Derecho Laboral: Estatuto, Convenios, Contratos y Principios Clave
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Temas Clave del Derecho Laboral
Estatuto de los Trabajadores
Es una norma aprobada por el parlamento que regula las condiciones de trabajo entre empresarios y trabajadores.
Convenio Colectivo
Es un pacto o norma de convivencia entre los representantes de los trabajadores (sindicato) y representantes de los empresarios (patronal) de un mismo sector determinado.
Contrato de Trabajo
Un contrato es el acuerdo entre el empresario y el trabajador.
Principios del Derecho Laboral
Principio de Norma Mínima
Toda norma laboral, de acuerdo con su rango formal, actúa como condicionante mínimo del contenido de la norma subordinada o de inferior rango.
Principio de Norma Más Favorable
Cuando existan dos o más normas para un caso concreto, se aplicará la más favorable.
Principio de Irrenunciabilidad de los Derechos
Los trabajadores no pueden renunciar a los derechos que tengan reconocidos en las normas legales y en los convenios colectivos del contrato.
Principio de Condición Más Beneficiosa
Si una norma laboral establece condiciones peores que las contenidas en los contratos, prevalecerán las condiciones más beneficiosas que se fijaron anteriormente.
Principio de Indubio Pro Operario
En caso de duda sobre la aplicación de la norma, se interpretará de la forma que resulte más beneficiosa para el trabajador.
Horas Extraordinarias y Complementarias
Las dos se utilizan para extender la jornada laboral, pero se regulan de manera distinta:
- Horas extraordinarias: en jornadas completas.
- Horas complementarias: en jornadas a tiempo parcial cuando el contrato es indefinido.
Salario Base y Salario Mínimo Interprofesional
Salario Base: El que viene fijado según categoría profesional en el convenio colectivo.
Salario Mínimo Interprofesional: Es la cantidad mínima que puede percibir un trabajador por una jornada laboral en cualquier actividad y con cualquier edad. Es el mínimo indispensable para poder sobrevivir y lo fija el gobierno.
FOGASA
Es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Empleo. Su finalidad es abonar a los trabajadores, con ciertos límites, el importe de los salarios pendientes de pago e indemnizaciones por insolvencia, cierre de la empresa o concurso de acreedores y salarios de tramitación, siempre que la deuda esté reconocida por el SMAC o sentencia judicial.
Periodo de Prueba
¿Se puede rescindir el contrato sin que hayan transcurrido los dos meses?
Durante este periodo, cualquiera de las partes puede dar por finalizado el contrato sin necesidad de preaviso. ¿Al trabajador le corresponderá algún tipo de indemnización?
No será sin indemnización, pero los días trabajados se pagan. ¿El empresario podría poner en el contrato periodo de prueba si ese trabajador ya hubiera prestado servicios en esa empresa anteriormente en ese mismo puesto de trabajo?
No se puede establecer periodo de prueba si ya has estado contratado anteriormente en ese puesto.
¿Y si fuera en otro puesto de trabajo con otras funciones?
Sí, si es distinto puesto.
Cláusulas Contractuales
Cláusula de Permanencia
Esta cláusula evita que el coste de formación revierta en otros. No puedes dar por finalizado el contrato durante un tiempo. La permanencia suele ser de dos años. Si extingues el contrato, debes compensar económicamente a la empresa.
Cláusula de Exclusividad
Mientras dure el contrato, no puedes trabajar con otra empresa.
Contratos en Prácticas y de Formación
¿Cuál es el objetivo básico del contrato en prácticas y el de formación y aprendizaje?
Contrato de Prácticas
Adquirir experiencia relacionada con los estudios (título).
Contrato para la Formación y el Aprendizaje
Dar formación a aquellas personas que no tienen un título que acredite conocer un oficio. Es compatible con realizar los estudios obligatorios ESO (cursando).
Contratos Causales
Contrato de Obra o Servicio
Realizar una actividad con autonomía que guarda relación con la actividad principal (maquillar, peinar en un teatro).
Contrato Eventual por Circunstancias de la Producción
Hacer frente a los pedidos por aumento de la demanda.
Contrato de Interinidad
Sustituir a un trabajador/a que tiene suspendido su contrato de trabajo con derecho de reserva de puesto (enfermedad).
Contrato en Prácticas (Detalles)
Objetivo: Adquirir experiencia relacionada con los estudios cursados, FP, universidad, etc. (con título).
Requisitos:
- Tener un título FP.
- La titulación debe haberse obtenido en los 5 años anteriores.
- Tener máximo 30 años.
Duración: Seis meses mínimo hasta un máximo de 2 años.
Retribución:
- El primer año no puede ser inferior al 60%.
- El segundo año no puede ser inferior al 75%.
- Nunca inferior al SMI.
Diferencia entre FCT y Contrato en Prácticas
FCT (Formación en Centros de Trabajo): Se realizan para poder finalizar el ciclo formativo (cursando ciclo formativo).
Contrato en Prácticas: Adquirir experiencia relacionada con los estudios cursados, FP, universidad, etc. (con titulación).