El Derecho de Autonomía en España: Estructura y Funcionamiento de las Comunidades Autónomas
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El Derecho de Autonomía en España
La Constitución Española establece que el Estado se organiza en municipios, provincias y comunidades autónomas, las cuales gozan de autonomía para la gestión de sus intereses (artículo 137 de la Constitución Española). El derecho de autonomía se basa en el principio de solidaridad entre las Comunidades Autónomas (CCAA).
Las Comunidades Autónomas
En España existen 17 Comunidades Autónomas.
Estatuto de Autonomía
La norma básica que regula el funcionamiento de cada CCAA se llama Estatuto de Autonomía y tiene rango de ley orgánica. Su contenido incluye:
- El nombre de la CCAA.
- La delimitación territorial.
- La denominación de las instituciones propias.
Instituciones Autonómicas
Asamblea de la CCAA:
- Elecciones cada 4 años.
- Funciones:
- Ejerce el poder legislativo.
- Elige al Presidente de la CCAA.
- Aprueba las propuestas.
- Designa senadores autonómicos.
Consejo de Gobierno:
- Integrado por el Presidente y los Consejeros.
- Puede haber Vicepresidentes.
El Presidente:
- Elegido por la Asamblea.
Consejerías:
- Son las encargadas de administrar las competencias asumidas (educación, sanidad), similares a los ministerios.
Tribunal Superior de Justicia de la CCAA:
- Es el órgano superior de justicia en el ámbito de la comunidad autónoma, sin perjuicio de lo que dicte el Tribunal Supremo.
Otros Órganos:
- Defensor del Pueblo de la CCAA.
- Tribunal de Cuentas de la CCAA.
Tipos de Competencias
- Compartidas: Son aquellas en las que el Estado y la CCAA comparten una materia y se reparten diferentes competencias.
- Exclusivas: Son las que corresponden totalmente al Estado o a la CCAA.
- Concurrentes: Cuando el Estado y la CCAA comparten una materia, pero ejercen competencias con caracteres complementarios (ej. deporte, turismo).
Funciones de la CCAA
- Impuestos cedidos por el Estado.
- Impuestos propios, tasas y contribuciones especiales.
- Transferencias del Estado.
- Rendimientos procedentes de su patrimonio.
- Créditos.
- Emitir deuda pública.
- Multas y sanciones.
Modelos de CCAA
- Régimen Común: Basado en el principio de solidaridad.
- Régimen Foral: Navarra y País Vasco se autogestionan, liquidando y recaudando la mayoría de los impuestos (Impuesto de Sociedades, IVA e Impuestos Especiales).
Administración Local
Municipios, provincias e islas tienen autonomía, pero no política, porque no tienen potestad para legislar.
Entidades Locales
Entidades locales que pueden ser creadas por la CCAA: comunidades, área metropolitana, barrios, pedanías.
Junta de Gobierno Local
Está integrada por un máximo de un tercio del total de los regidores.
Municipios de Población
Requisitos:
- Más de 250,000 habitantes.
- Capitales de provincia con >15,000 habitantes.
- Capitales autonómicas.
- Municipios por circunstancias económicas.
- Cabildos insulares.
Estructura
Alcalde, pleno, junta de gobierno, distritos, consejo social de la comunidad, comunidades especiales, asesoría judicial.