Derecho Alimentario: Principios, Objetivos y Normativas para la Seguridad del Consumidor
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Derecho Alimentario
El derecho alimentario es el conjunto de principios, disposiciones y métodos que regula con criterios jurídicos los distintos aspectos relacionados con los alimentos, bebidas y productos alimentarios, ya sea en las áreas de producción, manipulación, elaboración, conservación, transporte, comercialización, etiquetado, publicidad, inspección, vigilancia y represión en su caso.
Objetivos
- Protección de los intereses del consumidor.
- Mantenimiento de la honradez de las transacciones comerciales.
Características Básicas del Derecho Alimentario
- Evolutivo: Las normas del derecho alimentario deben ser fácil y rápidamente adaptables a las constantes necesidades.
- Eficaz: La protección debe formularse eficazmente, asegurando la seguridad del consumo y la conservación de la salud pública.
- Intencionalidad: Depende de las autoridades locales que se actualicen y también que exista concordancia con organismos internacionales.
- Bilateralidad: No se localiza ni se agota en el propio consumidor, sino que debe extenderse al producto.
Concepto de Bromatología
Etimológicamente viene de "broma" (alimentos) y "logia" (estudio). Es la ciencia que estudia los productos alimenticios, su composición, propiedades y valor nutritivo. Es el análisis y control de calidad de los alimentos.
Capítulo 1, Sección 1
- 1.1 Alimento: Es toda sustancia elaborada o semielaborada que se destina al consumo humano, no incluye cosméticos, tabaco ni medicamentos.
- 1.2 Alimento natural: Es el que se presenta tal como se encuentra en la naturaleza, sin haber sido sometido a ningún proceso de elaboración.
- 1.3 Alimento semielaborado: Es un producto intermedio entre alimento natural y elaborado.
- 1.4 Alimento elaborado: Es el que ha sido sometido a un procedimiento de elaboración que modifica su composición.
- 1.5 Materia prima: Toda sustancia que para ser utilizada como alimento necesita sufrir transformaciones físicas, químicas o biológicas.
- 1.20 Producto genuino: Es el que se ajusta a todas las especificaciones establecidas por las disposiciones vigentes.
- 1.21 Alimento genuino: Es el alimento que es considerado genuino y debe tener todas las características que establece el envase.
- 1.22 Alimento no genuino: No corresponde a lo establecido, o sea, falsificado, adulterado, contaminado o mal rotulado.
- 1.24 Alimento adulterado: Es aquel cuyas características difieren del genuino.
- 1.23 Alimento falsificado: Es aquel que tiene apariencias y características de uno genuino, pero no procede del mismo fabricante declarado.
Capítulo 5: Requisitos Higiénicos para la Manipulación de Alimentos
- Habilitación y registro: Toda empresa alimentaria deberá satisfacer las exigencias establecidas sin prejuicio.
Características Constructivas e Higiénicas de Empresas Alimentarias
- 5.2.1 Debe reunir las condiciones indispensables como olores, humo, polvo y otros contaminantes ambientales.
- 5.2.2 No se permite el emplazamiento de empresas alimentarias en zonas declaradas insalubres.
- 5.2.3 Construcciones sólidas que impidan la entrada a insectos, aves, roedores o parásitos de cualquier tipo.
- 5.2.4 Deberán proyectarse de modo que puedan limpiarse concretamente y con facilidad.
- 5.2.5 Deberán estar bien iluminados y ventilados.
- 5.2.6 La instalación eléctrica será empotrada o exterior, recubierta por caños aislantes y adosados a paredes y techos.
- 5.2.7 Los pisos tendrán el declive necesario para la evacuación del agua a la hora de lavarlos.
- 5.2.8 Las paredes deberán impermeabilizarse adecuadamente con azulejos, pintura lavable, baldosas, hasta 2 metros de altura en cada nivel de trabajo, zócalo sanitario y eliminar los ángulos rectos.
- 5.2.10 Entrada prohibida a gatos, perros u otros animales.
- 5.2.14 Se dispondrá de recipientes adecuados a número y capacidad suficiente para verter los residuos.
Servicios Sanitarios
Es obligatorio disponer de servicios sanitarios que no tengan comunicación directa con los lugares destinados a la manipulación. Debe haber lavatorios provistos de jabón, toallas descartables, etc. Servicio sanitario por sexo.
Suministro de Agua
Las empresas alimentarias en zonas donde no exista abastecimiento deberán crear sistemas de tratamiento. Los tanques de almacenamiento y distribución de agua deben cumplir la norma UNIT correspondiente y serán sometidos a limpieza en plazos mayores a 6 meses.
En los casos de existencia de depósitos de agua subterráneos, deberá certificarse su potabilidad cada 6 meses como mínimo.
