Derecho laboral en España: conceptos, fuentes, principios y derechos de los trabajadores
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El trabajo y el derecho laboral
Parte concreta del trabajo con los siguientes requisitos:
- Persona — el trabajador es insustituible.
- Voluntario — el trabajador es libre de poner fin a la relación laboral.
- Por cuenta ajena — se trabaja para otra persona y se cede el fruto del trabajo a cambio de un sueldo.
- Dependiente — el empresario ordena dónde, cómo y cuándo se trabaja.
- Retribuido — toda actividad laboral ha de ser remunerada.
Trabajador autónomo y “trade”
Trabajador autónomo: persona física que realiza una actividad económica o profesional a título lucrativo, con o sin trabajadores a su cargo.
Trade (trabajador dependiente económicamente): persona física que realiza una actividad económica o profesional a título lucrativo y de forma habitual, personal, directa y predominante para una persona física o jurídica denominada cliente, de la que depende económicamente al percibir, al menos, el 75 % de sus ingresos.
Fuentes del derecho del trabajo
Las fuentes del derecho del trabajo son el origen de las normas jurídicas e indican cuál de ellas debe aplicarse en cada caso concreto. Pueden ser:
Fuentes internas
- La Constitución — norma suprema; derechos fundamentales; derechos y libertades de los ciudadanos; principios rectores de la política económica y social.
- Las leyes — orgánicas y ordinarias; decretos-ley y decretos legislativos.
- Los reglamentos — reales decretos y órdenes ministeriales.
- El convenio colectivo — acuerdo entre representantes de los trabajadores y el empresario.
- El contrato de trabajo — expresión de la voluntad entre las partes; no puede ser menos favorable que lo establecido en los convenios.
- La costumbre.
- Los principios generales del derecho.
Fuentes externas
- Los tratados internacionales — válidamente celebrados en España, pasan a formar parte del ordenamiento jurídico español, respetando la Constitución.
- La Organización Internacional del Trabajo (OIT) — promueve acciones internacionales para mejorar las condiciones de trabajo y el nivel de vida de los trabajadores; adopta convenios, recomendaciones y resoluciones.
- La Unión Europea (UE) — eleva el nivel de vida de los trabajadores equiparando condiciones laborales entre países: reglamentos, directivas, decisiones, recomendaciones y dictámenes; promueve la no discriminación entre los Estados miembros, la libre circulación, condiciones de trabajo armonizadas, el reconocimiento de las cualificaciones profesionales y el acceso a la función pública.
Principios para la aplicación de las normas laborales
- Principio de norma mínima — una norma de rango superior determina el contenido mínimo de las normas de rango inferior.
- Principio de norma más favorable — cuando concurren dos o más normas, se aplica la que, en conjunto, resulte más favorable para el trabajador.
- Principio de irrenunciabilidad de derechos — no es posible renunciar a los derechos reconocidos.
- Principio de condición más beneficiosa — las condiciones más beneficiosas ya pactadas se mantendrán frente a cambios normativos o de la empresa.
- Principio in dubio pro operario — los tribunales, en caso de duda sobre la aplicación de la norma, interpretarán en favor del trabajador.
Derechos y deberes de los trabajadores
Derechos básicos
Garantizados por los poderes públicos:
- Trabajo y libre elección de la profesión.
- Libertad sindical.
- Negociación colectiva.
- Derecho de reunión.
- Huelga.
Derechos relacionados con el trabajo
Garantizados por el empresario:
- Promoción y formación profesional en el trabajo.
- Percepción puntual del salario.
- No discriminación por sexo, raza, estado civil, etc.
- Salvaguarda de la integridad física mediante una adecuada política de seguridad e higiene.
- Ocupación efectiva.
Deberes de la relación laboral
- Cumplir las órdenes del empresario.
- Actuar con diligencia debida y fidelidad.
- Cumplir las obligaciones del trabajo con buena fe y diligencia.
- Contribuir a la mejora de la productividad.
- No competir con la actividad de la empresa.