Derecho civil y mercantil: fuentes, normas, procedimientos y la empresa como ente jurídico y económico
Enviado por Chuletator online y clasificado en Derecho
Escrito el en
español con un tamaño de 11,56 KB
Derecho: conceptos, funciones, fuentes y relación con la empresa
El derecho es el conjunto de normas y principios inspirados en la justicia y el orden que regulan la convivencia social. Estas normas son obligatorias y, si no se cumplen voluntariamente, el Estado puede imponerlas y sancionar su incumplimiento. El derecho se caracteriza por su normatividad, bilateralidad, imperatividad y coercibilidad. Entre sus funciones destacan orientar la conducta social, resolver conflictos, promover la justicia y organizar el poder social.
El derecho se divide en derecho público y derecho privado. El derecho público regula las relaciones entre los ciudadanos y el Estado e incluye ramas como el derecho constitucional, administrativo, penal, tributario, procesal e internacional público. El derecho privado regula las relaciones entre particulares e incluye el derecho civil, mercantil, laboral e internacional privado.
Fuentes del derecho
Las fuentes del derecho son los medios a través de los cuales se crean las normas jurídicas. En sentido material, son los órganos que elaboran las normas; en sentido formal, son los tipos de normas. Las fuentes formales se clasifican en directas e indirectas.
- Fuentes directas primarias: la Constitución, las leyes y los reglamentos, siendo la Constitución la norma suprema del ordenamiento jurídico.
- Fuentes directas subsidiarias: la costumbre y los principios generales del derecho.
- Fuentes indirectas: complementan el sistema jurídico e incluyen la jurisprudencia, los tratados internacionales y la doctrina científica.
Para aplicar las normas se siguen principios como la jerarquía normativa, la competencia, el principio cronológico y el de especialidad.
Normas jurídicas
Las normas jurídicas son mandatos que regulan el comportamiento social, otorgando derechos y estableciendo deberes. Se caracterizan por ser heterónomas, bilaterales, coactivas y externas. Toda norma jurídica contiene un sujeto jurídico, un objeto, una relación jurídica, una consecuencia jurídica y una finalidad. Las normas pueden clasificarse según distintos criterios, como su obligatoriedad, duración, ámbito territorial o grado de flexibilidad.
Procedimiento de elaboración y publicación de normas
El procedimiento de elaboración de las leyes estatales comienza con la iniciativa legislativa, continúa con la tramitación en el Congreso y el Senado, y finaliza con la sanción del Rey y la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Los reglamentos siguen un procedimiento administrativo propio y los tratados internacionales deben ser aprobados por las Cortes y publicados para formar parte del ordenamiento jurídico.
Para que una norma sea válida debe ser pública, por lo que se publica en boletines oficiales como el BOE, los boletines autonómicos y provinciales, y el Diario Oficial de la Unión Europea, entre otros.
7. La empresa como ente jurídico y económico
La empresa es una unidad de organización dedicada a actividades industriales, mercantiles o de prestación de servicios con el objetivo de obtener un beneficio económico. Para ello, combina y organiza recursos humanos, materiales e inmateriales. El fin lucrativo es el rasgo que distingue a la empresa de otras organizaciones como asociaciones, ONG o fundaciones.
La empresa como ente jurídico
Desde el punto de vista jurídico, la empresa debe adoptar una forma jurídica que le permita actuar legalmente en el tráfico económico. Esta forma determina aspectos fundamentales como la responsabilidad del empresario, el capital necesario, la fiscalidad y la organización interna.
Las principales formas jurídicas son:
- Empresario individual o autónomo, donde el titular responde con su patrimonio personal.
- Sociedades personalistas, como la sociedad civil o la comunidad de bienes, basadas en la relación personal entre los socios.
- Sociedades mercantiles, como la sociedad anónima y la sociedad limitada, que tienen personalidad jurídica propia y limitan la responsabilidad de los socios.
- Sociedades especiales, como las cooperativas y las sociedades laborales, con características y finalidades específicas.
La empresa como ente económico
Desde el punto de vista económico, la empresa se clasifica según distintos criterios:
- Según el sector de actividad: sector primario, secundario y terciario.
- Según su tamaño: teniendo en cuenta el número de trabajadores, el volumen de ventas y el volumen de activo, distinguiéndose microempresas, pymes, medianas y grandes empresas.
- Según la titularidad del capital: empresas privadas, públicas o mixtas.
- Según su ámbito territorial: locales, regionales, nacionales, comunitarias, transnacionales o multinacionales.
5. Explica el principio de jerarquía normativa
El principio de jerarquía normativa establece que las normas de rango inferior no pueden contradecir a las de rango superior. En la cúspide se encuentra la Constitución, seguida de las leyes y, por debajo, los reglamentos.
