Derecho Laboral en España: Conceptos Clave y Normativa Esencial
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Definición de Derecho del Trabajo
El Derecho del Trabajo es el conjunto de normas y principios que regulan el trabajo humano, con la finalidad de equilibrar las fuerzas entre empresario y trabajador en la relación laboral.
Fuentes de la Normativa Laboral en España
Constitución Española
La Constitución Española es la ley de leyes, la norma suprema del ordenamiento jurídico.
Leyes Orgánicas y Ordinarias
Las Leyes Orgánicas (aprobadas por las Cortes Generales) y las Leyes Ordinarias (aprobadas por el Congreso y el Senado) son normas jurídicas con rango de ley.
Normas con Rango de Ley
Incluyen el Real Decreto Legislativo y el Real Decreto-ley, ambos con fuerza de ley.
Reglamentos
Los Reglamentos son normas de rango inferior a la ley. Se distinguen por su origen:
- Real Decreto: aprobado por el Consejo de Ministros.
- Orden Ministerial: aprobado por un Ministerio.
- Resolución: emitida por Secretarios de Estado o Directores Generales.
Convenio Colectivo
El Convenio Colectivo es un acuerdo entre los representantes de los trabajadores y el empresario, que regula las condiciones de trabajo en un sector o empresa.
Contrato de Trabajo
El Contrato de Trabajo es un acuerdo entre el trabajador y el empresario, por el cual el trabajador se compromete a prestar servicios a cambio de una retribución.
Usos y Costumbres Locales y Profesionales
Son normas de conducta que, en ausencia de regulación legal o convencional, pueden ser aplicables.
Normas Internacionales del Trabajo
Tratados o Convenios Internacionales
Son acuerdos entre dos o más Estados, a menudo con el objetivo de proteger a los trabajadores emigrantes.
Convenios de la OIT
Los Convenios de la OIT (Organización Internacional del Trabajo, organismo de la ONU) buscan mejorar las condiciones de vida y laborales de los trabajadores a nivel internacional.
Norma Comunitaria
Se refiere al Derecho de la Unión Europea, que tiene aplicación directa o indirecta en los Estados miembros.
Principios de Aplicación de las Normas Laborales
Principio de Jerarquía Normativa
Las normas inferiores no pueden contravenir lo establecido en normas de rango superior.
Principio de Norma Mínima
Las normas de rango superior establecen un contenido mínimo que las leyes de rango inferior deben respetar o mejorar, pero nunca empeorar.
Principios Fundamentales del Derecho del Trabajo
Principio de Norma Más Favorable
En caso de conflicto entre dos o más normas aplicables, se aplicará aquella que resulte más favorable para el trabajador.
Principio de Condición Más Beneficiosa
Si una norma posterior establece condiciones menos favorables que las ya existentes en el contrato de trabajo, prevalecerán las condiciones fijadas anteriormente, siempre que sean más beneficiosas para el trabajador.
Principio "In Dubio Pro Operario"
En caso de duda sobre la interpretación o aplicación de una norma, se optará por aquella que resulte más beneficiosa para el trabajador.
Principio de Irrenunciabilidad de Derechos
El trabajador no puede renunciar a los derechos establecidos por las normas legales y los convenios colectivos; solo podrá renunciar a lo pactado en el contrato individual que mejore dichas condiciones.
Jurisdicción Social
La jurisdicción social es la rama del poder judicial encargada de resolver los conflictos laborales. Se estructura en:
Juzgado de lo Social
Ámbito provincial.
Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia
Ámbito autonómico.
Sala de lo Social de la Audiencia Nacional
Ámbito nacional, para asuntos que afectan a más de una comunidad autónoma.
Sala de lo Social del Tribunal Supremo
Ámbito nacional, como máximo órgano jurisdiccional.
La Relación Laboral: Características Esenciales
Una relación laboral se caracteriza por la prestación de servicios del trabajador a cambio de una remuneración, y se define por los siguientes elementos:
Voluntariedad
El trabajador presta sus servicios de forma voluntaria.
Dependencia
El trabajador actúa bajo la dirección y organización del empresario.
Ajenidad
Los frutos del trabajo y los medios de producción pertenecen al empresario.
Remuneración
El trabajador recibe una retribución económica por los servicios prestados.
Aspectos Clave de la Jornada Laboral
- Duración: La jornada ordinaria máxima es de 40 horas semanales.
- Máximo de horas diarias:
- Menores de 18 años: 8 horas.
- Mayores de 18 años: 9 horas.
- Horas Extraordinarias: Máximo 80 horas al año (no permitidas para menores de 18 años).
- Trabajo Nocturno: El realizado entre las 22:00 y las 6:00 horas.
- Días Festivos: 14 días al año.
- Vacaciones: 30 días naturales al año.
Organización Representativa de los Trabajadores
La representación de los trabajadores en la empresa se articula a través de:
Delegados de Personal
Para empresas con menos de 50 trabajadores:
- Hasta 30 trabajadores: 1 delegado.
- De 31 a 49 trabajadores: 3 delegados.
Comité de Empresa
Para empresas con 50 o más trabajadores:
- De 50 a 100 trabajadores: 5 miembros.
- De 101 a 250 trabajadores: 9 miembros.
- De 251 a 500 trabajadores: 13 miembros.
- De 501 a 750 trabajadores: 17 miembros.
- De 751 a 1000 trabajadores: 21 miembros.
- Más de 1000 trabajadores: 2 miembros adicionales por cada 1000 o fracción.
Requisitos para la Participación Electoral
- Para votar: Mayores de 16 años y con al menos 1 mes de antigüedad en la empresa.
- Para ser elegible: Mayores de 18 años y con al menos 6 meses de antigüedad en la empresa.
Cierre Patronal
El Cierre Patronal es el cierre temporal del centro de trabajo decidido por el empresario en caso de huelga u otra irregularidad grave en el régimen de trabajo que impida su normal desarrollo.