Derecho Laboral: Fundamentos, Ramas y Relaciones Clave

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El derecho es el conjunto de principios y normas que regulan la convivencia humana y resuelven sus conflictos de forma civilizada.

Ramas del Derecho

Las ramas del derecho se clasifican en:

  • Derecho Público: regula las relaciones del Estado con los particulares.
  • Derecho Privado: regula las relaciones entre los particulares.

El derecho laboral o derecho del Trabajo: Su característica es su naturaleza mixta, al participar tanto del Derecho Privado como del Derecho Público.

Los Poderes del Estado

Fue una teoría elaborada por Montesquieu, que establece funciones precisas y diferenciadas para cada uno de los sistemas políticos democráticos, con el objetivo de tener una armonía social.

Funciones de los Poderes del Estado:

  • Legislativo: crea leyes.
  • Ejecutivo: ejecuta las leyes y dicta reglas.
  • Judicial: vigila el cumplimiento de las leyes, juzga y ejecuta lo juzgado.

Derecho del Trabajo: Origen y Evolución

El derecho del trabajo es el conjunto de normas que regulan las relaciones entre empresarios y trabajadores y las de ambos con el Estado.

Origen: Nace en el siglo XIX como resultado del cambio de unas relaciones de producción basadas en el trabajo forzoso a otras basadas en el trabajo libre.

Evolución: El poder del empresario sobre el trabajador es absoluto, hasta que los trabajadores se unen creando el movimiento obrero, que reivindica las mejoras sociales y económicas. El Estado interviene limitando el poder del empresario y protegiendo al trabajador.

La norma laboral básica que regula los derechos y obligaciones del trabajador es el Estatuto de los Trabajadores, aprobado en 1980.

Ámbito de Aplicación del Derecho del Trabajo

El trabajo es una actividad humana racional, ordenada y productiva que requiere un esfuerzo físico o intelectual y está dirigida a conseguir un fin.

Tipos de Relaciones Laborales

Relaciones laborales ordinarias: Se les aplica el Estatuto de los Trabajadores, por lo que las características serán:

  • Personal: el trabajador tiene que realizar el trabajo.
  • Voluntaria: el trabajador decide si trabajar o no.
  • Por cuenta ajena: el empresario se queda con las ganancias.
  • Retribuida: Se da un salario por el trabajo realizado.
  • Dependiente: el trabajador acepta las órdenes de la empresa.

Relaciones laborales especiales: Cumplen todas las características de las relaciones laborales ordinarias, pero han sido creadas por normas específicas aplicadas al Estatuto de los Trabajadores.

Relaciones no laborales: No están en el Estatuto de los Trabajadores porque no cumplen alguna característica de las relaciones laborales ordinarias o por decisión política.

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