Manipulación de Alimentos
Es el conjunto de procedimientos alimentarios llevados a cabo empleando las manos o diversos útiles en contacto directo con el alimento.
Queda Prohibido
- A) La manipulación de alimentos que no posean la calidad de genuinos.
- B) Manipular alimentos en forma que se considere peligrosa para la salud del consumidor.
- C) Manipular alimentos en locales que no hayan sido habilitados.
- D) Realizar procedimientos alimentarios que puedan contribuir a ocultar o disimular el uso de ingredientes no genuinos.
- E) La reutilización para elaborar alimentos sobrantes o residuos de preparaciones anteriores.
El lugar donde se manipulen alimentos estará separado de aquellos que se utilicen como vivienda o para asiento de otras reparaciones que se consideren fuentes contaminantes.
Personal que Manipula Alimentos
- Debe poseer carnet de salud vigente y carnet de manipulación.
- No se puede manipular alimento y a la vez dinero.
- Las personas que tengan enfermedades en la piel, ojos o respiratorias, no podrán manipular alimentos.
- Condiciones de higiene aceptables.
- Ropa clara y limpia.
- Uso de gorro o cofia.
- Cuidadoso lavado de manos y antebrazos.
- No se puede comer chicle, fumar ni salivar.
Útiles Alimentarios
Equipo manual o mecánico que utilizamos para manipular alimentos.
- Deben presentar superficies lisas y sin deterioros.
- No deben ser de material tóxico ni ser atacable por los alimentos.
- Debe resistir repetidas operaciones de limpieza.
Rotulaciones
Todo alimento que se comercialice en el territorio nacional deberá ser rotulado de acuerdo a los principios generales establecidos por el reglamento bromatológico.
Información Obligatoria
- Denominación de la venta de alimentos.
- Lista de ingredientes.
- Contenido neto.
- Identificación del lote.
- Fecha de duración.
- Preparación e instrucciones de uso.
Fraccionamiento de Alimentos
Se divide y acondiciona un alimento a los efectos de su distribución.
- El fraccionamiento en empresas no elaboradoras debe llevarse a cabo en locales que cumplan los requisitos.
- Lo mismo se exige para fraccionamiento en comercios.
- Queda prohibido fraccionar en locales que se manipulan productos alimentarios.
Fraccionamiento Industrial
- Se podrá realizar cuando se efectúe por parte de un importador de alimento.
- Cuando se efectúa por una empresa no elaboradora importadora de alimento, previo a la distribución de los mismos, tanto nacionales como importados.
- En todos estos casos debe ser envasados y rotulados.
Fraccionamiento en Comercios
Es el que se realiza en el propio comercio en envases autorizados, con rotulación obligatoria: fecha, día, mes, año y fecha de vencimiento. Los alimentos que se fraccionen en el momento de la entrega y a la vista del consumidor deberán contar con área adecuada y habilitada por bromatología.
Alimentos que se Pueden Fraccionar
Mermeladas, dulces, quesos, frutas secas, vegetales confitados, café, cacao, cocoa, coco rallado.
Alimentos que No se Pueden Fraccionar
Manteca, margarina, ricota, crema de leche, pastas frescas rellenas, conserva de tomates.
Ordenanza Municipal
- Los alimentos que sean introducidos en Montevideo para ferias, exposiciones y otros eventos no podrán ser entregados al consumidor hasta ser autorizados por el Servicio de Regulación de Alimentos.
Cometidos y Funciones del Servicio de Regulación Alimentaria
El Servicio de Regulación de Alimentos cumplirá su cometido de control de los alimentos, impidiendo el fraude y asegurando una adecuada higiene alimentaria. Las funciones son:
- Prevenir las infracciones que se refieren no solo a los alimentos, sino también a su envase, rotulación, locales y lugares donde se manipula, elabora, almacena y transporta alimentos.
- Mantener al día un registro actualizado de su ubicación, nombre y domicilio del propietario.
- Mantener al día la información pertinente en materia higiénico-sanitaria de las empresas.
- Del personal afectado a la manipulación de dichos alimentos.
- Realizar las muestras pertinentes y los análisis bromatológicos necesarios de los alimentos.
- Cuando se requiera, proceder al comiso de cualquier clase de alimentos.
- Realizar investigaciones para mejorar el cumplimiento de las tareas.
- Realizar la divulgación y recomendaciones de hábitos higiénico-alimentarios.
Si una empresa no permite la entrada a la inspección, deberá conseguir una orden de allanamiento. La inspección puede decomisar los alimentos para realizar todo tipo de análisis de los productos. Las muestras van al laboratorio, el Servicio de Regulación de Alimentos queda en custodia al carácter de muestra.