Derecho Laboral y Ciudadanía: Contratos, Salarios, Jornada y Derechos
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Derecho Laboral: Fundamentos y Principios
Derecho laboral: regula las relaciones jurídicas entre patrones y obreros. Regula el contrato de trabajo y sus consecuencias mediatas e inmediatas.
Principios del derecho laboral
- Principio protector: Intenta proteger a la parte más desvalida (trabajador). Responde fundamentalmente al propósito de nivelar desigualdades.
Se expresa en tres formas:
In dubio pro operario: Se aplica cuando existe una duda sobre el alcance de la norma legal y siempre que no contradiga la voluntad del legislador. El intérprete debe elegir el sentido de la norma que sea más favorable al trabajador.
Norma más favorable: En caso de que haya más de una norma aplicable debe elegirse la más favorable.
Condición más beneficiosa: Cada norma sirve para mejorar la situación del trabajador. Una nueva norma nunca debe disminuir las condiciones del trabajador.
- Principio de Irrenunciabilidad: Es imposible jurídicamente privarse de alguna ventaja del derecho. COMPLETAR
- Principio de Continuidad: Se le debe asegurar cierta permanencia en su puesto al trabajador. Tiene implícitas una serie de proyecciones:
- PREFERENCIA POR LOS CONTRATOS DE DURACIÓN INDEFINIDA
- AMPLITUD PARA ADMITIR TRANSFORMACIONES DEL CONTRATO
- CONSERVACIÓN DEL CONTRATO PESE A INCUMPLIMIENTOS Y NULIDADES
- RESISTENCIA A LA RESCISIÓN PATRONAL
- PROLONGACIÓN DEL CONTRATO PESE A LA SUSTITUCIÓN DEL EMPLEADOR
(info de cada una en el repartido)
- Principio de la primacía de la realidad: en casos de que no haya concordancia entre la realidad y los documentos, se debe dar preferencia a la realidad ya que en el derecho laboral importa más lo que ocurre en la práctica que lo que las partes hayan pactado.
- Principio de razonabilidad: Se aspira al ideal de justicia racional y no arbitraria. (repartido)
- Principio de buena fe: Es un principio jurídico fundamental. Al realizarse un contrato de trabajo, este no sólo crea derechos y obligaciones de orden patrimonial, sino que también personal. Crea una relación estable y continua en la que se exige la confianza y es importantísimo que ambas partes actúen de buena fe.
Contratos de Trabajo: Tipos y Características
Contrato de trabajo típico
Ingreso voluntario de una persona a una relación laboral. Es bilateral ya que supone obligaciones para ambas partes. Genera efectos jurídicos que requieren la realización de una actividad en el tiempo. Se puede prolongar de forma indefinida.
Contrato de trabajo atípico
No reúne las características del contrato típico. Son contratos independientes sin beneficio de licencia, prestaciones complementarias ni con el despido.
Teletrabajo: Una Nueva Modalidad Laboral
Teletrabajo
Aparece a fines del siglo XX y es una nueva forma flexible en la cual el trabajador presta sus servicios fuera del contexto empresarial tradicional.
Tipos de teletrabajadores
- TELETRABAJADORES EMPLEADOS: desarrollan una actividad en sus casas y establecen un contrato con el empleador.
- AUTOEMPLEADO O “FREELANCE”: ofrece sus servicios desde su casa y es contratado por trabajos puntuales sin contrato laboral permanente.
- TELETRABAJADORES EMPRESARIOS: inician una actividad empresarial desde su casa.
Ventajas del teletrabajo
- Mayor flexibilidad en cuanto al tiempo de dedicación del trabajo
- Menores costos de manutención y desplazamiento
- Pueden trabajar donde y cuando quieran
- Facilita el trabajo y las comunicaciones para las personas en las zonas rurales
- Favorece la integración al mercado laboral de colectivos tradicionalmente menos favorecidos.
- Alternativa para quienes combinan la atención a la familia con sus expectativas profesionales.
- Genera oportunidades laborales
Desventajas del teletrabajo
- No establece relaciones sociales con otros trabajadores
- Escasa separación entre el trabajo y la vida privada
- Dificultades en la inversión de equipos y tecnologías
- Falta de legislación
- Contratación precaria de trabajadores a tiempo parcial
- Requiere acceso, disponibilidad y conocimiento del uso de las nuevas tecnologías
- Dificultades en cuanto a los derechos laborales.
Salarios y Compensaciones
Salario
Es toda retribución económica que obtiene el trabajador y se establece a través de un contrato de trabajo, se calcula según la fracción de tiempo que puede ser por día, quincena o semana.
¿Cómo se paga el salario?
Con preferencia en dinero. Está prohibido pagar enteramente en especie.
Se deberá pagar dentro de los siguientes plazos:
- Si el pago es MENSUAL, dentro de los primeros cinco días hábiles.
- Si el pago es QUINCENAL, dentro de los cinco días hábiles al vencimiento de la quincena que se debe abonar.
Para tener derecho al cobro de un salario no es necesario que el empresario haya trabajado en forma efectiva durante la duración de la jornada.
