Derecho Laboral: Fundamentos del Código del Trabajo
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Capítulo V: Código del Trabajo
Todas las relaciones entre empleadores y trabajadores se rigen por este código. Estas normas no se aplicarán a los funcionarios de la administración del estado, congreso nacional y poder judicial.
Definiciones Clave
- Empleador: Persona natural o jurídica que utiliza los servicios materiales o intelectuales de una o más personas en virtud de un contrato.
- Trabajador: Persona natural que presta servicios intelectuales o materiales, bajo dependencia o subordinación en virtud de un contrato.
- Trabajador Independiente: No depende de empleador alguno y no tiene trabajadores bajo su dependencia.
- Empresa: Toda organización de medios personales, materiales e inmateriales, ordenados bajo una dirección, para el logro de fines económicos, sociales, culturales o benéficos.
Contratos de Trabajo
Contrato Individual: Empleador y trabajador se obligan recíprocamente a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación del primero, y aquel a pagar por estos servicios una remuneración.
Contrato Colectivo: Uno o más empleadores o sindicatos de trabajadores se unen con el objeto de establecer condiciones comunes de trabajo y remuneración.
Elementos Esenciales del Contrato
El contrato debe contener:
- Lugar y fecha del contrato.
- Fecha de nacimiento, nacionalidad e ingreso del trabajador.
- Lugar donde se prestan los servicios.
- Monto, forma y período de pago.
- Duración de la jornada laboral.
- Plazo del contrato.
- Beneficios adicionales.
Jornada Laboral
La duración de la jornada laboral no debe exceder las 45 horas semanales. Quedan excluidos los gerentes o administrativos y aquellos que trabajen sin fiscalización superior inmediata, y los que desempeñen labores en naves pesqueras.
Jornada Extraordinaria
La jornada extraordinaria es aquella que excede el máximo legal o lo pactado en el contrato. Se deben pactar por escrito y se pagarán con un recargo del 50% sobre el sueldo convenido en la jornada ordinaria. Deben pagarse con la remuneración ordinaria y se debe llevar un registro de la asistencia mediante un reloj control o tarjetas de registro.
Remuneraciones
Las remuneraciones son las contraprestaciones en dinero y las adicionales en especie avaluables en dinero que debe percibir el trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo.
No Constituyen Remuneración
- Asignaciones de movilización.
- Pérdida de caja.
- Desgaste de herramientas y colación.
- Viáticos.
- Prestaciones familiares.
- Indemnizaciones.
Componentes del Sueldo
- Sueldo: Estipendio fijo pagado por períodos iguales determinados en el contrato que recibe el trabajador.
- Sobresueldo: Remuneración de horas extraordinarias.
- Comisión: Porcentaje sobre el precio de las ventas o compras u otras operaciones que el empleador efectúa con la colaboración del trabajador.
- Participación: Proporción de utilidades de un negocio o de la empresa.
- Gratificación: Parte de las utilidades con que el empleador beneficia el sueldo del trabajador.