Derecho Laboral: Fundamentos, Historia y Normativas en España

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Derecho Laboral

El derecho laboral es el ordenamiento jurídico que regula la vida de las personas en una sociedad. Se trata de una rama jurídica referida al trabajo, que regula la presentación profesional de los servicios. Su institución fundamental, el contrato, es el que regula la contratación individual y colectiva del trabajo.

Historia del Derecho Laboral

En la edad antigua, existían esclavos, abolidos en el siglo XIX. En la edad media, se daba el campo de servidumbre, así como en las ciudades, donde había gremios oficiales y aprendices.

Con la revolución industrial y la revolución agrícola, apareció la maquinaria y los abonos. La industrialización llevó a que los patrones empezaran a acumular capital y a comprar medios de producción. Los trabajadores perdían control, y el proletariado enfrentaba largas jornadas de 18 horas, incluyendo a niños y mujeres, con poca seguridad social. Sin embargo, comenzaron a tomar conciencia, protestar y conseguir que se dictaran leyes que les protegieran.

La primera ley estableció que los menores de 10 años no podían trabajar, y se incluyeron derechos como el descanso por parto, lactancia y descanso dominical. El Estatuto de los Trabajadores se acomoda a los preceptos de la Constitución Española de 1978, y ha tenido continuas modificaciones, como la reforma urgente del mercado de trabajo (5/2001) y medidas urgentes de protección por desempleo (RD 5/2002), así como normativas sobre la ley orgánica de libertad sindical, procedimiento laboral y seguridad social, que regulan las ETT y el riesgo laboral.

Ámbito de Aplicación del Derecho Laboral

El derecho laboral se aplica al trabajo realizado por el hombre, que busca la rentabilidad individual y social a través del intercambio de bienes y servicios. Esto incluye la actuación sobre un medio natural o físico, manejando materia intelectual y actuando en un medio cultural y social (lenguajes, ordenadores).

La propiedad intelectual de los medios se divide en cuenta propia, donde la propiedad de los medios de producción pertenece al trabajador, y cuenta ajena, donde pertenecen al empresario. Esta relación puede ser forzosa, involuntaria, libre o voluntaria, aceptando el estado social del trabajo libre y voluntario.

Relación Laboral según el Estatuto de los Trabajadores

En el derecho laboral, los trabajadores prestan sus servicios de forma voluntaria y retribuida por cuenta ajena.

  • Personal: Quien es contratado.
  • Libre o voluntario: Puede comprometerse o dejarlo.
  • Prestado cuenta ajena: Los beneficios producidos por el trabajo no le repercuten directamente.
  • Retribución: Remuneración por el trabajo realizado.
  • Dependiente: Subordinado a la organización.
Intervención del Estado

1. Intervención del estado tutelando al trabajador.

2. Potenciando las relaciones a través de convenios colectivos.

Relaciones Laborales Especiales

Las relaciones laborales especiales tienen características propias y su normativa general solo se aplica en aspectos no contemplados. Esto incluye:

  • Personal de alta dirección.
  • Servicio del hogar.
  • Penados en instituciones penitenciarias.
  • Deportistas profesionales.
  • Artistas y espectáculos públicos.
  • Representantes de comercio.
  • Minusválidos en centros especiales.
Trabajos Excluidos de Regulación Laboral

Los funcionarios públicos tienen su propio estatuto de la función pública. Las prestaciones personales obligatorias incumplen la condición de libertad y voluntariedad, y las obligaciones que el personal debe asumir incluyen:

  • Militares.
  • Desempeño de cargos dentro de órganos de administración de sociedades.
  • Trabajos realizados a título de amistad.
  • Trabajos familiares directos en el negocio familiar.
  • Actividades de personas que intervengan en operaciones mercantiles.

Fuentes Españolas de Relación Laboral

La norma jurídica es aquella regla cuyo incumplimiento supone la imposición de sanción. Las fuentes del derecho laboral en España incluyen:

  • Poder legislativo: Cortes Generales y Parlamento.
  • Poder ejecutivo: Gobierno y Comunidades Autónomas.
  • Órganos administrativos: Gobierno y ministerios autonómicos.
  • Agentes sociales: Sindicatos y representantes de trabajadores.
  • Sujetos del contrato de trabajo: Empresario y trabajador.
  • Colectividades de personas: Creando el uso en leyes y disposiciones legales.

Las fuentes del derecho laboral incluyen la Constitución Española, leyes orgánicas, leyes ordinarias, decretos de leyes, decretos legislativos y reglamentos.

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