Derecho de Familia y Personas

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Personas y Familia

Un sujeto derecho (sinónimo de persona) es quien puede participar en relaciones jurídicas. Existen personas físicas o jurídicas. Son personas físicas todos los individuos de la especie humana. Todos somos personas físicas, sin ningún tipo de distinción por raza, nacionalidad ni religión. Personas Jurídicas colectivo de individuos que se organizan para alcanzar ciertos fines siempre con el reconocimiento o autorización del Estado. Ej, clubes, asociaciones, fundaciones. Cuando varias personas se agrupan, la persona jurídica debe ser reconocida por el Estado.

Institutos de Representación

1. Patria potestad(Para menores): Conjunto de derechos y deberes que la ley atribuye a los padres en la persona y los bienes de sus hijos menores de edad. 2. Tutela(Para menores): La guarda de la persona y bienes del menor que no está bajo patria potestad ni se haya habilitado por algún medio legal para administrar su situación 3. Curatela(Para mayores): Se diferencia de la tutela en que es para las personas mayores de edad que son incapaces.

Concepto de Familia

Concepto sociológico: La familia es como una institución permanente que se integra por personas cuyos vínculos nacen de la unión intersexual de la procreación y del parentesco. Definición jurídica: Es un grupo formado por la pareja, sus ascendientes, sus descendientes, así como por otras personas unidas a ellos por vínculos de sangre, matrimonio, concubinato o civiles, a los que el ordenamiento positivo impone deberes y obligaciones.

Tipos de Capacidad

● Capacidad de goce: es la aptitud que una persona tiene para adquirir derechos y contraer obligaciones. Es universal. ● Capacidad de ejercicio: es la aptitud de una persona para ejercer personalmente tales derechos y cumplir las obligaciones. Es restringida a los mayores y mentalmente capaces. La ausencia de capacidad de goce y ejercicio se remedia con los institutos de representación

Derecho de Familia

Conjunto de normas e instituciones jurídicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los miembros que integran la familia.

Estado Civil

El estado civil es la calidad de un individuo en cuanto lo habilita para ejercer ciertos derechos o contraer ciertas obligaciones. Es la situación personal en la que se encuentra una persona física en un determinado momento de su vida. El estado civil de un individuo es determinado por la edad, la filiación, y el matrimonio.

Características del Estado Civil

Inherente a la persona humana. Solamente las personas físicas poseen estado civil. Es propio del ser humano y lo acompaña desde el nacimiento hasta la muerte. Es personal, ya que no puede separarse de la persona humana, y una vez adquirido no puede modificarse, salvo por los medios que fije la ley.

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Protección de la Familia

La familia está protegida constitucionalmente por el hecho de ser un grupo social y no sólo un mero contrato civil. Hay distintas normas jurídicas de nuestro país que regulan la familia. Algunas internas, otras internacionales.

Normativas Internas e Internacionales

Internas: Constitución, Código civil, Código de la niñez y la adolescencia, Otras leyes específicas. Internacionales: Pacto de San José de Costa Rica, Convención de los derechos del niño.

Parentesco y Adopción

Sistema integrado de las personas en la familia que sigue determinadas normas. Tipos de parentesco: consanguíneos. Adopción: incorporación de un hijo que no desciende de sus padres pero que por mandato de la ley es incluido a la familia.

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Filiación

Legítimo/matrimonial; coincide el vínculo biológico con el jurídico, natural/extramatrimonial: no coincide el vínculo biológico con el jurídico. Reconocimiento de la criatura: voluntario, forzoso requiere sentencia judicial. El padre tiene obligaciones: pensión alimentaria, apellido, derecho sucesorio. Adoptiva: acto jurídico exclusivo del individuo.

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