Derecho Laboral: Aplicación, Normas y Derechos de las Personas Trabajadoras

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1 ¿A quién se aplica el derecho laboral?

El derecho del trabajo nace con la Revolución Industrial. Ante las condiciones abusivas impuestas por los patronos, las personas trabajadoras deciden unirse. Surgen, así, los sindicatos, con el objetivo de detener los excesos y mejorar las condiciones laborales.

El derecho del trabajo, o derecho laboral, es el conjunto de principios y normas que regulan las relaciones individuales y colectivas entre las empresas y las personas trabajadoras, así como los conflictos que se puedan derivar de dichas relaciones.

La ley laboral básica que regula los derechos y las obligaciones de la empresa y el personal es el Estatuto de los Trabajadores.

El derecho laboral también integra normas que no tienen rango de ley, sino que se han acordado entre los empresarios y los trabajadores; es el caso del convenio colectivo y el contrato de trabajo.

El derecho laboral se aplica a trabajos personales, voluntarios, remunerados, dependientes y por cuenta ajena. El resto de los empleos no se rigen por el derecho laboral, sino que cuentan con su propia normativa. Son las relaciones laborales excluidas.

Las relaciones no laborales o relaciones laborales excluidas figuran a continuación.

Funcionariado. Empleados y empleadas de ayuntamientos, comunidades autónomas y otras Administraciones públicas. Se les aplica el derecho administrativo, no el derecho laboral.

Personas trabajadoras autónomas. Trabajan por cuenta propia. Están protegidas por el Estatuto del Trabajo Autónomo. No tienen convenios colectivos ni firman contratos de trabajo.

Personas trabajadoras a comisión. Cobran en función de las ventas realizadas. No tienen un contrato de trabajo, sino un contrato mercantil regulado por el derecho mercantil.



2 ¿Y si dos normas se contradicen?

El hecho de que las personas trabajadoras y las empresas puedan pactar condiciones distintas a las fijadas en el Estatuto de los Trabajadores puede generar dudas respecto a qué norma se debe aplicar. En tal caso, se recurre al principio de jerarquía normativa.

El principio de jerarquía normativa implica que, en derecho, las normas de rango inferior no pueden contradecir lo dispuesto en una norma de rango superior.

Otros principios que también se tienen en cuenta a la hora de decidir son los siguientes:

  • Principio de norma mínima. La norma de mayor rango establece el contenido mínimo que debe ser respetado por las de rango inferior.
  • Principio de norma más favorable. Si existen dos o más normas que regulan el mismo tema, se aplicará la más favorable a la persona trabajadora.
  • Principio de condición más beneficiosa. Se deben mantener los acuerdos pactados, aunque una norma superior establece condiciones peores.
  • Principio in dubio pro operario. En el caso de que una norma se pueda interpretar de diferentes formas, se aplicará la más favorable a la persona trabajadora.
  • Principio de irrenunciabilidad de derechos. Ningún empleado o empleada puede renunciar a los derechos que le reconocen las normas.



3 Derechos de las personas trabajadoras

- Derecho a no ser discriminada.

- Derecho a un descanso remunerado.

- Derecho a cobrar de manera puntual.

- Derecho a recibir tareas que la mantengan ocupada.

- Derecho a protección de la salud.

- Derecho a formación.

- Derecho a ser promocionada (ascender) en la empresa, según los criterios del convenio.

- Derecho a elegir (y a ser elegida) representante de los trabajadores para el centro de trabajo.

- Derecho a participar en la negociación del convenio, a través de los representantes de los trabajadores.

- Derecho a la huelga y a reunirse en el centro de trabajo.

- Derecho a reclamar ante la jurisdicción laboral.

- Derecho a afiliarse a un sindicato.

Obligaciones de la persona trabajadora

- Deber de obediencia. Se deben obedecer las órdenes. Por ejemplo, el personal ha de usar los medios de protección que le asignen [botas, guantes, cascos...) incluso aunque le resulten incómodos. Solo pueden desobedecer las órdenes ilegales, peligrosas o que afecten a la vida privada o atenten contra la dignidad personal. Si no se está de acuerdo con un mandato, hay que acatarlo y luego reclamar en el Juzgado de lo Social.

- Deber de buena fe. No se debe actuar en contra de los intereses de la empresa. Por ejemplo, no se pueden desvelar secretos, trabajar para la competencia ni percibir pagos de la clientela a espaldas de la empresa.

- Deber de diligencia. Hay que ser eficaz y productivo. Por ejemplo, realizar el trabajo con rapidez y cuidado.

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