El Derecho a la Igualdad en Argentina: Fundamentos y Artículo 16 Constitucional

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¿Qué es el Derecho a la Igualdad?

El derecho a la igualdad es el derecho que tienen todos los que se hallan en una misma situación a recibir el mismo trato sin otorgar privilegios que beneficien a algunos o imponer condiciones que perjudiquen a otros. El artículo 16 de la Constitución Nacional explica de una manera directa el derecho a la igualdad. En él se consagra el principio de la igualdad ante la ley o igualdad jurídica: “La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre ni de nacimiento”. Con esta declaración, el artículo 16 consagra la idea de que todos los habitantes son iguales, al prohibir expresamente todo tipo de privilegios. El artículo 16 también hace referencia a la abolición de los títulos de nobleza en nuestro país. Con la supresión de estos, los constituyentes quisieron subrayar una vez más el principio de la igualdad de todos sus habitantes. Estos títulos ya habían sido prohibidos por la Asamblea General Constituyente del Año XIII, medida que fue ratificada en 1853.

¿Qué se entiende por Prerrogativas?

Se entiende por prerrogativas cualquier tipo de privilegio que pueda recibir una persona, en este caso, por razones familiares o por su nacimiento. Antiguamente, el primer hijo de un matrimonio, según las leyes de mayorazgo, era el único heredero de los bienes familiares en desmedro o perjuicio de sus hermanos menores.

¿Qué eran los Fueros Personales?

Eran privilegios que tenían los integrantes de determinados sectores de la sociedad (como militares, eclesiásticos, los nobles, etc.) de ser juzgados por tribunales especiales conformados por sus colegas o sus pares, y no por tribunales de justicia comunes.

¿Qué es la Igualdad ante la Ley?

El principio de la igualdad ante la ley sostiene que, en un Estado determinado, las normas son las mismas para todos sus habitantes y que, por lo tanto, estos deben ser considerados de la misma manera por las leyes. Esta igualdad, también llamada igualdad jurídica, coloca a todas las personas en iguales condiciones para exigir sus derechos y para cumplir con sus obligaciones. Todos los ciudadanos serán considerados iguales, y las únicas diferencias admitidas son las que se fundan en el mérito de cada persona.

La igualdad ante la ley supone también el hecho de que todos los habitantes son iguales en el caso de tener que resolver una cuestión ante los tribunales de justicia o ante cualquier organismo del Estado. En un sistema democrático, el reconocimiento y el respeto de la noción de igualdad ante la ley son requisitos indispensables, ya que si se entiende que el pueblo elige a sus representantes mediante el voto, todas las personas tienen el mismo derecho a expresar sus opiniones y a participar en la toma de decisiones.

La igualdad ante la ley no significa que todas las personas sean iguales en el sentido de ignorar las diferencias naturales o culturales de cada uno. Se trata, por el contrario, de establecer que todos los habitantes de un Estado, más allá de sus características personales, deben respetar las mismas leyes y son titulares.

El Artículo 16 de la Constitución Argentina y su Impacto en la Igualdad

El artículo 16 de la Constitución Nacional profundiza en la aplicación práctica de la igualdad. Establece textualmente:

“Todos sus habitantes son iguales ante la ley y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad”.

Esto significa que todos los habitantes deben ser admitidos en los empleos sin discriminación, y que la única razón válida para limitar este acceso es la idoneidad. La idoneidad es la capacidad que tiene una persona para desempeñar una tarea determinada. Si alguien no está preparado para ejercer una función y no es admitido por ello, no se puede decir que ha sido discriminado.

Además, el artículo 16 establece que:

“la igualdad es la base del impuesto y las cargas públicas”.

La igualdad en materia impositiva no significa que todas las personas deban pagar el mismo monto en concepto de impuestos. No sería justo que una persona con bajos ingresos pague la misma suma que una persona con ingresos altos. Lo que se plantea en la Constitución es que deben tratarse por igual a las personas que se hallan en las mismas condiciones. En esto consiste el principio de igualdad fiscal.

Las obligaciones impositivas deben calcularse en función de la capacidad contributiva, es decir, la situación económica y patrimonial de cada contribuyente. Las cargas públicas que se mencionan en el artículo 16 son las tareas o servicios que todos los habitantes están obligados a prestar al Estado, a los que no pueden negarse a cumplir en caso de ser exigidos y sin recibir remuneración por ellos. Son ejemplos de carga pública ser autoridad en una mesa electoral.

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