Aguinaldo
Es la suma de dinero que debe ser pagada por el empleador a sus trabajadores, equivale a la doceava parte de los salarios pagos por el empleador en los doce meses anteriores del primero de diciembre cada año.
Se retribuye de forma fraccionada, la primera parte se paga en junio que corresponde a la doceava parte del total entre el primero de diciembre del año anterior y el 31 de mayo del año corriente. La segunda parte se paga entre el 14 y 23 de diciembre y corresponde al plazo entre el 1 de junio y el 30 de noviembre del año en curso.
Licencia anual
Se genera desde el primer día de trabajo. Durante el primer año se generan 20 días continuos (no se cuentan los feriados ni los domingos) y cada cuatro años de trabajo se le suma un día más.
Salario vacacional
Suma de dinero que recibe el trabajador para el goce de la licencia anual. Corresponde a los trabajadores de la actividad privada, empleadas domésticas, trabajadores rurales y personas públicas no estatales. Incluye el 100% del jornal líquido de vacaciones y se corresponde con la jornada normal de trabajo.
Horas extra
Son las horas que excedan la jornada laboral. El trabajo de horas extra en el caso de los días hábiles se pagará con un recargo del 100% sobre el que se corresponde con las horas normales, en los días feriados con un 150% sobre el valor de las horas en los días laborales.
Indemnización por despido
Es la suma de dinero que el trabajador recibe ante una ruptura del contrato de trabajo por parte del empleador.
La base del cálculo para los trabajadores que reciben un sueldo mensual es el importe de la remuneración correspondiente a un mes de trabajo. También se toma en cuenta el salario vacacional.
Se calcula teniendo en cuenta la antigüedad y como base la última remuneración. En el momento del despido al trabajador le corresponde una suma de dinero que equivale a un mes de salario por año trabajado, existiendo un tope máximo de 6 salarios.
Despido por notoria mala conducta
En estos casos de comportamiento populoso e intencional que causan un daño para el empleador o perturban en forma grave las condiciones de trabajo o ponen en riesgo el buen nombre de la empresa, no corresponde el pago de dicha indemnización.
Causales considerados como mala conducta:
- Cometer fraude, sabotaje o daño intencional
- Cometer delitos en perjuicio de la empresa o de su personal, por ej robos, daños, lesiones, etc.
- Afectar los intereses de la empresa con negocios por cuenta propia
- Dormirse en el trabajo, omitir los deberes, ser negligente
- Actitudes violentas o agresivas, insultos, desacato, desobediencia.
Jornada Laboral: Regímenes y Control
JORNADA LABORAL
Régimen general
- COMERCIO: no más de 8 hs diarias con un descanso establecido después de las 4 primeras hs de trabajo y con un tope de 44hs de trabajo semanales.
- INDUSTRIA: jornadas de 8 hs, con un descanso intermedio dentro de las mismas, no se puede trabajar más de 5hs consecutivas. Máximo semanal es de 48hs para el personal de las fábricas, para el personal administrativo el máximo es de 44hs.
Régimen especial
- TRABAJADORES RURALES: 8hs diarias, 48 semanales. El descanso semanal es intermedio y entre jornada y jornada no podrá ser inferior a 12hs.
- INDUSTRIA TEXTIL: régimen de horario continuo y un descanso pago de media hora.
- TRABAJADORES EN SUPERMERCADOS: pueden optar por trabajar de lunes a sábados entre las 8 y 21hs y los domingos entre las 8 y las 13, si trabajan los domingos reciben doble jornal.
- COMERCIOS EN BALNEARIOS Y ZONAS TURÍSTICAS: sin limitación en hora de cierre. Se puede conceder el descanso semanal de 36 hs corridas
- PANADERÍAS: jornadas de 8 hs con una hora de descanso intermedio
- EMPRESAS DE SERVICIO TELEGRÁFICO: 36hs semanales con jornadas de 7hs. Media hora de descanso.
- TRABAJOS INSALUBRES: jornadas de 6hs o de 4hs en trabajos que se utilice benzol, hidrocarburo aromático, incoloro e inflamable.
La Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social es quien se encarga del control del cumplimiento de horarios.
Trabajador Rural: Derechos y Obligaciones
TRABAJADOR RURAL
Salarios
Tiene derecho a percibir una retribución mínima por su trabajo que le asegure la satisfacción normal de sus necesidades y la de su familia.
Los salarios se pagarán en dinero no admitiéndose deducción alguna por suministro de alimentación y vivienda, ni por la utilización de tierras en beneficio del propio trabajador.
El empleador le suministrará al trabajador, su cónyuge o concubino, sus descendientes menores de edad y sus padres si viven en: condiciones higiénicas de habitación, agua potable y alimentación suficiente, iluminación cercana a la vivienda, despensa permanente en todos los alimentos necesarios, asistencia médica, capacitación para sus trabajadores y asistencia escolar de los hijos menores de los empleados.
Registro
Deben ser registrados en la Inspección General de Trabajo y Seguridad Social. El empleador debe expedir un documento en cuatro vías quedándose con el original y entregando una al trabajador.
