Derecho Civil: Bienes, Sucesiones, Matrimonio y Familia en México
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Bienes en el Derecho Civil
Ejemplos de Bienes Inmuebles
- El suelo y las construcciones adheridas a él.
- Las plantas y árboles, mientras estuvieren unidos a la tierra, y sus frutos mientras no sean separados de ellos.
- Todo lo que esté unido a un inmueble de una manera fija, de modo que no pueda separarse sin deterioro del mismo o del objeto a él adherido.
Bienes Muebles
Estos bienes pueden trasladarse de un lugar a otro. Los bienes muebles son fungibles cuando pueden ser reemplazados por otros de la misma especie, calidad y cantidad.
Bienes del Dominio del Poder Público
Son bienes del dominio del poder público los que pertenecen a la Federación, a los estados o a los municipios. Se dividen en:
- Bienes de uso común.
- Bienes destinados a un servicio público.
- Bienes propios.
Bienes Vacantes
Son bienes inmuebles que no tienen dueño cierto y conocido. Si se encuentra un bien vacante, deberá entregarse a la autoridad municipal, quien mandará depositarlo, valuarlo y, en su caso, venderlo. El denunciante recibirá la cuarta parte del valor catastral.
Sucesiones en el Derecho Civil
Conceptos Básicos
Sucesión: Es la transmisión de todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona por causa de su muerte.
Herencia Testamentaria: Es la que se defiere por la voluntad del testador.
Masa Hereditaria: A la muerte del autor de la sucesión, los herederos adquieren derecho a la masa hereditaria.
Derecho de los Herederos: Se le denomina derecho de herederos a la muerte del de cujus al derecho que adquieren los herederos a la muerte del autor de la sucesión.
Incapacidad para Testar
Pueden estar incapacitados para testar:
- Los menores de dieciséis años.
- Los que no disfruten de su pleno juicio.
Legado
El legatario no puede aceptar una parte del legado y repudiar otra. Falso.
Legado: Es la transmisión de uno o varios bienes determinados o determinables, o la disposición de que se beneficiará con un hecho o servicio determinado, que hace en su testamento el testador a favor de una o varias personas.
Albacea
No pueden ser albaceas:
- Los magistrados y jueces.
- Los que por sentencia ejecutoriada hubieren sido removidos del cargo de albacea.
- Los que hayan sido condenados por sentencia ejecutoriada por delitos contra la propiedad.
Excusas para ser albacea:
- Los servidores públicos.
- Los militares en servicio activo.
- Los que tengan setenta años cumplidos.
Obligaciones del albacea:
- La formación de los inventarios y avalúos.
- La partición y adjudicación de los bienes.
- Las demás que le imponga la ley.
Tutela
Clases de tutela:
- Testamentaria.
- Legítima.
- Dativa.
- Voluntaria.
Testamento
Testamento: Es un acto personalísimo, revocable, libre y solemne por el cual una persona dispone de sus bienes y derechos y declara, o cumple deberes para después de su muerte.
Herencia: Es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que no se extinguen con la muerte de su titular; constituyen una universalidad jurídica a partir del día de la muerte del autor de la sucesión hasta la partición y adjudicación.
Matrimonio y Familia en el Código Civil del Estado de México
Solemnidades del Matrimonio
El matrimonio debe celebrarse con las siguientes solemnidades:
- Ante el Titular o los Oficiales del Registro Civil.
- Con la presencia de los contrayentes, en el lugar, día y hora designados.
- La lectura del acta.
Objeto del Código Civil en Relación con la Familia
El Código Civil del Estado de México tiene como objeto proteger la organización y el desarrollo integral de los miembros de la familia, basados en el respeto a su dignidad, libertad y la equidad de género.
Impedimentos para Contraer Matrimonio
Son impedimentos para contraer matrimonio:
- Falta de edad requerida por la ley.
- Trastornos mentales, aunque haya espacios de lucidez.
- El matrimonio subsistente de alguno de los contrayentes.
Obligaciones de los Cónyuges
Los cónyuges tienen las siguientes obligaciones:
- Guardarse fidelidad.
- Solidaridad.
- Dignidad.
- Respetarse en su integridad física y psicológica.
- Respetar las creencias del otro.
Domicilio Conyugal
Domicilio conyugal: Es el lugar establecido de común acuerdo en el que ambos disfrutan de una misma autoridad y de consideraciones iguales.
Educación de los Hijos
Los cónyuges, de común acuerdo, decidirán lo relativo a la educación y formación de los hijos, basados en la crianza positiva, el amor, el diálogo y el respeto, quedando prohibido el castigo corporal y el castigo humillante.
Regímenes Patrimoniales del Matrimonio
El matrimonio puede celebrarse bajo el régimen de sociedad conyugal o el de separación de bienes.
Terminación de la Sociedad Conyugal
La sociedad conyugal puede terminar por:
- La conclusión del matrimonio.
- La voluntad de los cónyuges.
- Resolución judicial que declare que el cónyuge administrador ha actuado con dolo, negligencia o una administración que amenace arruinar a su cónyuge o disminuir considerablemente los bienes comunes.
Nulidad del Matrimonio
Causas de nulidad del matrimonio:
- El error acerca de la persona con quien se contrae.
- Que el matrimonio se haya celebrado con alguno de los impedimentos señalados en este Código.
- Que se haya celebrado sin las formalidades que la ley señala.
Ilicitud del Matrimonio
Causas de ilicitud del matrimonio:
- Se ha contraído estando pendiente la decisión de un impedimento que sea susceptible de dispensa.
- No se ha otorgado la dispensa a tutores, curadores o descendientes de éstos.
- Se celebre sin que hayan transcurrido los plazos para que los divorciados puedan contraer matrimonio, o el fijado a la mujer después de la nulidad o disolución del matrimonio.
Divorcio
Clasificación del divorcio:
- Incausado.
- Voluntario.
- Administrativo.
- Notarial.
Parentesco
Parentesco por afinidad: Es el que se contrae por el matrimonio entre el cónyuge y los parientes del otro.
En la línea recta, los grados se cuentan por el número de generaciones y por el punto de partida.