7. Explica el procedimiento de elaboración de las leyes estatales
El procedimiento legislativo comienza con la iniciativa legislativa, continúa con la tramitación y aprobación en el Congreso de los Diputados, pasa al Senado para su revisión y finaliza con la sanción del Rey y la publicación en el Boletín Oficial del Estado.
3. Explica la relación entre el derecho civil y el derecho mercantil
El derecho civil y el derecho mercantil son ramas del derecho privado y están estrechamente relacionadas. El derecho mercantil regula la actividad empresarial y comercial, mientras que el derecho civil regula los derechos personales y patrimoniales de las personas.
El derecho civil actúa como norma supletoria del derecho mercantil, lo que significa que se aplica cuando una situación concreta no está regulada por normas mercantiles.
Además, el Código Civil regula actividades que quedan fuera del ámbito mercantil, como la agricultura, la ganadería, la artesanía y el ejercicio de profesiones liberales.
Contenido repetido (copia del bloque inicial)
El derecho es el conjunto de normas y principios inspirados en la justicia y el orden que regulan la convivencia social. Estas normas son obligatorias y, si no se cumplen voluntariamente, el Estado puede imponerlas y sancionar su incumplimiento. El derecho se caracteriza por su normatividad, bilateralidad, imperatividad y coercibilidad. Entre sus funciones destacan orientar la conducta social, resolver conflictos, promover la justicia y organizar el poder social.
El derecho se divide en derecho público y derecho privado. El derecho público regula las relaciones entre los ciudadanos y el Estado e incluye ramas como el derecho constitucional, administrativo, penal, tributario, procesal e internacional público. El derecho privado regula las relaciones entre particulares e incluye el derecho civil, mercantil, laboral e internacional privado.
Fuentes del derecho (repetición)
Las fuentes del derecho son los medios a través de los cuales se crean las normas jurídicas. En sentido material, son los órganos que elaboran las normas; en sentido formal, son los tipos de normas. Las fuentes formales se clasifican en directas e indirectas. Las directas primarias son la Constitución, las leyes y los reglamentos, siendo la Constitución la norma suprema del ordenamiento jurídico. Las fuentes directas subsidiarias son la costumbre y los principios generales del derecho. Las fuentes indirectas complementan el sistema jurídico e incluyen la jurisprudencia, los tratados internacionales y la doctrina científica. Para aplicar las normas se siguen principios como la jerarquía normativa, la competencia, el principio cronológico y el de especialidad.
Las normas jurídicas son mandatos que regulan el comportamiento social, otorgando derechos y estableciendo deberes. Se caracterizan por ser heterónomas, bilaterales, coactivas y externas. Toda norma jurídica contiene un sujeto jurídico, un objeto, una relación jurídica, una consecuencia jurídica y una finalidad. Las normas pueden clasificarse según distintos criterios, como su obligatoriedad, duración, ámbito territorial o grado de flexibilidad.
Procedimiento y publicación (repetición)
El procedimiento de elaboración de las leyes estatales comienza con la iniciativa legislativa, continúa con la tramitación en el Congreso y el Senado, y finaliza con la sanción del Rey y la publicación en el BOE. Los reglamentos siguen un procedimiento administrativo propio y los tratados internacionales deben ser aprobados por las Cortes y publicados para formar parte del ordenamiento jurídico.
Para que una norma sea válida debe ser pública, por lo que se publica en boletines oficiales como el BOE, los boletines autonómicos, provinciales y el Diario Oficial de la Unión Europea, entre otros.
Derecho mercantil y derecho civil (repetición)
El derecho mercantil es la rama del derecho privado que regula la actividad empresarial y comercial y la figura del empresario. Se caracteriza por ser un derecho profesional, individualista, progresivo, internacionalizado y consuetudinario. Su contenido incluye aspectos como el estatuto del empresario, la competencia, la propiedad industrial, las sociedades mercantiles, los contratos mercantiles, el derecho bancario, concursal, de la navegación y el derecho mercantil internacional. Sus principales normas son la Constitución, el Código de Comercio, la normativa autonómica, la legislación de la Unión Europea y diversas leyes mercantiles específicas.
El derecho civil regula los derechos de las personas, su patrimonio y las relaciones familiares y sucesorias. Es una norma supletoria del derecho mercantil y se aplica cuando este no regula un supuesto concreto. El Código Civil regula la capacidad del empresario, los contratos y la responsabilidad civil, que obliga a la empresa a reparar los daños causados a terceros.
La empresa es una unidad de organización dedicada a actividades económicas con fines lucrativos. Como ente jurídico, debe adoptar una forma legal, como empresario individual, sociedades civiles, sociedades mercantiles o sociedades especiales. Como ente económico, puede clasificarse según su sector de actividad, tamaño, titularidad del capital y ámbito territorial.