Jubilación y Pensiones
Jubilación común
Hay dos sistemas: de transición en el que los trabajadores si están afiliados al BPS y otro mixto en el que los trabajadores están afiliados al BPS y según …. ingresos, a un AFAP.
Beneficiario: Trabajadores y empleadores de industria y comercios públicos, rurales y domésticos afiliados al BPS.
Prestación:
- Ingreso mensual equivalente al 45% del sueldo básico más adicionales:
- 1% por cada año de servicio
- 0,5% por cada año de servicio
Requisitos: 60 años de edad y 30 de servicio
Jubilación por edad avanzada
Es una posibilidad para las personas que no cumplen con los requisitos para la jubilación común.
Pensión
Tienen derecho a la pensión las personas viudas y/o divorciadas, los hijos solteros menores a 21 años, los hijos mayores de 21 años absolutamente incapaces para desarrollar todo tipo de trabajo, también los padres incapacitados para todo tipo de trabajo.
Pensión a la vejez o invalidez
A aquellos adultos mayores a 70 años que carezcan de recursos económicos para sus necesidades o a aquellos de cualquier edad que se encuentren incapacitados para desempeñar cualquier tipo de trabajo remunerado.
Ciudadanía: Derechos y Obligaciones
Ciudadanía
Es el vínculo jurídico político que une a la persona con el gobierno, permitiéndole participar en el, reconociendo Derechos e imponiendo obligaciones.
Hay dos tipos:
- Ciudadanos naturales
- Ciudadanos legales.
Ciudadanos naturales
Los nacidos en territorio uruguayo y los hijos de padre o madre nacidos en cualquier parte del mundo siempre que cumplan con 2 requisitos:
- Se inscriban en el RCN, es decir, saquen la credencial cívica que los habilita a votar.
- Se avecinan, cumpliendo los siguientes requisitos:
- Permanencia en el país por más de 1 año
- Alquilar o comprar una vivienda para habitar en ella
- Instalar un comercio, negocio o industria
- Emplearse en la actividad pública o privada
- Cualquier otro acto similar a los anteriores
Ciudadanos legales
Se le otorgara la ciudadanía legal a:
Hombres y mujeres extranjeros con:
- Buena conducta
- Familia constituida en la república (de lo contrario 5 años de residencia)
- Con inversiones en la economía o con fuentes de ingreso
- Tenga 3 años de residencia habitual.
- Debe presentar prueba de residencia por instrumento público o privado.
- Los derechos inherentes a la ciudadanía (votar y ocupar cargos públicos) no podrán ser ejercidos hasta 3 años después de entregada la carta.
Hombres y mujeres extranjeros que obtengan gracia especial de la Asamblea General por servicios notables o méritos relevantes.
En este caso la carta es emitida por la Asamblea General (y no por la Corte Electoral) y no se deben esperar 3 años para ejercer los derechos.
- La existencia de causales de suspensión anulara la entrega de la carta.
Derechos y obligaciones de los ciudadanos
Derechos
- Ser elector, es decir que tienen la posibilidad de elegir, a través del voto, a diferentes autoridades, y también pueden modificar la constitución a través de un plebiscito, o mantener o derogar una ley a través del referéndum.
- Ser elegible, o sea, postularse para ejercer cargos en el gobierno.
- Votar (también es un deber)
- Ocupar cargos públicos, trabajar en organismos estatales.
Obligaciones
- Votar (de lo contrario hay sanción)
- Inscribirse en el RCN, para obtener la credencial cívica y poder votar
- Participar en las mesas receptoras de votos y como empadronador en los censos.
Organización del Poder Legislativo y Ejecutivo
Cámara de Senadores
30 senadores + el vicepresidente de la república, que es el presidente de la cámara de senadores y de la asamblea general.
-Son electos por el cuerpo electoral, por el sistema de representación proporcional integral. Son electos a nivel nacional.
-Duran en el cargo 5 años
-Requisitos: Ciudadanía natural en ejercicio o legal con 7 años de ejercicio.
Cámara de Diputados
-99 diputados
-Son electos por el cuerpo electoral, a nivel departamental, la constitución establece que por menor tiene que haber 2 diputados por departamento.
-Duran 5 años en el cargo y pueden ser reelectos.
-El presidente de la cámara de diputados es un diputado electo anualmente.
-Requisitos: ciudadanía natural en ejercicio o legal con 5 años de ejercicio y 25 años de edad.
Poder Ejecutivo
Integrado por: El presidente de la república, ministros y consejo de ministros.
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA - requisitos:
-Ciudadanía natural y 35 años de edad
-Dura 5 años en el cargo y para ser electo debe mediar un periodo de gobierno
-Asumen en el 1ero de marzo siguiente al año electoral.
-Forma de elección: 1ero se realizan elecciones internas con voto no obligatorio de los partidos políticos. 2do el último domingo de octubre cada 5 años con voto obligatorio, se realiza las elecciones nacionales y para que un candidato resulte electo como presidente de la república necesita 50% + 1 voto (mayoría absoluta), si ninguno de los candidatos obtiene dicho porcentaje, se pasa a la 2da vuelta el último domingo de Noviembre y necesita mayoría absoluta entre los dos candidatos más votados.