Derecho Comunitario: Instituciones, Libertades y Políticas de la Unión Europea

Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 10,9 KB

La Unión Europea

1. Libertades Fundamentales de la Unión Europea

  • Libre circulación de personas: Todos los ciudadanos de la Unión podrán ejercer su actividad donde deseen.
  • Libre circulación de mercancías: Cualquier producto o mercancía puede circular libremente de un país a otro, si bien deberá ajustarse a las normas comunitarias sobre higiene, medidas de seguridad, etc.
  • Libre circulación de capitales: Se permite invertir dinero en cualquier país europeo, si bien se establecen algunas limitaciones. Para facilitar la libre circulación de capitales se crea la Unión Económica y Monetaria.
  • Libre circulación de establecimientos y servicios: Desaparecen los monopolios tradicionales reservados a empresas públicas nacionales.

2. Instituciones de la Unión Europea

Institución

Funciones

Actuaciones principales

El Consejo

Legislativa

Elaboración del derecho comunitario

Reglamentos: se imponen directamente a los Estados.

Directivas: establecen objetivos obligatorios comunes que cada Estado debe desarrollar en su legislación.

La Comisión

Ejecutiva

Iniciativa legislativa

Administra la UE y propone al Consejo las normativas comunitarias.

El Parlamento

Consultiva

Presupuestaria y de control

Dictámenes: explican una opinión.

Recomendaciones: instrumentos indirectos para armonizar las legislaciones nacionales.

El Tribunal de Justicia

Judicial

Interpreta el derecho comunitario: los tratados y la legislación comunitaria.

El Tribunal de Cuentas

Control presupuestario comunitario

Información anual del presupuesto.

Declaración sobre la finalidad de las cuentas.

Comité Económico y Social

Representante (empresarial, sindical y profesional)

Consultiva

Dictámenes sobre asuntos económicos y sociales.

Comité de las Regiones

Presenta a las regiones y entidades locales.

Dictámenes sobre asuntos de interés regional: educación, cultura, sanidad, cohesión económica y social, transporte, etc.

3. El Parlamento Europeo

Representa a los pueblos de los Estados y sirve para controlar al resto de instituciones. Los diputados se agrupan según sus afinidades políticas (socialistas, etc.). A diferencia de lo que ocurre en los Estados, el Parlamento no es el encargado de hacer las leyes, tarea que corresponde al Consejo.

Sin embargo, estudia y debate toda propuesta de legislación comunitaria.

Hay dos órganos:

  • El Consejo Europeo: Está formado por los jefes de Gobierno de los países miembros, que se reúnen por lo menos dos veces al año y toman sus decisiones por unanimidad.
  • El Consejo de Ministros: Es el principal órgano de decisión de la Unión que aprueba la legislación comunitaria. Está compuesto por los ministros de los países miembros afectados por la decisión a tomar.

La presidencia del Consejo de Ministros la ejerce cada país miembro por turnos de 6 meses.

4. La Comisión Europea

Representa el interés común europeo: es el motor comunitario por su derecho de iniciativa legislativa, por su condición de órgano ejecutivo y por constituir la administración comunitaria.

Está formado por 20 comisarios designados por los Estados por un periodo de 5 años. Los comisarios actúan con total independencia de los gobiernos. Así, la Comisión defiende los intereses comunes de Europa, aunque en algún caso pueda ir en contra de los intereses de un Estado.

5. El Tribunal de Justicia

Asegura el respeto a los tratados y a la legislación europea. El Tribunal de Justicia juzga todos los litigios (cuando hay un conflicto entre dos personas) que puedan surgir en la aplicación del derecho comunitario. A este tribunal pueden acudir tanto los gobiernos como los particulares.

Actúa como cualquier otro Tribunal. El Tribunal de Justicia puede anular una medida tomada por una institución comunitaria o un gobierno de un país miembro si aquella contradice lo dispuesto en algún tratado.

6. Políticas y Fondos Europeos

  • Las Políticas Europeas: Además del mantenimiento de la Política Agrícola Común (PAC), se establecen políticas comunes en diversas materias. Por ejemplo, en materia de transporte (autovías, ferrocarriles, AVE, redes de comunicación telefónicas, etc.) o políticas comunes de emigración y asilo.
  • Fondos Estructurales: Son los instrumentos europeos para lograr el desarrollo económico y social de los países miembros. Como objetivos de estos fondos serían, por ejemplo:
  1. Fomentar el desarrollo regional.
  2. Impulsar a las regiones industriales.
  3. Facilitar la adaptación de los trabajadores a los cambios industriales y a la evolución de los sistemas productivos.

7. Las Ayudas Europeas a las Empresas

Son ayudas a las inversiones de empresas. Básicamente hay dos grupos principales:

  1. Inversiones empresariales en sentido general: Se puede financiar desde proyectos de investigación hasta la propia comercialización o exportación de productos.
  2. Financiación de infraestructuras: Tanto de transporte como de formación, edificios, equipamientos, instalaciones y otras relacionadas con la actividad empresarial.

La Administración Estatal

1. Derecho

Se denominan así las normas que se imponen obligatoriamente, sancionándose su incumplimiento.

2. Normas Jurídicas

Son las que constituyen el denominado Derecho, que tiene distintas normas: derecho civil, penal, mercantil, etc.

3. Normas Morales o Éticas

Son aquellas que solo afectan a la conciencia individual, ya que no se puede pretender que todos los individuos tengan idénticas reglas de conducta.

4. El Estado Democrático de Derecho

Nuestro régimen político tiene tres características:

  1. Una serie de derechos fundamentales de los ciudadanos.
  2. La división de poderes.
  3. La primacía absoluta de la ley.

4.1. Derechos Fundamentales

  • La igualdad ante la ley.
  • El derecho a la vida.
  • La libertad ideológica y religiosa.
  • El derecho a la intimidad y a la inviolabilidad.
  • El derecho de reunión, de asociación, la libertad de expresión, etc.

Además, reconoce el derecho a la propiedad y el derecho al trabajo.

5. El Poder Ejecutivo: El Gobierno

El Gobierno dirige la política interior y exterior, la administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva de acuerdo con la Constitución y las leyes.

6. Los Órganos del Gobierno

  • El Presidente del Gobierno: ocupa una situación preeminente respecto al conjunto del Gobierno.
  • Vicepresidente: Es un órgano de apoyo al Presidente y normalmente lo sustituye en caso de ausencia.
  • Los Ministros: Cada uno dirige un departamento de la administración, aunque alguno puede que no tenga un departamento concreto.

Entradas relacionadas: