Derecho Laboral: Fundamentos, Historia y Código del Trabajo en Chile
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Concepto de Trabajo
Es el esfuerzo humano, sea físico, intelectual o mixto, aplicado a la producción u obtención de la riqueza. Es personal y necesario.
Historia del Derecho Laboral
- La esclavitud
- La servidumbre
- Las corporaciones medievales
- El renacimiento
- Revolución Industrial
- Régimen capitalista, liberal, clásico
- Siglo XIX (Cuestión social, marxismo y doctrina de la iglesia)
Historia del Derecho Laboral en Chile
Siglo XIX
- Primera mitad: Predominio del trabajo agrícola
- Segunda mitad: Nace el movimiento sindical
Siglo XX
Arturo Alessandri - Se da dentro de un régimen democrático. Existencia de legislación social. Presencia del movimiento sindical. Produjo: Defensa de la propiedad privada, fuerte inflación y desempleo moderado. Aumento de la población urbana.
Fuentes del Derecho Laboral
- Tratados internacionales
- CPR (Constitución Política de la República)
- La ley
- Reglamentos
- Costumbre
- Jurisprudencia judicial y administrativa
- Doctrina
- PGD (Principios Generales del Derecho)
Estas fuentes pueden ser: Materiales o formales.
CPR (Constitución Política de la República)
Art. 19 N° 16: La libertad de trabajo y su protección: Libre contratación y a la libre elección del trabajo con una justa retribución. Se prohíbe cualquier discriminación. Ninguna clase de trabajo puede ser prohibida. Negociación colectiva. No podrán declararse en huelga ni funcionarios del estado ni municipios.
Art. 19 N° 18: Derecho a la seguridad social.
Art. 19 N° 19: Derecho a sindicalizarse en la forma y condiciones que señala la ley.
Jurisprudencia
Es la interpretación dada por los tribunales de justicia a las normas jurídicas vigentes. Dirección del Trabajo.
Principios Generales del Derecho
Principio protector (Equidad). Regla de la aplicación de la norma más favorable.
Código del Trabajo - Título Preliminar
Art. 1: La relación entre empleadores y trabajadores se regulará por este código.
Art. 1 inciso 2: El código no se aplica a todo tipo de funcionarios del estado, congreso y poder judicial.
Art. 1 inciso 3: Legislación supletoria: Los trabajadores se sujetan a las normas en todo aquello no regulado por sus respectivos estatutos, siempre que no fueren incompatibles con ellos. Esta se relaciona con el Art. 6 inciso 2 sobre el contrato individual de trabajo: Convención empleadores-trabajador, se obligan a prestar servicios y pagar remuneración por sus servicios. Contrato colectivo de trabajo: Uno o más trabajadores con una o más organizaciones sindicales con el objeto de establecer condiciones de trabajo comunes.
Representación del empleador y modificaciones al dominio de la empresa: Art. 4 inciso 1: Presunción de derecho.
Modificaciones al dominio de la empresa: Art. 4 inciso 2
Ciudadanía Laboral: Art. 5 inciso 1.
Irrenunciabilidad de los derechos laborales: Art. 5 inciso 2: Irrenunciables mientras exista el contrato de trabajo. Art. 12 CC.
Autonomía de la voluntad restringida: Art. 5 inciso final: Los contratos podrán ser modificados por mutuo consentimiento.
Contrato Individual de Trabajo
- Contrato de derecho privado
- Es un contrato personal
- Bilateral
- Oneroso
- Conmutativo
- Principal
- Nominado
- Dirigido
- Tracto sucesivo: se cumplen y realizan con el tiempo, de forma continuada y sucesiva
- Consensual
Es un acuerdo de voluntades entre el empleador y el trabajador en donde el trabajador se obliga a prestar sus servicios personales al empleador y el empleador se obliga al pago de una remuneración. Los servicios deben prestarse bajo relación de subordinación y dependencia.
El trabajo se realiza por cuenta ajena.