Derecho Internacional Público: Organizaciones, Responsabilidades y Protección de Individuos
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Organizaciones Internacionales (OI)
Son asociaciones voluntarias de Estados establecidas por acuerdo internacional, dotadas de órganos permanentes, propios e independientes.
Clasificaciones
- Organizaciones universales o abiertas y cerradas.
- Organizaciones con fines generales y con fines específicos.
Órganos Comunes
- Asamblea
- Uno o más Consejos
- Secretaría u Oficina Permanente
Organización de las Naciones Unidas (ONU)
Órganos Principales
- Asamblea General (AGNU): Órgano plenario donde están representados todos los Estados miembros, con igual derecho a voto. Sus decisiones no son jurídicamente vinculantes, pero tienen gran peso político. Quórum: mayoría de votos, excepto para decisiones del artículo 18, inciso 2º (mayoría de dos tercios).
- Consejo de Seguridad (CSNU): Toma decisiones obligatorias en materia de seguridad. Miembros: 5 permanentes (Estados Unidos, Rusia, Reino Unido, Francia y China) y 10 no permanentes (distribución geográfica). Decisiones: voto afirmativo de 9 miembros (de 15).
- Consejo Económico y Social (ECOSOC): Órgano intergubernamental subordinado a la Asamblea General y al Consejo de Seguridad. Decisiones: mayoría de miembros votantes (54), con tendencia al consenso.
- Secretaría General (SGNU): Compuesta por un Secretario General y personal. Funciones políticas (llamar la atención del Consejo de Seguridad) y administrativas (presupuesto, personal).
Principios de la ONU
- Igualdad soberana.
- Cumplimiento de las obligaciones contraídas.
- Arreglo pacífico de las controversias.
- Abstención de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza.
- Ayuda de los miembros en acciones conforme a la Carta.
- Estados no Miembros deben actuar conforme a estos principios.
- No intervención en asuntos internos de los Estados.
Protección Internacional del Individuo
Sistemas Internacionales de Protección de Derechos
Carácter subsidiario: Los mecanismos internacionales de protección de los Derechos Humanos (DDHH) solo funcionan cuando el Estado no puede o no quiere proteger los derechos, tras agotarse los recursos internos.
Sistema Universal: Creado bajo la ONU, ante los "órganos de vigilancia de los tratados" (cuasijurisdiccionales).
Controversias Internacionales
Desacuerdo sobre un punto de derecho o de hecho, una contradicción de tesis jurídicas o de intereses entre dos personas.
Principios
- Obligación de arreglo pacífico.
- Libre elección del medio de solución.
Medios de Solución
A) Medios políticos:
- Negociación: Principal y primer medio.
- Buenos oficios: Intervención de un tercero que acerca a las partes sin proponer soluciones.
- Mediación: Intervención de un tercero que presenta propuestas.
- Investigación: Aclara los hechos que motivan la disputa (facultativa).
- Conciliación: Investigación y propuesta de solución por una comisión.
B) Medios jurisdiccionales:
- Arbitraje: Resolución por jueces elegidos por las partes, basado en el respeto del derecho.
- Arreglo Judicial: Jueces independientes preestablecidos, procedimiento preestablecido, sentencias obligatorias basadas en el Derecho Internacional (DI).
Corte Internacional de Justicia (CIJ) - Procedimiento
- Demanda.
- Traslado de la demanda a la otra parte.
- Reunión de agentes para agenda.
- Posible memoria del demandante y contramemoria del demandado.
- Posible réplica y dúplica.
- Audiencias.
- Deliberación.
- Sentencia.
Régimen de Responsabilidad Internacional
Responsabilidad por Hechos Internacionalmente Ilícitos
- Elemento subjetivo: Comportamiento (acción u omisión) de un órgano del Estado en ejercicio de prerrogativas de poder público.
- Elemento objetivo: Infracción de una obligación internacional.
Circunstancias que Excluyen la Ilicitud
- Consentimiento del Estado lesionado.
- Legítima defensa.
- Contramedidas.
- Fuerza mayor.
- Situación de peligro extremo.
- Estado de necesidad.
Responsabilidad Internacional Estatal por Riesgo
Deber de reparar el daño causado, incluso actuando conforme al Derecho Internacional.
Responsabilidad de los Individuos
Por comisión de delitos o crímenes contra la paz y la seguridad de la humanidad.
Vías para perseguir esta responsabilidad:
- Jurisdicción universal: Reconocimiento en el ordenamiento penal interno para perseguir crímenes graves del derecho internacional (ej. caso Pinochet).
- Tribunales penales internacionales: Tribunales ad-hoc y Corte Penal Internacional (Estatuto de Roma de 1998).
Excepciones al Principio del No Uso de la Fuerza
- Acción individual o colectiva a través del CSNU en el marco del Sistema de Seguridad Colectiva (SSC).
- Legítima Defensa: Ante un ataque armado. Condiciones: Necesidad, Proporcionalidad, Inmediatez, Provisionalidad y Subsidiariedad.
Protección de las Personas en Conflicto
Derecho Internacional Humanitario (DIH)
Normas internacionales (convencionales o consuetudinarias) que restringen, por razones humanitarias, el derecho de las partes en conflicto armado (internacional o no) a usar medios de guerra, y protegen a personas y bienes afectados.
Refugiado
Persona que, debido a fundados temores de persecución (raza, religión, nacionalidad, grupo social, opiniones políticas), se encuentra fuera de su país y no puede o no quiere acogerse a su protección, o carece de nacionalidad y no puede o no quiere regresar al país de su residencia habitual.