Derecho Civil: Fundamentos de la Persona, Patrimonio y Contratos

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Derecho Civil: Fundamentos

El Derecho Civil es una rama del derecho privado que comprende el sistema jurídico construido en torno a la persona, el patrimonio y la familia.

Regula las relaciones de las personas, los actos jurídicos, los bienes, los contratos, la familia y las sucesiones.

Tipos de Persona

Persona Física: Creada por la naturaleza, tangible. Todo ser humano con derechos y obligaciones.

Persona Moral: Colectiva o cooperativa, intangible. Unión de dos o más personas físicas para la realización de determinados fines, titulares de derechos y obligaciones.

Atributos de la Persona

  1. Nombre
  2. Domicilio: Lugar donde se reside por más de 6 meses. Tipos:
  • Voluntario: Cada quien lo elige.
  • Legal: Designado por la ley.
  • Convencional: Designado para cumplir obligaciones.
  • Conyugal: Esposos y familia.

La ocultación del domicilio es delito.

Capacidad: Aptitud legal para ejercer derechos y obligaciones. Tipos:
  • Goce: Se adquiere con el nacimiento, tiene derechos y obligaciones.
  • Ejercicio: Aptitud para ejercer por sí mismo y cumplir obligaciones, se adquiere con la mayoría de edad en pleno uso de capacidades mentales.
Patrimonio: Bienes en valor monetario ($) que pertenecen a la persona. Nacionalidad: Vínculo de una persona a un país, por nacimiento o naturalización. Estado Civil: Si la persona es casada, soltera o divorciada.

Clasificación de Bienes

  • Muebles: Se pueden mover.
  • Inmuebles: No se mueven.
  • Fungibles: Se cambian por otro de la misma especie.
  • No Fungibles: Con características particulares.
  • Corpóreos: Se pueden ver y tocar.
  • Incorpóreos: Se aprecian con los sentidos.

Clases de Sucesiones

  1. Testamentaria: Emitido de manera libre. Dos tipos:
  • Ordinario: Público abierto, público cerrado, público modificado, ológrafo.
  • Especiales: Privado, militar, marítimo y en país extranjero.
Legítima: Testamento nulo, el testador no dispuso de todos sus bienes, el heredero muere antes, repudia la herencia.

Contratos Particulares

  • Compraventa: Se transmite la propiedad con un precio y contrato determinado.
  • Arrendamiento: Se renta, transmite el uso y goce de la propiedad por un pago.
  • Asociación: Dos o más personas se unen por un fin económico.
  • Comodato: El comodante concede gratuitamente al comodatario el uso y goce de bienes no fungibles.
  • Mutuo: El mutuante presta sin interés.
  • Mandato: Cobranzas a base de otra persona.
  • Hipoteca: El deudor se compromete a pagar y pone como garantía su propiedad.
  • Prenda: Contrato gratuito que se constituye sobre bienes muebles.
  • Prestación de Servicios Profesionales: El profesionista se obliga a trabajar con pago de honorarios.
  • Adhesión: Una de las partes propone a otra la celebración que modifique la propuesta.
  • Permuta: Las dos partes se obligan a transmitir una cosa a cambio de otra.
  • Donación: Transmite gratuitamente el dominio de una parte a otra persona.

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