de finalización. Ordinario, debe formalizarse por escrito.
  2. Temporal: Con plazo de finalización.
  3. Tiempo Completo: Jornada habitual.
  4. Tiempo Parcial: Número de horas al día/semana/mes.

Contrato Indefinido

Objetivo: Facilitar la inserción laboral de los jóvenes en el mercado de trabajo.

Contrato en Prácticas

Objetivo: Obtener la práctica profesional adecuada.

Requisitos:

  • Titulación Universitaria.
  • No haber pasado más de cinco años desde la finalización de los estudios.
  • Mínimo 6 meses, máximo 2 años.
  • Tiempo completo o parcial.
  • Duración fijada por convenio.

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