Derecho: Conceptos, Fuentes, Ramas y Aplicación en el Ámbito Agrario Venezolano

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¿Qué es el Derecho?

El derecho es el conjunto de normas jurídicas que rigen la conducta de una sociedad. Estas normas son de obligatorio cumplimiento y emanan, principalmente, del poder legislativo.

Poderes en Venezuela

En Venezuela, el poder público se divide en:

  • Legislativo
  • Judicial
  • Moral (Ciudadano)
  • Electoral

El Derecho: Conjunto de normas jurídicas de carácter obligatorio. Antes de la codificación de las leyes, las costumbres eran la principal fuente de regulación social.

Niveles de Normas Jurídicas

Las normas jurídicas pueden ser emanadas por diferentes niveles de gobierno:

  • Nación: A través de la Asamblea Nacional (Leyes).
  • Estado: Mediante los Consejos Legislativos Estadales (Leyes Estadales).
  • Municipio: A través de los Concejos Municipales (Ordenanzas).

Fuentes del Derecho

Las fuentes del derecho son los orígenes de donde emanan las normas jurídicas:

Fuentes Materiales (de Producción)

  • Poder Legislativo: Produce las leyes a través de los órganos competentes.
  • Poder Ejecutivo: Cumple y hace cumplir las leyes. Puede emitir:
    • Reglamentos
    • Decretos (emanados del Presidente)
    • Resoluciones (emanadas de los Ministros)

Fuentes Formales (de Interpretación)

Ayudan a comprender y aclarar las leyes:

  • Jurisprudencia: Criterios reiterados establecidos por los jueces en sus sentencias, que sirven de referencia para resolver casos similares.
  • Doctrina: Opiniones y estudios de expertos en la materia (juristas, académicos, etc.).

El Derecho implica: Análisis, interpretación y aplicación de las normas.

Costumbre como fuente

La costumbre, como práctica reiterada y aceptada por la comunidad, puede ser considerada fuente del derecho, especialmente cuando la ley no regula una situación específica.

Tratados Internacionales

Son acuerdos entre diferentes países. Para ser obligatorios en Venezuela, deben ser ratificados por la Asamblea Nacional. Constituyen fuente de derecho a nivel internacional.

Sujetos del Derecho

Los sujetos del derecho son las personas (naturales o jurídicas) a quienes se aplican las normas.

Ramas del Derecho

El derecho se divide en diversas ramas, según la materia que regulan:

  • Penal
  • Mercantil
  • Civil
  • Laboral
  • Agrario, entre otras.

Ramas Principales del Derecho

Tradicionalmente, se distinguen dos grandes ramas:

  • Derecho Público: Regula las relaciones entre el Estado y los particulares, o entre los órganos del Estado. Ejemplo: Solicitud de tierras al Instituto Nacional de Tierras (INTI).
  • Derecho Privado: Regula las relaciones entre particulares (personas naturales o jurídicas). Ejemplo: Contratos de compraventa de productos agrícolas.

Derecho Agrario

Es la rama del Derecho que regula las relaciones jurídicas relacionadas con la actividad agraria. Su objetivo es ajustar estas relaciones a los principios de justicia social, promoviendo una Reforma Agraria Integral que impulse la producción agrícola y una distribución equitativa de la propiedad agraria.

Sujetos del Derecho Agrario

Son aquellos individuos o grupos que participan en la actividad agrícola:

  • Campesino: Persona que reside y trabaja en el campo para su subsistencia, ya sea para consumo propio o para comercializar sus productos. Tradicionalmente, se asocia con roles de género (hombres trabajando la tierra, mujeres en el hogar), aunque esta visión está cambiando.
  • Familia Rural: Grupo familiar con lazos de consanguinidad o afinidad que conviven y trabajan en la agricultura para su subsistencia. Las mujeres suelen participar en la venta de productos o derivados.
  • Productores: Realizan actividades agrícolas con mano de obra contratada y pueden desarrollar otras actividades económicas. Suelen pertenecer a organizaciones asociativas o corporativas.

Artículo 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

"Se garantiza el derecho de propiedad. Toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes. La propiedad estará sometida a las contribuciones, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés general. Sólo por causa de utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes."

Este artículo establece los derechos y limitaciones del derecho de propiedad:

  • Uso: Utilizar los bienes según las necesidades del propietario.
  • Goce: Disfrutar de los beneficios que producen los bienes.
  • Disposición: Vender, prestar, alquilar o donar los bienes.

Bienes

Son cosas materiales o inmateriales que sirven para satisfacer necesidades:

  • Bienes Materiales: Tangibles (casa, carro, ropa).
  • Bienes Inmateriales: Intangibles (logotipos, programas, derechos de autor).
  • Bienes Muebles: Se pueden mover (muebles, vehículos).
  • Bienes Inmuebles: Adheridos al suelo, no se pueden mover sin destruirse (edificios, terrenos).

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